Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2007 (25/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de agosto de 2007

VISTO; El Informe Nº 120-2007-MDR/DAT de fecha 27.06.07 del Departamento de Administracion Tributaria; el Informe Nº 109-2007-DRDE-MDR de fecha 06.07.07 de la Direccion de Rentas y Desarrollo Economico; el Informe Nº 293-A-2007-OAJ-MDR de fecha 06.07.07 de la Oficina de Asesoria Juridica; el Informe Nº 82-GM-MDR de fecha 06.07.07 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:

Que, es necesario precisar que los costos anuales totales se mantiene iguales no surtiendo ninguna variacion en la estructura de costos del servicio de estacionamiento vehicular temporal, que como Anexo II forma parte integrante de la Ordenanza Nº 148; Que, en el uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA:

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Distritales y Provinciales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 42º prescribe que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para su correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan los asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, concordante con el articulo 41º de la MORDAZA acotada, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos, licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que la ley senala; asi mismo existen disposiciones legales dentro del citado cuerpo normativo que senala que estos, excepcionalmente podran condonar con caracter general, los intereses y las sanciones respecto de los tributos que administren, ello concordante con el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 739, se aprueba el MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia de MORDAZA, donde se establece los aspectos tecnicos, legales, tecnicos y administrativos que deben observar las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA para la determinacion de la tasa de Estacionamiento Vehicular en la respectiva jurisdiccion; Que, asi mismo mediante Directiva Nº 001-006000000005, se establecen los criterios y metodologias para la estimacion de ingresos y determinacion de la tasa a cobrar por servicios de estacionamiento vehicular temporal, aplicados a municipalidades de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital del MORDAZA, adecuandose a la normatividad vigente aprobo la Ordenanza Nº 148, que regula el cobro de la tasa de estacionamiento vehicular en la jurisdiccion, la misma que en su articulo Nº 17, Nº 18 y Nº 19, aprobo el informe tecnico, el cuadro de estructura de costos y cuadro de estimacion de ingresos respectivamente; Que mediante Oficio Nº 004-090-00004032, se observa la estructura de costos en lo referente a la cantidad de ticket considerados es mayor a la cantidad de espacios usados efectivamente durante un ano, al respecto es preciso indicar que la estructura de Que, siendo necesario precisar que en la estructura de costos se consigno un total de ticket de 1325 millares con un costo por millar de S/. 20.00, ascendente a 26,500 como costo anual, de la siguiente forma:
Concepto Ticket Detalle Talonarios de ticket Canti- Unidad de dad medida 1325 Millar Costo unitario 20,00 % de dedicacion 100% Costo mensual 2208,33 Costo anual 26500

Articulo Unico.- PRECISESE, que los ticket que forman parte de los costos de materiales de la estructura de costos del servicio de estacionamiento vehicular temporal, que como Anexo II, forma parte integrante de la Ordenanza Nº 148 queda como sigue:
Concepto Ticket Detalle Talonarios de ticket Canti- Unidad de dad medida 1250 Millar Costo unitario 21,20 % de dedicacion 100% Costo mensual 2208,33 Costo anual 26500

Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

100209-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban limite MORDAZA de velocidad en el punto de regulacion y control de equipos electronicos instalados en la cuadra 11 de la Av. La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000032
Callao, 22 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; otorgandole competencias especificas y compartidas en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181 y el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, reconocen a la Municipalidad Provincial como Autoridad competente en su respectiva jurisdiccion, quien asume competencias de caracter normativo, de gestion y de fiscalizacion para la mejor aplicacion de dicho Reglamento dentro de su respectivo ambito territorial; Que, la Gerencia General de Transporte MORDAZA como parte del proyecto de modernizacion de los sistemas electronicos de MORDAZA de la MORDAZA del Callao, ha concluido los estudios y trabajos de instalacion de los equipos electronicos fijos ubicados en la Avenida La MORDAZA, lo cual permitira la medicion del MORDAZA vehicular y la deteccion de infracciones por incumplimiento del Reglamento Nacional de Transito; permitiendo de esta manera disminuir los indices de accidentabilidad reportados anualmente por la Policia Nacional del Peru;

Que es preciso indicar que por error material se consigno la cantidad de 1325 millares cuando debio ser de 1250, millares asi mismo se coloco un costo unitario de S/. 20.00, cuando debio colocarse S/. 21.20, quedando de la siguiente forma:
Concepto Ticket Detalle Talonarios de ticket Canti- Unidad de dad medida 1250 Millar Costo unitario 21.20 % de dedicacion 100% Costo mensual 2208,33 Costo anual 26500

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