Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360817

Nacional, se dejo sin efecto la precitada Resolucion Presidencial, a fin de denominar a los establecimientos penitenciarios de la Republica en funcion a su ubicacion geografica y actualizar la relacion de los mismos; Que, asimismo, el articulo 2º de la citada Resolucion dispuso que: "El Presidente del Instituto Nacional Penitenciario por acuerdo del Consejo Nacional Penitenciario, determinara el regimen de los establecimientos penitenciarios (...)"; Que, el articulo 98º del Codigo de Ejecucion Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 654, clasifica a los establecimientos de regimen cerrado en ordinarios y especiales, caracterizandose los de regimen cerrado ordinario por el estricto control y limitacion en las actividades comunes y en las relaciones con el exterior. Los de regimen cerrado especial son establecimientos o pabellones destinados a internos sentenciados y procesados de dificil readaptacion; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0162004-JUS que modifica, entre otros, el articulo 62º del Reglamento del Codigo de Ejecucion Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, establece que el Regimen Cerrado Especial pone enfasis en las medidas de seguridad y disciplina, tiene tres etapas A, B y C, las cuales se aplicaran en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial Piedras Gordas (ahora denominado Establecimiento Penitenciario de Ancon), y en los pabellones que, para tal finalidad, disponga el Consejo Nacional Penitenciario; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 435-2006INPE/P de fecha 6 de MORDAZA de 2006, se resolvio habilitar el Pabellon "B" del Establecimiento Penitenciario La Capilla (ahora denominado Establecimiento Penitenciario de Juliaca), para la aplicacion del Regimen Cerrado Especial; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 247-2007INPE/P de fecha 18 de MORDAZA de 2007, se resolvio habilitar un piso en el Pabellon "C" del Establecimiento Penitenciario Chorrillos II (ahora denominado Establecimiento Penitenciario Anexo de Mujeres de Chorrillos), para la aplicacion del Regimen Cerrado Especial; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 5462007-INPE/P de fecha 20 de agosto de 2007, se resolvio determinar la aplicacion del Regimen Cerrado Especial en el Establecimiento Penitenciario de Challapalca; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 6092007-INPE/P de fecha 24 de septiembre de 2007, se resolvio implementar un pabellon en el Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo, donde se aplicara el Regimen Cerrado Especial, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 016-2004-JUS y, mediante Resolucion Presidencial Nº 679-2007-INPE/P de fecha 17 de octubre de 2007, se resolvio cambiar la denominacion de "Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo", por el de "Establecimiento Penitenciario Barbadillo"; Que, el numeral 1) del articulo 110º del Codigo de Ejecucion Penal establece que el Consejo Tecnico Penitenciario tiene como funcion "asesorar al Director del Establecimiento en las acciones de administracion, tratamiento y seguridad". A su vez, el numeral 1) del articulo 221º del Reglamento del Codigo de Ejecucion Penal establece que es funcion del Director del Establecimiento Penitenciario "dirigir, supervisar, controlar y evaluar la aplicacion de los regimenes penitenciarios y las acciones de tratamiento"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 717-2007INPE/P de fecha 06 de noviembre de 2007, se resolvio cerrar temporalmente los Establecimientos Penitenciarios de Chincha (Oficina Regional Lima), Chivay (Oficina Regional Sur Arequipa), MORDAZA de MORDAZA (Oficina Regional Norte Chiclayo), Juli y Azangaro (Oficina Regional Altiplano Puno); Que, mediante Oficio Nº 965-2007-INPE/07 del 22 de octubre de 2007, la Direccion de Tratamiento Penitenciario, ha propuesto el regimen de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional a cargo del Instituto Nacional Penitenciario de acuerdo a la realidad penitenciaria de cada penal; Que, mediante Acta de fecha 26 de noviembre de 2007, el Consejo Nacional Penitenciario acordo establecer el regimen de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional; Que, contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario, Direccion de Tratamiento Penitenciario, Direccion de Seguridad Penitenciaria; y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto

Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER, el regimen de los establecimientos penitenciarios a cargo del Instituto Nacional Penitenciario, de la siguiente manera:
DENOMINACION EP de Tumbes EP de MORDAZA EP de Sullana EP de Ayabaca EP de Huancabamba EP de Chiclayo EP de MORDAZA EP de Mujeres de MORDAZA EP de Pacasmayo EP de MORDAZA EP de MORDAZA EP de Chota EP de San MORDAZA EP de MORDAZA MORDAZA EP de Bambamarca EP de Cajabamba EP de Celendin EP de Chimbote EP de MORDAZA EP de Callao EP de Lurigancho EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA EP de Mujeres de Chorrillos EP Anexo de Mujeres de Chorrillos EP de Canete EP de MORDAZA EP de MORDAZA EP de Ancon EP de Yauyos EP de MORDAZA EP de Ica EP de MORDAZA EP de Mujeres de MORDAZA EP de Camana EP de MORDAZA EP de Tacna EP de Mujeres de Tacna EP de Oxapampa EP de Huancayo EP de Mujeres de MORDAZA EP de Chanchamayo EP de Satipo EP de Tarma EP de La Oroya EP de Huancavelica EP de MORDAZA EP de Huanta EP de La Mar EP de MORDAZA EP de La Union EP de Cerro de Pasco EP de Pucallpa EP de Abancay EP de Chincheros EP de Andahuaylas EP de Cotabambas EP de MORDAZA EP de Mujeres de MORDAZA EP de Sicuani EP de Quillabamba EP de Sauri EP de Chumbivilcas EP de Urcos EP de Paucartambo EP de Puerto MORDAZA REGIMEN Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario con un pabellon para Regimen Cerrado Especial Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario con un pabellon para Regimen Cerrado Especial Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario con un pabellon para Regimen Cerrado Especial Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Especial Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario con un pabellon para Regimen Cerrado Especial Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario Cerrado Ordinario

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