Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2007 (24/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2007

modificado mediante Ordenanza N° 187-MM del 22 de marzo de 2005; Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 186-MM son funciones de los delegados vecinales representar a los vecinos, buscar espacios de concertacion y dialogo vecinal, convocar a los vecinos y transmitir propuestas vecinales a la Municipalidad; Que, de acuerdo al articulo 7º del Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante la Ordenanza Nº 186-MM, la circunscripcion territorial del distrito de Miraflores se encuentra dividida en treinta y nueve (39) zonas, cada una de las cuales debe contar con delegados vecinales; Que, conforme se viene observando las elecciones vecinales se realizan en el mes de MORDAZA, habiendo sido postergadas en el 2006 para junio por las elecciones presidenciales, habiendose realizado las mismas en 26 de las 39 zonas en la que esta distribuido el distrito de Miraflores, quedando 13 zonas sin representantes, al no haberse presentado postulantes a las elecciones. Que, existen casos en los que los Presidentes Zonales presentaron su renuncia, por diversas razones de indole profesional, personal o familiar; lo que limito la participacion vecinal en el distrito de Miraflores; debiendo ser subsanada esta situacion dentro del MORDAZA constitucional y legal. Que, de conformidad con el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion", Ley Nº 27680, senala que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, senala que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestion Publica. Para este efecto, deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas; Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA TERCERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL DEL REGLAMENTO DE JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES DE MIRAFLORES, APROBADO MEDIANTE LA ORDENANZA Nº 186-MM Articulo 1º.- Modificar la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante la Ordenanza Nº 186-MM de fecha 15 de marzo de 2005, en los siguientes terminos: "Tercera.Designacion de Representantes Vecinales por el Alcalde. De forma excepcional y para efectos del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2008, el MORDAZA, mediante Resolucion de Alcaldia, podra nombrar a un representante de los vecinos en aquellas zonas que no cuenten con delegados vecinales. Estos representantes deberan cumplir con los requisitos senalados en el articulo 15º de la Ordenanza Nº 186-MM, en lo que les sea aplicable, y no estar incursos en los impedimentos senalados en el articulo 16º de la misma Ordenanza. Esta representacion seguira vigente hasta la eleccion de los nuevos delegados vecinales" Articulo 2°.- Encarguese del cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participacion Vecinal.

Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 99726-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Regimen Especial de Conexiones Domiciliarias de Gas Natural en el distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 137/MDSM San MORDAZA, 20 de agosto de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 191 y 194 de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas Municipalidades Distritales, son las normas de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales la Municipalidad tiene competencia; Que, el inciso 3.2 del numeral 3) del Articulo 79º de la MORDAZA acotada, establece que es competencia especifica y exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de Organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo dentro de su jurisdiccion; autorizar y fiscalizar la ejecucion del Plan de Obras de Servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; Que, mediante Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, Ley Nº 27133, el Estado Peruano declaro "De interes nacional y necesidad publica" el fomento y desarrollo de la industria del gas natural, lo cual comprende a la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos; Que, para tal efecto el dia 12 de diciembre de 2005 se publico en el Diario Oficial el Peruano el Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, dispositivo legal que introduce normativamente las condiciones favorables, a fin de promover el uso masivo del Gas Natural en el MORDAZA, industrial, comercial, domestico y vehicular en todo el territorio nacional; sin desmedro de los demas usos de servicios domesticos que pudieran darse. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, mediante Informe Nº 068-2007-GDU/MDSM, da cuenta, que el servicio publico de distribucion de Gas Natural por Red de Ductos introduce condiciones que permiten una mejora considerable en la calidad de MORDAZA de la poblacion por tratarse de una fuente de energia comparativamente mas economica y que, por su MORDAZA y composicion favorece el medio ambiente, lo que contribuira al desarrollo economico y social de los vecinos del distrito que cuenten

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