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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (08/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de noviembre de 2006 332361 CAPÍTULO III TRÁMITE DEL ANTEPROYECTO EN CONSULTA Artículo 64º.- Requisitos y contenido del expediente 64.1 El propietario o el arquitecto proyectista presentará a la Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos, opcionalmente, el anteproyecto arquitectónico en consulta. Este trámite se realizará en un plazo de cinco (5) días hábiles. 64.2 El expediente contendrá: a) FOM, debidamente llenado y fi rmado por el arquitecto proyectista o el propietario y Hoja de Trámite correspondiente según formulario aprobado por este Reglamento. b) Comprobante de pago del derecho de revisión.c) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios vigente. d) Plano de Localización y Ubicación según el modelo optativo aprobado por este Reglamento, u otro distinto con las siguientes especi fi caciones obligatorias: - Plano de ubicación a escala 1/500, en el que se grafi cará el terreno con todas sus medidas perimétricas; la manzana donde está ubicado; los frentes de las manzanas circundantes; las vías públicas con el detalle de calzadas, bermas, aceras, jardines de aislamiento, etc.; la distancia del inmueble a la esquina con la vía pública transversal más cercana; el uso de los inmuebles colindantes; los retiros debidamente acotados; así como el Norte Magnético. Se indicará el nombre de la urbanización, manzana, lote, vías públicas y otras referencias particulares. El área techada en primer piso se gra fi cará con un achurado a 45º en relación con alguna de las líneas principales del perímetro de la edi fi cación; el área techada del segundo piso con un achurado adicional perpendicular al anterior, y las áreas techadas de los demás pisos superiores con otro achurado adicional a 45º en relación con los anteriores. - Esquema de Localización referido a vías principales o lugares públicos notables, en el que se gra fi carán las zonifi caciones vigentes correspondientes a la manzana donde se ubica el inmueble, así como a las manzanas circundantes. - Cuadro de áreas (techada por pisos y techada total, área libre referida al primer piso y área total del terreno). De tratarse de una ampliación o remodelación, el cuadro de áreas deberá contener tres columnas: la primera con las áreas de la edi fi cación existente, la segunda con las de la ampliación y la tercera con las totales, a las que estarán referidos el porcentaje mínimo de área libre y el coe fi ciente de edi fi cación. Si el proyecto incluyera demoliciones parciales, se agregará una cuarta columna con las áreas respectivas. - Cuadro Comparativo, donde se confrontarán los índices urbanísticos y edi fi catorios, proporcionados por el Certifi cado de Parámetros, con los índices resultantes del proyecto. e) Planos de arquitectura: plantas, cortes y elevaciones, al nivel de anteproyecto con medidas acotadas, a escala conveniente que permita su perfecta lectura. La planta del primer piso deberá contener cotas de nivel en los puntos notables de la poligonal del terreno y curvas de nivel en el caso de terrenos con pendientes mayores del 6%. En esta misma planta, se deberá gra fi car la vereda pública, los grifos, postes, árboles y otros elementos que puedan existir en el frente del terreno, así como el per fi l del frente de las edi fi caciones colindantes hasta 1.50m a cada lado del inmueble. En las elevaciones deberá acotarse las alturas de los inmuebles colindantes. Opcionalmente, se podrán presentar los planos de arquitectura a nivel de obra, que, de ser aprobados, formarán parte del expediente de Licencia de Obra en su oportunidad. f) Fotografías a color: las que sean indispensables para mostrar la relación del inmueble con la volumetría de los inmuebles vecinos (tomadas frontalmente desde la acera opuesta) y la relación con el entorno urbano (vistas longitudinales de la sección de la vía pública). g) Memoria justi fi cativa, exigible para todo tipo de obra respecto a edi fi caciones de más de cuatro (4) pisos; para las obras de menor altura que sobrepasen los 1,000 m2 de área techada total, y para las que se proyecten en áreas de Reglamentación Especial, áreas Monumentales, áreas Protegidas o zonas y urbanizaciones sometidas a normas especiales, cuyos proyectos requieren de un mayor análisis. Contendrá, cuando menos, una explicación sucinta de las características funcionales, formales, tecnológico-ambientales, constructivas y de adecuación al entorno urbano. La memoria estará fi rmada y sellada por el arquitecto proyectista. h) En caso de una solución novedosa que, a criterio del proyectista o de la Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos, merezca un especial análisis, se presentará asimismo dicha memoria como condición previa a la califi cación. i) Estudio de impacto ambiental, cuando las normas vigentes lo requieran. j) Cuando las normas vigentes lo requieran deberá incluirse, en el expediente, las autorizaciones de los sectores y/o entidades correspondientes. Artículo 65º.- Número de copias y formalidad de los planos Los planos y los documentos exigidos para el trámite se presentarán en un sólo ejemplar. T odos los planos deberán estar fi rmados por el propietario, y fi rmados y sellados por el arquitecto proyectista, quien deberá adjuntar el Certi fi cado de Habilitación Profesional del CAP. Los membretes de los planos cumplirán con los requisitos señalados en el numeral 80.3 del presente Reglamento. Artículo 66º.- Presentación del expedienteEl funcionario municipal a cargo de la mesa de partes, recibirá el expediente, previa constatación de que está conformado con todos los requisitos para su presentación, haciéndolo constar en la Hoja de Trámite respectiva. Con el ingreso del expediente en mesa de partes se iniciará el cómputo del plazo de diez (10) días hábiles fi jado como plazo ordinario por este Reglamento para resolver la consulta del anteproyecto. De no estar completo el expediente por falta de alguno de los documentos exigidos, el funcionario de mesa de partes lo hará constar en el cargo que fi rme. El interesado tendrá dos (2) días hábiles para completar el expediente, reiniciándose el plazo con el ingreso del documento faltante. Si no cumpliera con la subsanación, el expediente se tendrá por no presentado, debiendo devolverse al interesado por mesa de partes, bajo cargo. Artículo 67º.- Precalifi cación Inmediatamente ingresado el expediente será elevado al Presidente de la Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos, quien lo someterá al proceso de precali fi cación; el cual será efectuado por el personal de la O fi cina a su cargo, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles. En este proceso se veri fi cará el cuadro de áreas presentado por el proyectista, el cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edi fi catorios y se determinará si el expediente requiere de la intervención de algún delegado ad hoc en razón de la naturaleza del proyecto, de lo que se deberá dejar expresa constancia en el FOM. Artículo 68º.- Dictamen de cali fi cación 68.1 La Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos emitirá su dictamen en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, bajo responsabilidad de su Presidente, salvo el caso previsto en el Art. 70º de este Reglamento. 68.2 La Comisión emitirá la cali fi cación correspondiente evaluando necesariamente la opinión de los delegados ad hoc presentes en la sesión de cali fi cación si fuese el caso bajo sanción de nulidad; salvo que éstos no hayan sido acreditados o no hayan asistido cuando fueron requeridos por el Presidente de la Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos. 68.3 El Dictamen de la Comisión Técnica Cali fi cadora de Proyectos se emitirá por mayoría en alguno de los siguientes términos: a) Aprobado:Anteproyecto que cumple con las normas urbanísticas y de edi fi cación vigentes. b) Aprobado con Observaciones:Anteproyecto que incumple alguna norma urbanística y/o de edi fi cación vigentes, cuya subsanación no implica modi fi caciones sustanciales.