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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (21/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2007 343945 Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 51510-1 Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de la empresa Pesquera Pelayo S.A.C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 172-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 27 de marzo de 2007 Visto el escrito de registro Nº 00009693 del 7 de febrero del 2007, presentado por PESQUERA PELAYO S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante la Resolución Directoral Nº 144-2000- PE/DNE de fecha 14 de junio del 2000 y modi fi cada por Resolución Directoral Nº 024-2001-PE/DNEPP de fecha 9 de abril de 2001, se aprobó el cambio de titularidad del permiso de pesca, otorgado por Resolución Ministerial Nº 160-98-PE del 1 de abril de 1998, para operar la embarcación pesquera “DON GERARDO” con matrícula Nº CO-17360-PM de 575,12 m 3 de volumen de bodega en la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado, a favor de PESQUERA PELAYO S.R.Ltda.; Que a través del escrito del visto, PESQUERA PELAYO S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 144-2000-PE/DNE y modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 024-2001-PE/ DNEPP, al haberse realizado el cambio de la denominación social de PESQUERA PELAYO S.R.L. por el de PESQUERA PELAYO S.A.C. según la Partida Electrónica Nº 00528862 del Registro de Personas Jurídicas, además acredita la posesión actual de la embarcación pesquera antes mencionada según el Certi fi cado Compendioso de Dominio que presenta la recurrente; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, publicada mediante Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 095-2007- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial 341-2005-PRODUCE, la Resolución Ministerial Nº 284- 2003-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 229-2002- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 160-98- PE del 1 de abril de 1998 y modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 144-2000-PE/DNE de fecha 14 de junio de 2000 y la Resolución Directoral Nº 024-2001-PE/DNEPP de fecha 9 de abril del 2001, para operar la embarcación pesquera “DON GERARDO” de matrícula Nº CO-17360- PM de 575.12 m3 de volumen de bodega, a favor de la empresa PESQUERA PELAYO S.A.C., en los mismos términos y condiciones en los que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor de PESQUERA PELAYO S.R.L., a través de la Resolución Directoral Nº 144-2000- PE/DNE y modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 024- 2001-PE/DNEPP para operar la embarcación pesquera “DON GERARDO “, de matrícula Nº CO-17360-PM. Artículo 3º.- Incorporar a PESQUERA PELAYO S.A.C. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “DON GERARDO” de matrícula Nº CO-17360-PM, así como la presente Resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a PESQUERA PELAYO S.R.L. y la Resolución Directoral Nº 144-2000-PE/DNE, modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 024-2001-PE/DNEPP, de los indicados anexos con respecto a la citada embarcación. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: w.w.w.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 51510-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 173-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 27 de marzo de 2007Visto el escrito de registro Nº 00009691 del 7 de febrero del 2007 presentado por PESQUERA PELAYO S.A.C. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de septiembre de 1994, se otorgó permiso de pesca, entre otras, a la empresa PEEA PESQUERA PELAYO S.R.L. para operar la embarcación “DON FRANCISCO” de matrícula CO-4901-PM de 180 TM, para la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que la embarcación “DON FRANCISCO” de matrícula CO-4901-PM, con 198.95 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras publicado en el Portal de la Pagina Web del Ministerio de la Producción, con permiso de pesca vigente para anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, a favor de la empresa PESQUERA PELAYO S.R.L.; consignada también en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y