Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2006 (11/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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coordinaciones con las Direcciones Regionales de Salud y los organos desconcentrados del Ministerio de Salud. e) Brindar asistencia tecnica a las Direcciones Regionales de Salud, para la planificacion y programacion de los recursos estrategicos. f) Coordinar con la Oficina de Logistica las actividades de programacion, adquisicion, almacenamiento y distribucion de los recursos estrategicos. g) Elaborar y proponer las normas y procedimientos para la programacion, redistribucion y canje de los recursos estrategicos, cautelar su cumplimiento y brindar la asistencia tecnica correspondiente en el ambito de su competencia." - "CUARTA.- La conduccion unificada de las funciones de planeamiento y cooperacion internacional se efectuara progresivamente de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 28522 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN). La Oficina de Cooperacion Internacional que establece el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, entrara en vigencia a partir del 1 de agosto de 2006, en tanto la Oficina General de Cooperacion Internacional continuara con sus funciones. Mediante Resolucion Ministerial se dictaran las medidas que se requieran para el normal funcionamiento de las actividades programadas para el ano 2006." -"QUINTA.- Para desarrollar y asesorar las actividades relacionadas con la Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA (APEC), la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto contara con un equipo de trabajo temporal, en coordinacion con la Oficina General de Cooperacion Internacional." Articulo 3º.- Suprimase en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, los siguientes articulos y disposiciones complementarias, transitorias y finales: - Los articulos 32º, 33º y 34º. - La MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final Articulo 4º.- Proyectos y Programas del Ministerio de Salud El Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (PARSALUD), continuara desarrollando sus actividades en el MORDAZA de los Contratos de Prestamos suscritos por el Gobierno del Peru y las organizaciones internacionales que lo financian. Facultese al Ministerio de Salud para que, mediante Resolucion Ministerial, pueda liquidar o transferir los proyectos y programas a su cargo, a los organos correspondientes. Articulo 5º.- Ampliacion del plazo para la MORDAZA del Cuadro para Asignacion de Personal Ampliese el plazo a cuarenta (40) dias posteriores a la aprobacion del presente dispositivo, el Ministerio de Salud debera adecuar y presentar el Cuadro para Asignacion de Personal para su aprobacion conforme a Ley. Posteriormente a la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal, mediante Resolucion Ministerial se aprobaran el Presupuesto Analitico de Personal, el Manual de Organizacion y Funciones y el Manual de Procedimientos. Articulo 6º.- Normas Derogadas Deroguense todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 08390

Aprueban Reglamento de la Ley del Trabajo del Quimico Farmaceutico del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 008-2006-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28173, se promulgo la Ley del Trabajo del Quimico Farmaceutico del Peru, que regula el trabajo de dicho profesional en todas las dependencias del sector publico y privado; Que, es necesario dictar las disposiciones reglamentarias para el debido cumplimiento de la mencionada Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º inciso 8. de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebase el Reglamento de la Ley Nº 28173, Ley del Trabajo del Quimico Farmaceutico del Peru, que consta de siete (7) Capitulos, veintisiete (27) articulos y cuatro (4) Disposiciones Finales. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Trabajo y Promocion del Empleo y de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud

REGLAMENTO DE LA LEY DEL TRABAJO DEL QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION El presente Reglamento MORDAZA el ejercicio profesional del Quimico Farmaceutico colegiado y habilitado, en el sector publico, en el sector privado y en el ejercicio libre de la profesion, cualquiera sea la modalidad de la relacion laboral, en concordancia con lo senalado en la Ley Nº 28173 Ley de Trabajo del Quimico Farmaceutico, Ley Nº 23536-Ley que establece las normas generales que regulan el Trabajo y la MORDAZA de los Profesionales de la Salud, Ley Nº 16447-Ley que reconoce a las profesiones Odonto-Estomatologica y Quimico Farmaceutica como profesiones medicas y Ley Nº 26842-Ley General de Salud y sus respectivos reglamentos. Articulo 2º.- ALCANCE Este Reglamento comprende al profesional Quimico Farmaceutico titulado en las universidades del MORDAZA o con titulo revalidado y habilitado por el Colegio Profesional respectivo. Articulo 3º.- ROL DEL QUIMICO FARMACEUTICO El Quimico Farmaceutico como profesional universitario de las ciencias medicas, a traves de sus instituciones representativas, participa en la formulacion, evaluacion y aplicacion de la Politica Nacional de Salud y en particular de la Politica Nacional de Medicamentos. El profesional Quimico Farmaceutico desarrolla acciones promocionales, preventivas, asistenciales, de rehabilitacion y reguladoras de la Salud Publica, Ocupacional y Ambiental destinadas a la persona, la familia y la comunidad como integrante del equipo de salud; asimismo desarrolla actividades de gestion y aseguramiento de la calidad en la

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