Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2007 (05/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

350854

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de agosto de 2007

1. ACTIVIDAD SOCIAL.- Es la reunion de un grupo de personas con una determinada finalidad previamente pactada. No contempla la participacion de artistas cualquiera fuere su genero. 2. ANUNCIO.-Texto, leyenda y/o forma de representacion visual que trasmite un mensaje publicitario. 3. ARTISTA.- Persona que ejercita algun arte o actua profesionalmente o de manera amateur en un espectaculo interpretado ante el publico. 4. CERTIFICADO DE SEGURIDAD DE INVERSION.Documento tecnico opcional que garantiza al inversionista, durante un determinado periodo, su inversion en el establecimiento y/o la adquisicion o alquiler del mismo, manteniendose las condiciones de seguridad en defensa civil y las condiciones de categorizacion senaladas en el Reglamento para la ubicacion de actividades urbanas, los estandares de calidad y el cuadro de niveles operacionales del distrito de MORDAZA de MORDAZA, para la expedicion de la licencia de funcionamiento asi se produzcan cambios en la normatividad. Adicionalmente constituye la autorizacion para ejecutar los trabajos de acondicionamiento y/o refaccion en sustitucion del "FOM" cuando las obras a ejecutar se encuentran dentro del MORDAZA de lo establecido en los literales d) y e) del articulo 51° del Texto Unico Ordenando del Reglamento de la Ley 27157; Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun, (Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA) 5. CESE DE ACTIVIDADES.- Es una comunicacion simple por la cual el titular de la licencia de funcionamiento informa a la Municipalidad el cese de la actividad economica del establecimiento, asi como la instalacion de la publicidad exterior y/o toldo si fuera el caso. Dicho procedimiento es de aprobacion automatica. 6. CESIONARIO.- Otorgamiento que una persona natural o juridica hace a un particular, para que esta desarrolle una actividad comercial, industrial o profesional de manera simultanea y adicional dentro del un establecimiento que ya cuente con una licencia de funcionamiento. 7. COMPATIBILIDAD DE USO.- Evaluacion que realiza la unidad competente con el fin de verificar si el MORDAZA de actividad economica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorizacion del espacio geografico establecido en la zonificacion vigente. 8. ESPECTACULO PUBLICO NO DEPORTIVO.- Es la actividad consistente en una representacion, funcion, acto, evento o exhibicion artistica, musical o cultural en la que participen artistas. 9. ESTABLECIMIENTO.- Inmueble, parte del mismo o instalacion determinada con caracter de permanente, en la que se desarrollan las actividades economicas, con o sin fines de lucro. 10. ESTANDARES DE CALIDAD.- Niveles de cumplimiento exigibles de factores, criterios o aspectos relevantes para satisfacer las necesidades del cliente. 11. EXPOSICION.- Es la actividad que se desarrolla en establecimientos o recintos durante periodos cortos, con la finalidad de hacer exhibiciones, demostraciones o difusion de lineas de productos especificos y de servicios en general. 12. EXPOSITOR.- Es la persona natural o juridica que ha suscrito contrato de participacion con los organizadores de una feria o exposicion. 13. FERIA.- Es la actividad de duracion limitada que se realiza en una fecha y lugar prefijados para promover contactos e intercambios comerciales, facilitar el acercamiento entre la oferta y la demanda y lograr mayor transparencia en el mercado; promover la produccion y el turismo; y difundir los adelantos cientificos, tecnologicos y/o culturales. Tambien se considera como Feria a los Parques de diversion y los Circos. 14. GIRO.- Actividad economica especifica de comercio, industria y/o de servicios. 15. GALERIA COMERCIAL.- Unidad Inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, modulos o stands en la que se desarrollan actividades economicas similares. No se encuentran incluidos los centros comerciales. 16. INFORME DE INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL.- Documento que sustenta y consigna el resultado de la ejecucion de una inspeccion tecnica de seguridad en Defensa Civil, mediante la cual se verifica y evalua el cumplimiento de las

condiciones de seguridad en Defensa Civil establecidas en la MORDAZA vigente sobre la materia. 17. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Autorizacion que otorga la municipalidad para el desarrollo de actividades economicas en un establecimiento determinado a favor del titular, en dicha autorizacion se detallan los giros autorizados, area, direccion y nombre del conductor. Asimismo, se incluye de manera opcional, segun sea el caso, una autorizacion para una publicidad exterior y la colocacion de un toldo en dicho establecimiento con caracteristicas previamente determinadas por la Municipalidad. 18. MORDAZA DE ABASTO.- Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestacion de servicios en secciones o giros definidos, dedicados al acopio y expendio de productos alimenticios y otros tradicionales no alimenticios mayoristas y minoristas. 19. MODULO O STAND.- Espacio acondicionado dentro de las galerias comerciales en el que se realizan actividades economicas y cuya area no supera los ciento veinte metros cuadrados (120 m2). 20. NORMAS TECNICAS URBANISTICAS QUE REGULAN EL USO DEL SUELO.- Se entiende por normas tecnicas urbanisticas las siguientes: Plano de Zonificacion, Indice de Usos, Niveles Operacionales y Estandares de Calidad para la localizacion de actividades urbanas, Parametros Urbanisticos y demas normas aplicables. 21. ORGANIZADOR.- Persona natural o juridica de derecho publico o privado que en calidad de promotor se encarga de la administracion o promocion de la feria o exposicion. 22. PUBLICIDAD EXTERIOR.- Transmision de anuncios o mensajes publicitarios utilizando medios de naturaleza diversa sujetos o apoyados en estructuras publicitarias, los mismos que se instalan en bienes de dominio privado de modo tal que MORDAZA visibles 23. PUESTO.- Espacio acondicionado dentro de los mercados de abastos en el que se realizan actividades economicas con un area que no excede los treinta y cinco metros cuadrados (35 m2) y que no requieren obtener un certificado de Inspeccion Tecnica de seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria. 24. RECINTO FERIAL.- Es el establecimiento cerrado y especialmente acondicionado para la realizacion de ferias o exposiciones, que cuenta con servicios basicos, sistema de seguridad, vias o pasadizos internos que faciliten el MORDAZA del publico y que ademas cumple con las disposiciones de seguridad aplicables a este MORDAZA de actividades. 25. RETIRO MUNICIPAL.- Es la distancia o espacio que media entre el limite de propiedad al frente del lote y la edificacion que debe estar completamente libre de areas techadas. Esta comprendido dentro del area de propiedad privada. 26. REUNION SOCIAL.- Es la concentracion de caracter amical o familiar de un grupo de personas con una determinada finalidad previamente pactada la cual no tiene fines de lucro. 27. TOLDO.- Cubierta de tela u otro material analogo que se sostienen en los paramentos de los Establecimientos y que pudieran tener impreso letras recortadas o logotipos adosados a la parte frontal y laterales. 28. ZONIFICACION.- Conjunto de normas tecnicas urbanisticas por la que se regula el uso del suelo. Articulo 5°.- EVALUACION POR ZONIFICACION Y COMPATIBILIDAD DE USO En Concordancia con los conceptos de zonificacion y compatibilidad de usos, la Licencia de Funcionamiento estara acorde con la categorizacion de las actividades economicas establecidas en el Reglamento para la ubicacion de actividades urbanas, los estandares de calidad y el cuadro de niveles operacionales del distrito de MORDAZA de surco. Para ello, la Sub Gerencia de Desarrollo Economico, evaluara a traves de sus profesionales el cumplimiento de las mismas con la finalidad que los establecimientos comerciales funcionen correctamente respetando el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, incidiendo en el ornato del distrito. Esta evaluacion se MORDAZA paralelamente a las inspecciones que realice el area competente en materia de Defensa Civil respecto a las condiciones de seguridad. Articulo 6°.- CLASIFICACION DE LA LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Segun sus caracteristicas existen tres (3) modalidades de licencias de funcionamiento:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.