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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2006 (11/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de mayo de 2006 los sistemas administrativos de contabilidad, presupuesto y tesorería, cautelar su cumplimiento y brindar la asistenciatécnica correspondiente, en el ámbito de su competencia. k) Establecer en el ámbito de su competencia, el control interno previo, concurrente y posterior, cautelando el correcto manejo, registro y custodia de los recursosfinancieros.” - ARTÍCULO 27º. OFICINA DE LOGÍSTICA “La Oficina de Logística está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Efectuar la programación de Necesidades de Bienes no estratégicos y Servicios del Ministerio de Salud-SedeCentral. b) Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud. c) Coordinar los procesos de selección de las adquisiciones y contrataciones de la Unidad Ejecutora a sucargo, de acuerdo a la Ley de Adquisiciones yContrataciones del Estado. d) Efectuar los trámites de formalización de contratos en base al otorgamiento de la Buena Pro de los Procesos de Selección. e) Ejecutar las adquisiciones y contrataciones de la Unidad Ejecutora a su cargo, que le faculta la normatividadvigente. f) Efectuar el almacenaje y distribución de los bienes, en la calidad, cantidad y oportunidad requerida. g) Efectuar el seguimiento y control del cumplimiento de los contratos de adquisición de bienes, prestación deservicios y ejecución de obras. h) Programar y ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura, mobiliario, equipos y vehículos del Ministerio de Salud - Sede Central. i) Adoptar las medidas que cautelen la seguridad física del personal, material, instalaciones y equipos del Ministeriode Salud - Sede Central. j) Llevar el registro y control patrimonial de bienes muebles e inmuebles de la Unidad Ejecutora a su cargo, en coordinación con el Comité de Gestión Patrimonial. k) Ejecutar las acciones requeridas para el desaduanaje de bienes destinados al Ministerio de Salud según lasnormas vigentes. l) Informar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República, las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios. m) Elaborar y proponer las normas y procedimientos del proceso logístico integrado, cautelar su cumplimiento ybrindar la asistencia técnica correspondiente en el ámbitode su competencia. n) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia, el control interno previo,concurrente y posterior.” - ARTÍCULO 47º. ORGANIZACIÓN NACIONAL DE DONACIÓN Y TRASPLANTES (ONDT) Reemplazar en el primer párrafo y literales a), b), h), i) el término Transplantes por el de: “Trasplantes”. Reemplazar el literal j) con el siguiente texto “Incentivar la investigación y desarrollo en el campo de su competencia,concordante con las políticas, estrategias y la necesidadde la población.” - ARTÍCULO 52º. DIRECCIÓN DE SALUD OCUPACIONAL Reemplazar en el literal a) el termino sectorial, por el de: “nacional”. - ARTÍCULO 64º. DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO YMANTENIMIENTO La Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, es el órgano técnico-normativo,responsable de las actividades referidas al desarrollo, conservación y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento para la salud; está a cargo de las siguientesfunciones generales: a) Proponer los lineamientos de política y establecer las normas técnicas, especificaciones y estándares para el desarrollo, conservación y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento para la salud de lasdependencias públicas del Sector Salud. b) Establecer las normas para la organización,implementación y actualización del catastro de los establecimientos de salud, asesorando y/o asistiendotécnicamente en el saneamiento físico legal de los mismos,según su diagnostico situacional. c) Diseñar y mantener actualizado el registro nacional de la infraestructura física y de los equipos hospitalarios delos establecimientos de salud y asistir en suimplementación. d) Efectuar el monitoreo y evaluación de la aplicación y cumplimiento de las normas técnicas y estándares relacionados con la infraestructura física, equipamiento y mantenimiento de las dependencias públicas del SectorSalud. e) Proponer los estudios de pre-inversión sobre infraestructura, equipamiento y las acciones demantenimiento que requieran repotenciación, de los órganos del Ministerio de Salud. f) Conducir las acciones para asistir en la evaluación de los estudios de pre-inversión a nivel de perfil sobreinfraestructura, equipamiento y mantenimiento, de losórganos desconcentrados del Ministerio de Salud, segúncorresponda, en el marco normativo correspondiente. g) Proporcionar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia, sobre lainfraestructura física, equipamiento y mantenimiento de lasdependencias públicas del Sector Salud. h) Consolidar y evaluar la información sobre el estado de operatividad de los equipos hospitalarios, instalaciones e infraestructura de los establecimientos de salud. i) Brindar opinión técnica de los expedientes técnicos de inversión y mantenimiento declarados viables de lasentidades del Pliego 011 - Ministerio de Salud, en el marconormativo correspondiente.” - ARTÍCULO 65º. DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA “La Dirección de Infraestructura está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Desarrollar las acciones para el asesoramiento en la organización, del catastro de las dependencias públicas del Sector Salud y asistir en su implementación y actualización. b) Elaborar las normas técnicas y estándares sobre infraestructura física de los establecimientos de salud delas dependencias públicas del Sector Salud encoordinación con la Dirección General de Salud de las Personas. c) Supervisar, monitorear y evaluar la aplicación y cumplimiento de las normas técnicas y estándaresrelacionados con la infraestructura física en losestablecimientos de salud. d) Formular y proponer los Estudios de Pre-inversión sobre infraestructura, de los órganos del Ministerio de Salud. e) Asistir en la evaluación de los estudios de pre-inversión a nivel de perfil sobre infraestructura de los órganosdesconcentrados del Ministerio de Salud, en el marconormativo correspondiente. f) Evaluar los expedientes técnicos de los proyectos de inversión pública declarados viables que corresponda a la Unidad Ejecutora 01 - Sede Central, así como de lasentidades del Pliego 011 - Ministerio de Salud, en el marconormativo correspondiente. g) Brindar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos relacionados con la infraestructura física de las dependencias públicas del Sector Salud. h) Elaborar los procedimientos de las actividades a su cargo, en el marco normativo vigente.” - ARTÍCULO 66º. DIRECCIÓN DE EQUIPAMIENTO “La Dirección de Equipamiento está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Formular y mantener actualizadas las normas técnicas y estándares sobre la adquisición, uso y reposición de losequipos hospitalarios de las dependencias públicas del Sector Salud, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas. b) Establecer y mantener actualizado el registro nacional de los equipos hospitalarios y de sus especificacionestécnicas de las dependencias públicas del Sector Salud. c) Evaluar el estado de conservación y operatividad de los equipos nuevos, usados y repotenciados adquiridos o donados a las dependencias públicas del Sector Salud. d) Supervisar, monitorear y evaluar la aplicación y cumplimiento de las normas técnicas, estándares y