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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (17/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2007 343686 Dicha negociación estará dirigida exclusivamente a aspectos no sustanciales, tendientes a posibilitar la ejecución del contrato, no pudiendo modi fi car los elementos esenciales contenidos en el Resumen Ejecutivo. La versión fi nal del contrato deberá ser puesta a consideración del Consejo Regional para su aprobación. 6.5.3 El Comité Especial suspenderá el proceso de evaluación de la Iniciativa en el estado que se encuentre, incluso en el caso de haber procedido a aprobar la Iniciativa en la medida que se detecte la falta de veracidad de la información contenida en la declaración jurada a que se re fi ere el Inciso i), numeral 14.2 del Artículo 14.2. VIl. REEMBOLSO DE GASTOS 7.1. Sólo serán reconocidos aquellos gastos incurridos por los proponentes que sean razonables, se encuentren debidamente sustentados y aprobados por el Comité Especial, debiendo necesariamente consignarse en las bases del proceso de selección respectivo. 7.2. En los supuestos contemplados en el Numeral 6.4.2, las bases de los procesos de selección que se lleven a cabo para la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada a que se re fi ere el Artículo 6º de la LEY, deberán establecer que los gastos incurridos por el proponente en la elaboración de la Iniciativa Privada sean asumidos por el postor adjudicatario. El pago constituye un requisito que deberá cumplirse a más tardar dentro de los (03) días naturales posteriores a la fecha de adjudicación de la Buena Pro y será condición precedente para el cierre del proceso de selección, de conformidad con el cronograma establecido en las Bases del proceso. 7.3. En los supuestos contemplados en el Numeral 6.4.3, en el caso que no se presentaran nuevos interesados en la nueva Iniciativa Privada, el titular de ésta deberá reembolsar el costo de los estudios incurridos por el titular del primer proyecto de Iniciativa Privada publicado. En caso que el titular de la nueva Iniciativa Privada no fuese favorecido con la buena pro del concurso o licitación convocado, el adjudicatario deberá reembolsar el valor de los gastos incurridos por el titular de la nueva Iniciativa, siendo distribuidos en partes iguales entre éste y el titular de la primera Iniciativa. Ningún reembolso será aplicable si el proponente no concurre en calidad de postor al proceso de selección o resulta adjudicatario de la Buena Pro. Asimismo, no procederá el reembolso de los gastos en los casos en que no se realice y/o concluya el proceso de selección por causa no imputable a Gobierno Regional del Callao. 7.4. El monto total de los gastos a reintegrar no podrá exceder el 1% del valor total de la obra, y/o el valor referencial previsto para el proceso de selección en el caso de prestación de servicios públicos, salvo en el caso de los proyectos cuyo valor referencial de inversión no supere un monto equivalente a 1,120 UIT vigentes al momento de presentación de la Iniciativa Privada, en cuyo caso el límite será fi jado, previamente en el documento que apruebe la iniciativa, no pudiendo exceder del 5% del valor total de la obra y/o el valor referencial previsto para la prestación de servicios públicos. VIII. EL COMITÉ ESPECIAL Mediante Resolución de la Presidencia Regional y conforme a lo señalado en el Artículo 26º del REGLAMENTO, se designarán a los Comités Especiales que tendrán a su cargo la tramitación de las Iniciativas Privadas que se presenten al amparo de la presente directiva, para lo cual deberá contemplarse los siguientes criterios: 8.1. Estarán compuestos por tres miembros, uno de los cuales será el Gerente del área que por sus funciones sea afín a la naturaleza y objeto de la Iniciativa Privada, quien además la presidirá. 8.2. Los miembros del Comité Especial serán designados mediante Resolución Ejecutiva. 8.3. Los Comités Especiales podrán ser investidos para tramitar varias Iniciativas Privadas a la vez, así como otros procesos de promoción de la inversión privada en el ámbito de competencia del Gobierno Regional.8.4. Las decisiones del Comité Especial se adoptan mediante Acuerdos con un mínimo de dos votos. 8.5. El quórum para la instalación de las sesiones del Comité Especial será de por lo menos dos de los miembros. 8.6. El Comité Especial se conduce conforme a las disposiciones contenidas en las Normas Vigentes en Materia de Promoción de la Inversión Privada, en virtud a lo establecido en el REGLAMENTO. IX. VIGENCIA La presente directiva entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el Diario O fi cial El Peruano. Los procedimientos para la tramitación de Iniciativas Privadas iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente directiva, deberán sujetarse a las disposiciones de la misma, en lo que les resulte aplicable. X. ANEXOS 10.1 Anexo Nº 1: Modelo de Resumen Ejecutivo 10.2 Anexo Nº 2: Modelo de Solicitud de Declaración de Intereses y Acreditación de los Requisitos de Precali fi cación. 10.3 Anexo Nº 3: Acuerdo de Con fi dencialidad. Callao, abril del 2007 ANEXO Nº 01 “Modelo de Resumen Ejecutivo” Resumen Ejecutivo Nº ............-200...-GRC Fecha:Asunto: Proyecto de Iniciativa Privada “........................”I. Objeto y Alcance del Proyecto. II. Ámbito de In fl uencia del proyecto. III. Bienes y/o Servicios Públicos sobre los cuales se desarrollará el proyecto. IV. Indicadores de calidad del servicio a prestarse.V. Modalidad Contractual de Participación de la Inversión Privada y plazo del contrato. VI. Requisitos de Precali fi cación. VII. Factor de Competencia. VIII. Elementos esenciales del proyecto de contrato. IX. Monto referencial de la inversión.X. Garantías de Fiel Cumplimiento. XI. Cronograma Tentativo del proceso de inversión. XII. Forma de retribución.XIII. Sede central donde atenderá los requerimientos del privado, referente a estudios existentes y de otra información disponible en la Sala de Datos (Previamente se suscribirá un Acuerdo de Confi dencialidad). XIV. Horario de Atención.XV. Requisitos de Precali fi cación. XVI. Solicitud de Declaración de interés y Acreditación de Requisitos de Precali fi cación. ANEXO Nº 02 “Modelo de Solicitud de Declaración de Intereses y Acreditación de los Requisitos de Precali fi cación” Fecha, Señor Presidente del Comité Especial Gobierno Regional del Callao Presente.- Referencia: Proyecto de Iniciativa Privada “..................” Por medio de la presente,............... (nombre de la persona jurídica, o integrantes del Consorcio)............,