Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2006 (11/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2006

Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM. Articulo 5º.- La contratacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General por el plazo de cinco (05) meses, contado a partir de la suscripcion del contrato o hasta que entre en vigencia el contrato con el ganador de la Buena Pro del MORDAZA de Compras Corporativas Obligatorias, segun lo establecido mediante Decreto Supremo Nº 0462005-PCM; lo que ocurra primero. Articulo 6º.- Disponer que se incluya en el contrato que se celebre como consecuencia de la presente autorizacion, una clausula de resolucion automatica, que se ejecutara a la sola comunicacion de la Entidad una vez que se encuentre consentido el otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Compras Corporativas Obligatorias, si este se realiza MORDAZA de su vencimiento. Articulo 7º.- La presente Resolucion, asi como los Informes Nº 158-2006-MTC/10.02 y Nº 1104-2006-MTC/ 08, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 8º.- La declaracion de situacion de desabastecimiento inminente, asi como la exoneracion a que se refieren los articulos 2º y 3º de la presente resolucion, no obedecen a causas atribuibles a la Entidad, sino a factores externos ajenos a su competencia. Articulo 9º.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial debera publicarse tambien a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08341

Directivo de OSITRAN en su Sesion del 20.04.06 acordo aprobar el Informe Nº 012-06-GRE-GAL-OSITRAN, en el cual se emite opinion tecnica sobre la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en el citado informe tecnico, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de concedente, y la empresa INTERSUR CONCESIONES S.A., en su calidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Addenda Nº 2 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 2 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil. Articulo 2º.- Autorizar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08344

Aprueban texto de la Addenda Nº 5 al Contrato de Concesion Nº 01-94-MTC/ 15.03.SINMAC, para la explotacion, administracion, rehabilitacion y mantenimiento de la carretera Arequipa-Matarani
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 384-2006-MTC/01
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de setiembre de 1994, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y las empresas G y M S.A. - GMS S.A. suscribieron el Contrato de Concesion Nº 01-94-MTC/15.03.SINMAC, por el cual se entrego en concesion la carretera Arequipa-Matarani, para su explotacion, administracion, rehabilitacion y mantenimiento; Que, a traves de la Adenda Nº 1 suscrita el 21 de junio de 1995, se aprobo la cesion de posicion contractual, en virtud de la cual, la empresa Concesiones de Carreteras S.A. - CONCAR S.A. adquirio la calidad de concesionaria de dicha carretera; Que, el 17 de noviembre de 2000 se suscribio la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 01-94-MTC/ 15.03.SINMAC, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Concesiones de Carreteras S.A. - CONCAR S.A.; Que, el 2 de MORDAZA de 2001 se suscribio la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion Nº 01-94-MTC/15.03.SINMAC, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Concesiones de Carreteras S.A. - CONCAR S.A.; Que, asimismo, el 27 de MORDAZA de 2006 se suscribio la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesion Nº 01-94-MTC/ 15.03.SINMAC, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Concesiones de Carreteras S.A. - CONCAR S.A.; Que, a fin de garantizar que el MORDAZA para el otorgamiento de la concesion de la carretera MORDAZA - Matarani, incluida en el tramo 5 del corredor vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil no perjudique los intereses de los usuarios, manteniendo inalterable la calidad de los servicios alcanzados por la empresa concesionaria, las partes han acordado suscribir la Adenda Nº 5 al citado Contrato de Concesion, para cuyo efecto de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente, se solicito la opinion de OSITRAN;

Aprueban texto de la Addenda Nº 2 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 368-2006-MTC/01
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 23.06.05, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion de las obras y mantenimiento de los Tramos Viales del "Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil" en el Tramo 4 al Consorcio INTERSUR; Que, el 04.08.05 se suscribio el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, entre el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, en calidad de concedente y la empresa ganadora de la buena pro INTERSUR CONCESIONES S.A., en calidad de concesionaria; Que, el 01.03.06 se suscribio la Addenda Nº 1 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa INTERSUR CONCESIONES S.A.; Que, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 2 al citado Contrato de Concesion, para cuyo efecto de conformidad con lo previsto en la Seccion XVII del mismo, se solicito la opinion de OSITRAN; Que, en tal sentido, con Oficio Circular Nº 025-06-SCDOSITRAN, el Organismo Regulador remite MORDAZA del Acuerdo Nº 778-204-06-CD-OSITRAN mediante el cual el Consejo

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