Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2007 (05/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

350847

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban modificacion parcial del Planeamiento Integral de los Modulos Locales de parte del Sector Catastral Nº 31 - San MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA Nº 155-MDA Ate, 24 de MORDAZA de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del 2007, visto el Dictamen Nº 005-MDA-CDU-2007 de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, Articulo 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de la red de vias y los usos de la del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los Planeamientos Integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Asimismo la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de Diseno MORDAZA y Diseno de Vias condicionados por los criterios de diseno establecido en la MORDAZA A. 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341MML de fecha 6 de diciembre de 2001, aprueba la Actualizacion de Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA y su modificatoria la Ordenanza Nº 786-MML de fecha 20 de junio de 2006, la cual indica que el sector materia de planificacion se encuentra afectado por una via metropolitana: La Carretera Central clasificada como via arterial con 45.00 ml.; Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un instrumento de gestion de ordenamiento del territorio mediante la elaboracion de Planeamientos Integrales por Sectores, motivos por el cual se ha intervenido en terrenos que forman parte del sector 31 ­ San MORDAZA de MORDAZA, cuya finalidad es el Acondicionamiento Progresivo en donde se han detectado terrenos rusticos de condicion MORDAZA, asi como ocupaciones y construcciones irregulares, derivadas del crecimiento desordenado de la poblacion y del problema del acceso a la vivienda, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro de un Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las Gestiones de Desarrollo y Promocion

de la Inversion, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector y conforme a los requerimientos efectuados por la empresa prestadora de servicios Sedapal, que ha comunicado la ejecucion de un proyecto sanitario para dicho sector, el cual permitira dotar y mejorar el servicio de agua y alcantarillado de la poblacion y habiendose aprobado un Planeamiento Integral con Ordenanza Nº 132-MDA para el sector catastral Nº 31, se requiere efectuar con precision el trazado vial que permita concordar con los objetivos y proyectos de la empresa prestadora de dicho servicio basico; Que, la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro ha determinado tecnicamente la existencia de algunas deficiencias en el plano aprobado por la Ordenanza Nº 132-MDA, por lo que ha procedido ha efectuar las modificaciones necesarias para subsanar dichas diferencias las cuales han sido consignadas en el Informe Nº 284-2007-SGPUC-GDU-MDA; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municiplidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA APROBATORIA DE LA MODIFICACION PARCIAL DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS LOCALES DE PARTE DEL SECTOR CATASTRAL Nº 31 ­ SAN MORDAZA DE MORDAZA, DISTRITO DE ATE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR la modificacion parcial del Planeamiento Integral de las vias locales de los predios que forman parte del Sector Catastral Nº 31- San MORDAZA de MORDAZA que colinda por el Norte con la Carretera Central, por el Sur con la Av. MORDAZA MORDAZA, por el Este con el Pacayal, el programa de vivienda Los Claveles de San MORDAZA y cerros eriazos y por el Oeste con la MORDAZA MORDAZA MORDAZA entre los tramos de MORDAZA MORDAZA y el centro poblado de MORDAZA MORDAZA hasta la interseccion de la Av. MORDAZA MORDAZA del distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, con un area de 348,914.59 m2 (34.89 Ha), que incluyen los aportes reglamentarios para fines de Recreacion Publica, el mismo que tendra una vigencia de 10 anos como minimo y sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras que forman parte de dicho planeamiento y sera inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos conforme al plano signado como Nº 01-2007-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER, que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales locales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y Bermas de estacionamiento correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en habilitaciones urbanas y Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A. 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y Capitulo II Condiciones Generales respectivamente y la MORDAZA GH 20 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion de la presente modificacion parcial del Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, Subgerencia de Fiscalizacion Municipal, para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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