Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2007 (14/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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VISTO: Lo senalado en el Informe Nº 094-2006-DL de fecha 29 de diciembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 094-2006-DL el Departamento de Logistica informa a la Superintendencia Adjunta de Administracion General que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones cuenta en la actualidad con 2 locales propios y 15 inmuebles alquilados a nivel nacional, de los cuales 11 son para sedes administrativas y 4 son estacionamientos vehiculares. De los dos locales propios MORDAZA mencionados, uno es la Sede Central de la institucion, edi cio ubicado en la MORDAZA Los Laureles Nº 214, San Isidro; Que, considerando el area de cada piso de la Sede Central de la Superintendencia, de la cual se debera descontar el area de ascensores, hall de ingreso, areas comunes, pasadizos, banos, kitchenet, area de seguridad y escape, se puede apreciar que la cantidad de personal de la Superintendencia excede la cantidad de metros cuadrados disponibles para O cina; Que, lo MORDAZA mencionado ha traido como consecuencia que el edi cio no cumpla con las condiciones minimas de seguridad establecidas por Defensa Civil y a su vez hace que las condiciones en las cuales labora el personal de la Superintendencia no MORDAZA las optimas producto de la cantidad de personas que laboran en el edi cio, por lo que se hace necesario la ubicacion de un MORDAZA local que reuna las condiciones necesarias para poder trasladar personal de la Sede Central de la Superintendencia; Que, efectuadas las evaluaciones del caso con el n de identi car un inmueble que reuna las caracteristicas de espacio requeridas, asi como las condiciones de proximidad y uso de o cinas apropiadas para la reubicacion de las o cinas de la Superintendencia, se han ubicado dos inmuebles en las inmediaciones de la Sede Central de la Superintendencia cuyas caracteristicas se detallan en el Informe de la referencia emitido por el Departamento de Logistica; Que, el citado Departamento concluye que a n de dar cumplimiento a las disposiciones de Defensa Civil sobre seguridad y de esta manera garantizar la integridad fisica de los trabajadores de la Sede Central de la Superintendencia, se recomienda que la mejor opcion es la de alquilar el inmueble ubicado en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1421, San MORDAZA, toda vez que el alquiler de este inmueble permitiria descongestionar la Sede Central de la Superintendencia, conforme se menciono en los antecedentes del presente Informe, toda vez que se podria trasladar un minimo de 80 personas; con lo cual se podria reubicar hasta tres pisos del local principal en este MORDAZA local a n que el edi cio cumpla con las condiciones minimas de seguridad establecidas por Defensa Civil; Que, por el uso dado al inmueble este reune las condiciones de infraestructura necesarias para ser acondicionado como o cina. Cabe mencionar que el valor aproximado de la renta mensual ascenderia a la suma de US$ 3 000,00 (Tres Mil y 00/100 Dolares Americanos), suma que dividida entre la cantidad de metros con la que cuenta el inmueble (1,000 m2) da un promedio de US$ 3,00 dolares americanos por metro MORDAZA, suma por demas inferior al promedio del MORDAZA inmobiliario; Que, el inmueble que se pretende arrendar se encuentra a una cuadra de distancia del local principal de la Superintendencia, lo cual signi ca una ventaja por la misma cercania, ya que facilita el tema de la interconexion de data y telefonia del local con la sede central; de otro lado, tambien es una ventaja por cuanto dicho local se encuentra a menos de 200 metros de distancia de la cochera que se tiene alquilada en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1555, San MORDAZA, por lo que no seria necesario alquilar cocheras adicionales con las que ya se cuenta, toda vez que se trasladaria personal de la sede central al MORDAZA local, la misma que ya cuenta con cocheras en el estacionamiento MORDAZA mencionado. Cabe mencionar

nalmente que el local cuenta con cuatro cocheras propias; Que, cabe mencionar en este extremo que el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. La acotada MORDAZA legal establece como una causal para considerar que existe un proveedor unico, que las necesidades del area usuaria se sustenten en razones de indole tecnica, como las expuestas por el Departamento de Logistica en su Informe Nº 094-2006DL; Que, el requisito previsto en la MORDAZA comentada en el considerando precedente seria de aplicacion en el presente caso, toda vez que dada las caracteristicas del inmueble hacen que este sea unico en el MORDAZA toda vez que cuenta con la disponibilidad de ocupacion y reune las caracteristicas necesarias para el traslado de las o cinas de la Superintendencia, a un precio promedio menor al existente en el MORDAZA inmobiliario, constituyendose los propietarios del inmueble en proveedores unicos, toda vez que el bien que se pretende arrendar no cuenta con un sustituto en el mercado; Que, de otro lado, cabe senalar ademas que el articulo 205º del MORDAZA mencionado Reglamento establece con relacion al plazo de vigencia de los contratos, que cuando estos se traten de arrendamientos de bienes inmuebles, el plazo podra ser hasta por un MORDAZA de tres anos renovables por igual o menor plazo en forma sucesiva; reservandose la Entidad el derecho de resolver unilateralmente el contrato MORDAZA el vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni dano emergente, sujetandose a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al Consumidor que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, estando a lo senalado por la acotada MORDAZA legal y estando a los fundamentos tecnicos esgrimidos por el Departamento de Logistica, en su Informe Nº 094-2006DL, seria procedente autorizar la exoneracion para el arrendamiento del inmueble sito en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1421, San MORDAZA, ya que debido a las condiciones particulares del inmueble, hacen que el servicio de arrendamiento sea indispensable para el normal desarrollo de las actividades de esta Superintendencia y que este no pueda ser brindado por otro proveedor en el MORDAZA, debido a los bene cios que tiene de manera inherente y que redundaran en un bene cio economico y de gestion para esta Superintendencia; Que, el costo por dos anos del arrendamiento del inmueble materia de la presente resolucion ascenderia a la suma de US$ 72 000,00 (Setenta y Dos Mil y 00/100 Dolares Americanos), correspondiendo convocar una Adjudicacion Directa Publica, en funcion al monto MORDAZA indicado, MORDAZA que se exoneraria de contratacion para realizarlo mediante acciones directas e inmediatas conforme a las formalidades senaladas en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion del arrendamiento del inmueble ubicado en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1421, San MORDAZA, cuyo valor referencial anual asciende a la suma de US$ 72 000,00 (Setenta y Dos Mil y 00/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo, por el plazo de dos anos. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el mencionado servicio mediante acciones directas e

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