Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Infundado el recurso de apelacion y en consecuencia, confirmar en todos sus extremos la Resolucion Nº Nº 307-2006-PRES-CC-JEEHCO expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huanuco. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 08506 RESOLUCION Nº 790-2006-JNE Expediente Nº 640-2006-APEL MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 VISTO, en audiencia publica el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal alterna del partido politico "Union por el Peru", MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditada ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 308-2006-PRES-CC-JEE-HCO, expedida por el mencionado MORDAZA Electoral Especial, que resuelven las observaciones por error material detectadas en el acta electoral Nº 223509-42-L; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA y recibido el 3 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 308-2006-PRES-CC-JEEHCO, del 23 de MORDAZA de 2006, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA anulo, en estricta aplicacion de lo preceptuado en el numeral 3) Acapite II del Articulo Tercero de la Resolucion Nº 103-2006-JNE, la votacion consignada en el Acta Electoral Nº 223509-42-L, del distrito de Molino, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion Congresal, al exceder el total de votos emitidos a los ciudadanos que votaron en dicha mesa; Que, de conformidad con lo establecido en el item 12.101 del MORDAZA del JNE incorporado mediante Resolucion Nº 048-2006-P/JNE de fecha 9 de MORDAZA de 2006 y concordado con el articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resuelve, en instancia definitiva, las apelaciones que se interpongan contra las resoluciones sobre actas observadas remitidas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a los Jurados Electorales Especiales; Que, el apelante sustenta su pretension en que la resolucion expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, no esta fundamentada legalmente y que, del cotejo con el acta de garantia se verificara que por errores involuntarios se han consignado valores no reales; Que, cotejada con el Acta de Garantia Nº 223509-35-I del MORDAZA Nacional de Elecciones, se tiene que el total de votos emitidos coincide con el total de ciudadanos que sufragaron en dicha mesa (218) por lo que deviene en fundado el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal alterna del partido politico "Union por el Peru"; Que, igualmente se verifica que la sumatoria del total de votos preferenciales del candidato Nº 1 del partido politico Fuerza Democratica y de los candidatos Nº 1 y Nº 2 del partido politico Resurgimiento Peruano es mayor al doble de la votacion de dichas organizaciones politicas, por lo que de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del Acapite II del Articulo 3º de la Resolucion Nº 1032006-JNE, se deben anular las votaciones preferenciales de los citados candidatos;

Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion y en consecuencia, revocar en todos sus extremos la Resolucion Nº Nº 308-2006-PRES-CC-JEEHCO expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huanuco. Articulo Segundo.- Considerar en el Acta Electoral Nº 223509-42-L del distrito de Molino, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion Congresal, la siguiente votacion:
ACTA ELECTORAL Nº 223509-42-L ORGANIZACIONES POLITICAS
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 TOTAL DE VOTOS 00 00 15 02 76 03 00 00 00 10 00 00 02 00 00 01 00 01 00 01 03 02 02 00 52 48 00 218 218

Proyecto MORDAZA Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Peru Posible Progresemos Peru Frente Popular MORDAZA FIA del Peru-FREPAP Partido Renacimiento MORDAZA Frente Independiente Moralizador Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social Y se llama Peru Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de votos emitidos Total de ciudadanos que votaron

Articulo Tercero.- Considerar en el Acta Electoral Nº 223509-42-L del distrito de Molino, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion Congresal, la siguiente votacion preferencial:
1 Proyecto MORDAZA Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Peru Posible Progresemos Peru Frente Popular MORDAZA FIA del Peru-FREPAP Partido Renacimiento MORDAZA Frente Independiente Moralizador Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social Y se llama Peru 2 3

06 32

06 01 17

07

02

01

01

01

01 01 01 01 02

01

01

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