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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2007 360813 Que, con fecha 8 de noviembre de 2007, se procedió a declarar desierto el proceso de selección del Concurso Público Nº 001-2007-UNAC, informándose con Ofi cio Nº 1046-OASA-2007 del 3 de diciembre de 2007 al Presidente del Comité Especial para que se convoque la segunda convocatoria del proceso de selección Concurso Público Nº 001-2007-UNAC; Que, debido a los hechos descritos en el Informe Técnico Nº 008-OASA-2007 del 10 de diciembre de 2007, se ha suscitado una SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, ya que la Universidad no puede dejar de contar con el servicio de protección, seguridad y vigilancia de sus locales durante el período que dure el mencionado proceso de selección, por cuanto se debe garantizar la cautela de su patrimonio y de sus instalaciones así como la integridad física de la Comunidad Universitaria; Que, el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, concordante con el Art. 141° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que se entiende como situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultando dicha situación a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo y cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, como es el presente caso; Que, el Informe Técnico Nº 008-OASA-2007 justifi ca el pedido por un período de seis (6) meses contados a partir del 19 de diciembre de 2007, o hasta que se suscriba el contrato respectivo, lo que ocurra primero, señalándose mediante el Ofi cio del visto que el costo de dicho servicio asciende a S/. 379,953.00 (trescientos setenta y nueve mil novecientos cincuenta y tres nuevos soles), debiendo ceñirse a lo dispuesto en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que establece que la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, que el contrato deberá cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente, y que la contratación será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad o el órgano designado para tal efecto; Estando a lo glosado; al Informe Nº 1849-2007-UPEP- OPLA y Ofi cio Nº 479-2007-OPLA recibidos de la Ofi cina de Planifi cación el 25 de setiembre de 2007; al Informe N° 822-2007-AL recibido de la Ofi cina de Asesoría Legal el 17 de diciembre de 2007; a la documentación sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confi eren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1º.-DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Servicio de Protección, Seguridad y Vigilancia de los locales de la Universidad Nacional del Callao, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. 2º.-APROBAR la Exoneración Nº 08-2007-UNAC, para la “Contratación del Servicios de Protección, Seguridad y Vigilancia de los locales de la UNAC”, por un período de tres (3) meses contados a partir del 19 de diciembre de 2007, o hasta que se suscriba el contrato respectivo, lo que ocurra primero, por un monto total de S/. 189,976.50 que será fi nanciado de la siguiente manera: Recursos Ordinarios: 90,000.00 y Recursos Directamente Recaudados: 99,976.50. 3º.-AUTORIZAR a la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de esta Casa Superior de Estudios para que efectúe la Contratación del precitado Servicio en forma directa mediante acciones inmediatas, y por el período de tres (3) meses, debiendo ceñirse a lo establecido a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la normatividad pertinente.4º.-ENCARGAR, a la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional del Callao, para que publique la Resolución de exoneración dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su publicación en el SEACE. 5º.-TRANSCRIBIR la presente Resolución a los Vicerrectores, CONSUCODE, SEACE, Ofi cina de Planifi cación, Órgano de Control Institucional, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Archivo General y Registros Académicos, Ofi cina de Contabilidad y Presupuesto, Ofi cina de Tesorería, Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR M. MEREA LLANOS Rector 146107-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Aprueban el Presupuesto Consolidado de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2008 y aprueban presupuestos para el ejercicio 2008 de diversas empresas ACUERDO DE DIRECTORIO N° 001-2007/016-FONAFE Adoptado en la decimasexta sesión de fecha 14 de diciembre de 2007 1. Aprobar el Presupuesto Consolidado de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2008, según la siguiente estructura y montos, expresados en Nuevos Soles: INGRESOS 13,108,144,440 INGRESOS CORRIENTES 11,841,778,244 TRANSFERENCIAS 111,687,336INGRESOS DE CAPITAL 509,750,580 FINANCIAMIENTO 644,928,280 EGRESOS 13,108,144,440 EGRESOS CORRIENTES 6,332,221,669 TRANSFERENCIAS 3,029,421,175EGRESOS DE CAPITAL 2,089,781,495 SERVICIO DE DEUDA 631,054,629 SALDO 1,025,665,472 2. Aprobar los presupuestos para el ejercicio 2008 de las siguientes Empresas, de acuerdo al detalle que se adjunta en el Anexo Nº 1 y que forma parte del presente Acuerdo: Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA. Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. - EGASA Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro - EGECEN S.A. Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. - EGEMSA. Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. - EGESUR S.A.