TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de noviembre de 2006 332349 “A Trabajar Urbano” como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objetivo es la generación de empleo temporal para la población desempleada de las áreas urbanas, favoreciendo a aquellas con menores niveles de ingresos económicos, con niveles de pobreza y extrema pobreza; Que, de conformidad con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001- los objetivos del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra, los cuales deberán ser previamente evaluados y seleccionados de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, según lo antes indicado, el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” efectúa transferencias fi nancieras a los diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Programa A Trabajar Urbano ha establecido una estrategia de intervención complementaria denominada Intervención Contracíclica Especial - ICE, mediante la cual el aporte del programa solo se orienta a fi nanciar la Mano de Obra no Cali fi cada - MONC en los proyectos seleccionados, teniendo como organismo proponente a los gobiernos locales; Que, en la intervención contracíclica especial correspondiente al Segundo Semestre del 2006 se suscribieron 80 convenios a nivel nacional, mediante los cuales el Programa asume la obligación de realizar el pago de la compensación económica a los participantes, de acuerdo al cronograma establecido por el Programa y en virtud a la información que el Organismo Ejecutor debe presentar; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, modi fi ca el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala en el numeral 75.4 que se consideran transferencias fi nancieras las efectuadas por el Programa “A Trabajar Urbano” las cuales son aprobadas mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el Programa A Trabajar Urbano suscribió dos Convenios con la Municipalidad Distrital de Leymebamba, distrito de Leymebamba, provincia de Chachapoyas departamento de Amazonas, siendo necesario efectuar una transferencia fi nanciera a éste como fi nanciamiento para la ejecución de los proyectos “Construcción de escalinatas, muro de contención” y “Construcción de Pavimento, Cerco y Reforestación”, de los Convenios Nº 30- 602-ICE y 30-603-ICE, respectivamente, habiéndose suscritos dos adendas al Convenio a fi n que el pago de la compensación económica a los participantes se realice a través de dicho Organismos Ejecutor; Que, la transferencia fi nanciera prevista según el considerando precedente cuenta con la disponibilidad presupuestal para el presente ejercicio conforme lo sustenta el Área de Plani fi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” mediante Informe Nº 077-2006-DVMPEMPE/ATU/PP; Con las visaciones del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, el Jefe del Área de Plani fi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, y del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, y la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, que modi fi ca el artículo 75º de la Ley Nº 28411; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” por un monto total de S/. 115, 491.59 (Ciento Quince Mil Cuatrocientos Noventa y uno y 59/100 Nuevos Soles), a la Municipalidad distrital de Leymebamba para atender el pago de la mano de obra no cali fi cada, según el detalle señalado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el trámite para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 75.4 del artículo 75º Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, que modi fi ca el artículo 75º de la Ley Nº 28411. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 4890-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 811-2006-MTC/02 Lima, 3 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modi fi ca el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley antes citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizarán mediante Resolución Ministerial, la que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la cali fi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0693-2006-MTC/12, de fecha 18 de octubre de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se señala que la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta GOP-258-2006-CDP, presentada el 16 de octubre de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy de la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 9 de noviembre de 2006;