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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 46

tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2113-2007-TC-S3 de 30.11.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 44.COTEXTIL LABECA E.I.R.LTDA. Inhabilitación por cuatro (04) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber incumplido injustifi cadamente las obligaciones derivadas de la orden de compra, causal tipifi cada en el literal a) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 2117-2007-TC-S3 de 30.11.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. Artículo Segundo .- Disponer que la Dirección de Plataforma – SEACE incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de noviembre de 2007 a la página web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente 143411-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2007 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0122-2007-INGEMMET/PCD Lima, 11 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre del 2007, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese.JAIME CHÁVEZ-RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET 143262-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario del Callao de la Dirección Regional Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 792-2007-INPE/P Lima, 14 de diciembre de 2007VISTOS, el Ofi cio Nº 0961-2007-INPE/16.05 de fecha 10 de diciembre de 2007, por el cual la Ofi cina Regional Lima adjunta el Informe Técnico Nº 010-2007-INPE/16.05-ERMyS de fecha 05 de diciembre de 2007, de la Unidad de Administración y Equipo de Logística e Informe Legal Nº 034-2007-INPE/16.04 de fecha 10 de diciembre de 2007, de la Unidad de Asesoría Jurídica, respectivamente, por los cuales solicita se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario del Callao, Ofi cio Nº 1720-2007-INPE/10 de fecha 13 de diciembre de 2007, de la Ofi cina General de Administración e Informe Nº 432-2007-INPE/06 de fecha 13 de diciembre de 2007, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial N° 045-2007- INPE/P de fecha 29 de enero de 2007, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, en el que se incluyó el proceso de selección de Licitación Pública N° 006-2007-INPE/16 para el “Suministro de Raciones de Alimentos Preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Lima y Callao de la DRL – INPE”, en cuyo proceso se incluyó el ítem 1: Establecimiento Penitenciario de Callao; Que, mediante Informe Técnico Nº 010-2007- INPE/16.05-ERMyS de fecha 05 de diciembre de 2007 e Informe Legal Nº 034-2007-INPE/16.04 de fecha 10 de diciembre de 2007, la Unidad de Administración y Equipo de Logística y la Unidad de Asesoría Jurídica, respectivamente, refi eren que con fecha 06 de noviembre de 2006, se suscribió el contrato Nº 067-2006-INPE/16 con el Consorcio conformado por las empresas RESAL EIRL y PROVEEDOR RS BOCHE EIRL, derivado del proceso de selección mencionado, por un monto de S/. 1`811 367,25 (Un millón ochocientos once mil trescientos sesenta y siete con 25/100) nuevos soles, con vigencia de doce meses o hasta que se complete el monto total adjudicado, para el suministro de alimentos NORMAS LEGALES 360104Lima, sábado 15 de diciembre de 2007El Peruano