Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2007 (24/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

352129

Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, Articulo 213, 215. Todo ello ocasionado debido a que no se implemento un adecuado control previo en las areas competentes de tramitar y suscribir contratos. (Observacion Nº 3). Que, de la revision a las transferencias provenientes del tesoro publico correspondientes al fondo de compensacion municipal del ano 2005, se ha verificado que la Municipalidad Distrital de MORDAZA - MORDAZA, ha recibido el importe de S/. 4,399,052 Nuevos Soles, dichos recursos han sido abonados a la cuenta corriente Nº 161-004960 del Banco de la Nacion, asi la Municipalidad Distrital de MORDAZA - MORDAZA, solo contaba con un disponible para gastos corrientes de S/. 4,664,087.84 Nuevos Soles, sin embargo se ha verificado que el gasto corriente ha sido S/. 7,295,505.06 Nuevos Soles; es decir, se ejecuto un gasto por encima de lo permitido hasta por S/. 2,631,417.22 Nuevos Soles; lo que transgrede lo estipulado por el Acuerdo Municipal Nº 0043-CM/MDS-SG-05 de fecha 27 de MORDAZA del 2005, la misma que en su Articulo MORDAZA establece la distribucion del Fondo de Compensacion Municipal fijando hasta el 46.13% como disponible para gastos corrientes y el Art. 89 del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal (Observacion Nº 24). Que, de la revision efectuada a los comprobantes de pago que sustentan los gastos con cargo a las cuentas corrientes Nº 161-004960 - Inversiones (FCM) y 161032360 - Inversiones (Canon) ambos del Banco de la Nacion, se ha determinado que durante el ano 2005 la Municipalidad Distrital de MORDAZA, ha realizado de manera irregular pagos de planillas de remuneraciones de empleados, pagos de servicios publicos (telefono y agua), apoyos a centros educativos, compras de equipos de computo, mobiliarios, uniformes para seguridad ciudadana, impresiones de formatos, cursos de capacitaciones a los funcionarios y otros hasta por el importe de S/. 212,799.76 nuevos soles. Del mismo modo se ha evidenciado que dichos recursos han sido utilizados en el pago de aportaciones a las distintas AFPs asi como ESALUD, ONP e impuestos de cuarta categoria por el importe de S/. 526,071.56 Nuevos Soles, es decir por un total de S/. 738,871.32. Lo que contraviene lo estipulado por el Acuerdo Municipal Nº 0043-CM/MDS-SG-05 de fecha 27 de MORDAZA del 2005 y el Art. 89 del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal (Observacion Nº 25). Que, de la revision efectuada a la documentacion sustentatoria del pago de dietas a los Regidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA en el periodo 2005, se ha evidenciado que existen pagos en exceso de dietas por S/. 227,196.00; Lo que incumple lo previsto en la Ley Nº 28212 publicado el 27 de MORDAZA del 2004, articulo 5, ratificada por la sentencia recaida en el Expediente Nº 0038-2004-AI/TC (Observacion Nº 28). Que, la Sociedad Toralva & Asociados SC. y MORDAZA & Asociados CC.PP.SC, notifico el Incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento a MORDAZA Janeth MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Tesoreria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, mediante Oficio Nº 061-2006-M.D. SANTIAGO-T&A del 14.JUL.2006, se comunico el pliego de hallazgos de las observaciones 3,24 Y 25 y fue recepcionado el 14.JUL.2006, dando respuesta con Carta S/N de fecha 24.JUL.2006 y recepcionado el 24.JUL.2006, Y mediante Oficio Nº 102-2006M.D.SANTIAGO-T&A del 24.JUL.2006, se le comunico el pliego de hallazgos respecto de la Observacion Nº 28 que no absolvio; determinando que incurrio en presunta responsabilidad administrativa funcional, por haber inobservado el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-CM/MDS-SG-05 del 25.JUL.2005. y por el incumplimiento con lo previsto en los incisos a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que establece como obligaciones de los servidores, cumplir personal y diligentemente los deberes que imponen el servicio publico y salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos, constituyendo tales hechos, falta de

caracter disciplinario previstas en el Art. 28º de la citada Ley su Reglamento. Que, la Constitucion Politica en su articulo 39º establece que todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al Servicio de la nacion, y conforme dispone el Decreto Legislativo 276 en su articulo 3º, son deberes de los servidores Publicos: a) Cumplir el servicio publico buscando el desarrollo nacional del MORDAZA y considerando que trasciende los periodos de gobierno; b) Supeditar el interes particular al interes comun y a los deberes del servicio; c) Constituir un grupo calificado y en permanente superacion; d) Desempenar sus funciones con honestidad, eficiencia, laboriosidad y vocacion de servicio; y e) Conducirse con dignidad en el desempeno del cargo y en su MORDAZA social; mientras que en su articulo 21º establece que son Obligaciones de los servidores: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos; c)Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos y d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para su mejor desempeno; lo que es concordante con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM: Articulo 126º determinando que todo funcionario o servidor de la Administracion Publica, cualquiera que fuera su condicion, esta sujeto a las obligaciones determinadas por la Ley y su Reglamento, quienes conforme al Articulo 127º deben conducirse con honestidad, respeto al publico, austeridad, disciplina y eficiencia en el desempeno de los cargos asignados, asi como con decoro y honradez en su MORDAZA social, y actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa, supeditando sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relacion a las necesidades de la colectividad conforme a los articulos 129º y 131º de la MORDAZA citada. Que, por estas consideraciones la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, considera que teniendo en cuenta que el "Informe Largo de Auditoria que contiene el examen a la informacion financiera y presupuestaria del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005, realizado por la Sociedad Toralva & Asociados SC. y MORDAZA & Asociados CC.PP.SC", tiene caracter de prueba pre constituida, conforme a lo previsto por Inciso f) del Articulo 15º de la Ley Nº 27785, existe merito suficiente para abrirse MORDAZA administrativo para que los hechos MORDAZA debidamente valorados, en tanto que la conducta detalla en los considerando precedentes, se adecuan a la tipificacion de faltas contenidas en los articulos 21º y 28º del Decreto Legislativo 276. Estando, a la recomendacion de la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios y a los previsto por el Decreto Legislativo 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, las normas citadas y en uso de las facultades conferidas el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- ABRIR MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA Janeth MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Tesoreria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por presuntas faltas tipificadas por los literales a), d) y f) del articulo 28º e incumplimiento de las obligaciones senaladas en los literales a), b), d) y h) del articulo 21º del Decreto Legislativo 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por las razones expuestas. Articulo Segundo.- La Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, se encargara del MORDAZA precedentemente abierto. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 99690-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.