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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G35/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27991, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el encargado de diseñar, normar y ejecutar la política de desarrollo en materia de transportes, correspondiéndole a su vezformular los planes nacionales sectorialescorrespondientes; Que, en el marco de las funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y bajo la conducción de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, se ha elaborado el Plan Intermodal de Transportes 2004-2023,como parte de las acciones de Fortalecimiento Institucionalcontempladas en el Contrato de Préstamo Nº 1150/OC-PEsuscrito entre el Gobierno del Perú y el Banco Interamericanode Desarrollo (BID); Que, el Informe Final “Estudio Plan Intermodal de Transportes“ fue aprobado administrativamente porResolución Directoral Nº 1492-2005-MTC/20 del 14 deoctubre de 2005 por el Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional - PROVÍASNACIONAL, en su calidad de Unidad Ejecutora del citado Préstamo; Que, el mencionado Plan tiene por objeto otorgar una visión integral de mediano y largo plazo al desarrollo deltransporte, optimizando las decisiones de inversión quepermitan mejorar y ampliar la cobertura de la infraestructuray servicios de transportes, apoyando el desenvolvimiento de la actividad socioeconómica, la integración física y la competitividad del país; Que, a fin de institucionalizar la implementación de las orientaciones y propuestas para lograr dichos fines, esnecesario aprobar el Plan Intermodal de Transportes 2004-2023 y constituir un Comité de carácter permanente que se encargue del seguimiento, evaluación y desarrollo del mencionado Plan; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 y Ley Nº 27991, así como en el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Intermodal de Transportes 2004-2023, el mismo que constituirá una herramienta deorientación en el desarrollo de la infraestructura y serviciosde transporte, y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Constituir el Comité Permanente de Seguimiento del Plan Intermodal de Transportes 2004-2023,el mismo que se encargará de la evaluación y seguimientode la implementación de dicho Plan y estará conformadode la siguiente manera: - El Director General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, quien lo presidirá; - El Jefe de la Secretaría de Transportes- El Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles - El Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil - El Director General de la Dirección General de Transporte Acuático - El Director General de la Dirección General de Circulación Terrestre - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provías Nacional. Artículo 3º.- El Comité Permanente de Seguimiento del Plan Intermodal de Transportes 2004-2023 deberá elevarsemestralmente al Viceministro de Transportes un informe de las acciones realizadas en el marco del encargo encomendado. Artículo 4º.- El Comité Permanente de Seguimiento del Plan Intermodal de Transportes 2004-2023 se instalará enun plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados apartir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponerla publicación del Plan Intermodal de Transportes 2004-2023 en la página web del Ministeriode Transportes y Comunicaciones: http://www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08346/G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G6C/G65/G66/G6F/G6E/GED/G61/G6D/GF3/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2006-MTC/10 Lima, 9 de mayo de 2006 VISTO: El Informe Nº 158-2006-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración yel Informe Nº 1104-2006-MTC/08 de la Oficina General deAsesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneración del proceso de selección correspondiente parala contratación del servicio de telefonía móvil; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de abril de 2005 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC suscribió con laEmpresa Telefónica Móviles S.A.C., el contrato Nº 0034-2005-MTC/10 como producto de la Adjudicación DirectaPública Nº 0002-2004-MTC/10 para la prestación del serviciode telefonía móvil, por un monto de S/. 87,500.93 (Ochenta y siete mil quinientos y 93/100 Nuevos Soles) por un plazo de ejecución de ocho (08) meses, el mismo que venció el23 de diciembre de 2005; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM de fecha 6 de julio de 2005, modificado con Decreto SupremoNº 073-2005-PCM se aprobó el Plan Piloto para implementar el Proceso de Compras Corporativas Obligatorias en el Estado Peruano, incluyendo dentro de este sistema deadquisición a los servicios de telecomunicaciones; entrelos que se encuentran comprendidos las modalidades detelefonía fija, telefonía móvil y acceso a internet, conformea lo precisado mediante Resolución Ministerial Nº 449-2005- PCM; Que, con la implementación del Plan Piloto para la realización de las compras corporativas ninguna de lasentidades estatales obligadas a observar dicho mecanismode adquisición de bienes o servicios podrá de maneraindependiente realizar dichas operaciones; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) 2006 de la Unidad Ejecutora 001 AdministraciónGeneral se incluyó el proceso de selección para lacontratación del servicio de telefonía móvil, dentro del marcode las Compras Corporativas Obligatorias, establecidomediante Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM; Que, mediante Oficio Nº 142-2006-PCM-SGP la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejode Ministros – PCM remite el Informe Nº 014-2006-PCM-UCCO elaborado por la Unidad de Compras CorporativasObligatorias, comunicando que la convocatoria para elproceso de selección para la adquisición del servicio de telefonía móvil estaría programada para fines del mes de abril con lo cual, de ser el caso, la Buena Pro quedaríaconsentida eventualmente a fines de junio; Que, mediante el Informe Nº 158-2006-MTC/10.02, la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General deAdministración informa que con fecha 24 de diciembre de 2005 se suscribió con Telefónica Móviles S.A. el Contrato Complementario Nº 161-A-2005-MTC/10 para la prestacióndel servicio de telefonía móvil, cuyo plazo de ejecución seestableció hasta agotar el monto de S/. 26,250.28(Veintiséis mil doscientos cincuenta y 28/100 Nuevos Soles),el mismo que a la fecha ha sido ejecutado en su totalidad; Que, asimismo, señala que ante la incertidumbre de una fecha real para la convocatoria al Proceso de ComprasCorporativas para cubrir el servicio de telefonía móvil resultanecesario adoptar las acciones pertinentes a fin que dichoservicio no se vea interrumpido; toda vez que constituye unservicio sustancial e imprescindible para el normal desarrollo de la vida institucional de cualquier entidad del Estado. De acuerdo a ello, solicita exonerar al Ministerio bajo la causal dedesabastecimiento inminente para la contratación de serviciode telefonía móvil hasta por un monto de S/. 26,107.20 (Veintiséismil ciento siete y 20/100 Nuevos Soles) por un plazo de meses(05) meses, tiempo que se estima para la suscripción del contrato con el ganador de la Buena Pro del proceso de selección bajo la modalidad de compras corporativas; Que, la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración hace referencia a la necesidad