Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Deniegan modificacion de contrato de concesion para prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable solicitada por Telefonica Multimedia S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 383-2006-MTC/03 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2005009947 por la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., sobre modificacion del contrato de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por ampliacion del area de concesion y de la modalidad del servicio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/ 15.17 del 12 de marzo de 1993, se autorizo a COMPANIA PERUANA DE TELEFONOS S.A. a prestar el servicio publico de distribucion de radiodifusion de television por cable, en MORDAZA y Callao; concesion que de acuerdo al contrato suscrito con el Ministerio y al Perfil Tecnico presentado corresponde a la modalidad de cable coaxial o cable fisico; Que, con Resolucion Ministerial Nº 283-95-MTC/15.17 del 4 de MORDAZA de 1995, se reconocio a la empresa CPT TELEFONICA DEL PERU S.A. como titular, entre otros, de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/ 15.17 del 11 de enero de 1996, se otorgo a la empresa CPT - TELEFONICA DEL PERU S.A. concesion para prestar el servicio publico de distribucion de radiodifusion de television por cable, en las provincias de MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Huancayo, MORDAZA y Trujillo; la cual de acuerdo a lo establecido en el contrato suscrito con el Ministerio corresponde a la modalidad de cable fisico; Que, por Resolucion Ministerial Nº 191-98-MTC/15.03 del 15 de MORDAZA de 1998, se autorizo la transferencia de las concesiones otorgadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93-TCC/15.17 y 030-96-MTC/ 15.17, a favor de la empresa Telefonica Multimedia S.A.; Que, mediante Escritura Publica del 22 de septiembre de 1998, se modifico el Estatuto de Telefonica Multimedia S.A. variando su denominacion social a TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C.; Que, con Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/ 15.03 del 18 de octubre de 2001, se amplio el area de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 10893-TCC/15.17 a la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. cuya area de cobertura comprende a los distritos de MORDAZA, Mala y MORDAZA, de la provincia de Canete, del departamento de Lima; Que, la mencionada Resolucion Ministerial amplio el area de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, a los distritos de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, y La MORDAZA, de la provincia de Chiclayo, ambos del departamento de MORDAZA, los distritos de MORDAZA Larco MORDAZA, Laredo y Huanchaco, de la provincia de MORDAZA, del departamento de La MORDAZA, los distritos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero, Socabaya, Sachaca, MORDAZA MORDAZA y Alto MORDAZA MORDAZA, de la provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante el expediente de visto TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. solicita el otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS) en el area que comprende las provincias de Huaral, Huaura y Barranca del departamento de MORDAZA, MORDAZA del departamento de MORDAZA, Chincha e Ica del departamento de Ica, Ilo y Mariscal MORDAZA del departamento de MORDAZA, Tacna del departamento de Tacna, Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes y Azangaro y San MORDAZA del departamento de Puno. Asimismo la solicitud involucra la asignacion de espectro radioelectrico comprendido en la banda de frecuencias de 2500 - 2700 MHz.;

Que, posteriormente, mediante Partes Diarios Nºs. 056406 y 069567, TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. modifica su solicitud, ampliandola a los distritos de MORDAZA, Paracas, San MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA Amaru; asi como solicita de manera excepcional se le asigne de manera temporal espectro radioelectrico en la banda de 2500 - 2690, a fin de poder iniciar la prestacion del servicio de radiodifusion por cable en las provincias requeridas en la modalidad de sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS); Que, de la evaluacion realizada a la solicitud presentada, al contar TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. con concesion vigente para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico otorgado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93-TCC/15.17 y 030-96-MTC/15.17, el procedimiento iniciado corresponde al de ampliacion de area de concesion y de modalidad de servicio; en ese sentido, en aplicacion del numeral 3 del articulo 75º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, ha sido encausado de oficio al procedimiento correspondiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 206º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, el espectro radioelectrico es el medio por el cual pueden propagarse las ondas radioelectricas sin guia artificial y constituye un recurso natural limitado, cuya administracion corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 207º de la precitada MORDAZA establece que el PNAF es el documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion del espectro radioelectrico; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, el cual en su Nota P67 establece que la banda de 2500 - 2690 MHz. se mantiene en reserva, mientras dure tal situacion, el Ministerio no puede realizar nuevas asignaciones. Asimismo indica que, cuando cese la situacion de reserva, el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro se efectuara mediante concurso publico de ofertas; Que, de conformidad a lo indicado en los articulos 209º y 210º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la asignacion es el acto administrativo por el que el Estado otorga a una persona el derecho de uso sobre una determinada porcion del espectro radioelectrico, para lo cual se requiere de la correspondiente concesion; Que, debido a que existe una situacion de reserva para nuevas asignaciones de espectro en la banda de frecuencia solicitada, TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. se encontraria imposibilitada de prestar el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS); Que, mediante Informes Nºs. 283-2005-MTC/17.01.ssp. y 164-2006-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, al existir una restriccion en la disponibilidad de frecuencias necesarias para la prestacion del servicio en la modalidad de sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS), con la cual pretendia prestar el servicio en el area que deseaba ampliar corresponde declarar improcedente la solicitud formulada por TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Minister io de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0412002-MTC y el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Denegar la solicitud de modificacion de contrato de concesion para la prestacion del servicio

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