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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2007 (18/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337835 3. Supervisión de la Contrastación de Medidores22. 4. Supervisión de la Seguridad Pública en Media Tensión23. 5. Supervisión de la Seguridad en Establecimientos Públicos24. 6. Supervisión de la Operación de los Sistemas Eléctricos25. 7. Supervisión de los Sistemas Eléctricos Aislados26. 8. Supervisión de la Facturación y Cobranza27. 9. Costos de Corte y Reconexión del servicio público de electricidad28. 10. Supervisión de la Seguridad en Líneas de Transmisión29. OSITRAN: El Reglamento General de Supervisión de OSITRAN contiene un Título dedicado a los procedimientos de supervisión, el cual contiene de manera clara y sencilla el procedimiento aplicable para cada modalidad: - Procedimiento de reunión de trabajo - Procedimiento de inspección contenida en el Plan Anual de Supervisión - Inspección no contenida en el Plan Anual de Supervisión - Inspección encubierta- Procedimiento de supervisión de gabinete- Procedimiento de supervisión permanente OSIPTEL: El Reglamento General de Acciones de Supervisión 30 contempla diversos aspectos de los procedimientos de supervisión que realiza este organismo regulador, tales como: - Las acciones de supervisión que así lo requieran se practicarán, previa determinación, análisis y selección del universo correspondiente, por parte de la instancia competente del OSIPTEL, sobre una muestra que no deberá exceder el diez por ciento (10%) del mismo. En los casos en que se requiera la presentación por parte de la empresa supervisada de una muestra mayor, ello deberá ser comunicado y justi fi cado mediante comunicación de la Gerencia General del OSIPTEL. - Las acciones de supervisión podrán ser iniciadas de ofi cio o a instancia de parte y son aplicables, en ambos casos, las mismas reglas. - Facultades de los funcionarios o instancias competentes del OSIPTEL. - El acta de las visitas de supervisión. - Actuación ante evidencias de incumplimientos: medidas correctivas, infracciones. - Disposiciones acerca de las acciones de supervisión sin citación previa y acciones de supervisión con citación previa. 2.5. A CTAS E INFORMES DE SUPERVISIÓN 2.5.1. Diagnóstico.1. Actualmente los informes de supervisión se realizan con diferentes fi nes, lo cual no está indicado en el vigente RSF. Pese a que este aspecto es de organización y defi nición interna, se considera conveniente que las EPS conozcan los tipos de informes de supervisión a emitirse, en virtud del Principio de Transparencia. Un ejemplo de aspectos a mejorar, consiste en que actualmente los informes incluyen, además del aspecto especí fi co supervisado, un resumen de la infraestructura de la EPS, el monitoreo de sus indicadores de gestión, etc. La propuesta consiste en realizar una división de los tipos de informes: (i) informes periódicos, que correspondan a la acción de supervisión y re fl ejen claramente su objetivo (veri fi cación del cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales y técnicas relacionadas con la prestación de los servicios de saneamiento); y (ii) informes anuales, que pueden tener otros objetivos, tales como la actualización del Registro de EPS 31, evolución de indicadores, etc. en general, referirse a aspectos que no sufren mayor variación a corto plazo. 2. En relación al uso de formatos para la realización de acciones de supervisión realizadas desde la sede, el envío de información de las EPS hacia la SUNASS se realiza con formatos establecidos en el marco de la norma aprobada por la SUNASS sobre Transferencia de Información 32 (incorporada en el anexo 2 del proyecto) y sus circulares. En cuanto a las acciones de supervisión de campo, el Reglamento de Supervisión propuesto contiene un anexo con el formato de Acta de Supervisión, con algunas modi fi caciones respecto del actual, con la fi nalidad de simpli fi carlo. 2.5.2. Regulación comparada.OSITRAN El Reglamento General de Supervisión de OSITRAN señala que, en caso exista la presunción de incumplimiento de obligaciones, el caso debe ser investigado elaborando un informe de hallazgos. La elaboración del informe de hallazgos permite solicitar información adicional en la acción de supervisión al detectarse los presuntos incumplimientos, afi n de luego con una mayor base, proceder a la aplicación de la función fi scalizadora y sancionadora. El mismo cuerpo normativo establece que debe emitirse un reporte anual de supervisión, El Reglamento de General de Supervisión de OSITRAN defi ne qué documentos se emiten en cada modalidad de supervisión, así como su contenido. OSINERG El Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas de OSINERG de fi ne los tipos de informe y plazos para descargo, sin especi fi car su contenido. En dicho Reglamento, sólo señala que se emiten los informes, no estableciendo la frecuencia con la que deben ser emitidos. OSIPTEL En el Reglamento General de Acciones de Supervisión del Cumplimiento de la Normativa Aplicable a los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, se establece que luego de un acto de supervisión se deja constancia del mismo en un acta que debe ser efectuada en el lugar y momento de la supervisión, así también se establece los requisitos que debe contener el acta que deja constancia de la supervisión. 33 Es importante que las EPS supervisadas conozcan la de fi nición y objetivo de los documentos que se emitan en cada modalidad de supervisión, sin embargo, consideramos que el detalle del contenido y la estructura de los informes corresponde ser de fi nido por la SUNASS de manera interna. 2.6. D EBERES Y DERECHOS DE LAS EPS YD EL A SUNASS: 2.6.1. Diagnóstico.El actual RSF de fi ne las responsabilidades de la SUNASS y de las EPS 34 en los procedimientos y acciones 22 Procedimiento para Fiscalización de Contrastación y/o Veri fi cación de Medidores de Electricidad - Resolución OSINERG Nº 005-2004-OS/CD. 23 Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de De fi ciencias en Instalaciones de Media Tensión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública - Resolución OSINERG Nº 011-2004-OS/CD modi fi cada por Resolución OSINERG Nº 154-2005-OS/CD. 24 Procedimiento para la Supervisión de la Seguridad de Instalaciones Eléctricas en Establecimientos Públicos - Resolución OSINERG Nº 084-2005-OS/CD. 25 Procedimiento para la Supervisión de la Operación de los Sistemas Eléctricos - Resolución OSINERG Nº 074-2004-OS/CD 26 Procedimiento para Supervisar la Generación en Sistemas Eléctricos Aislados - Resolución OSINERG Nº 152-2005-OS/CD 27 Procedimiento para la Supervisión de los Procesos de Facturación, Cobranza y Atención al Usuario - Resolución OSINERG Nº 193-2004-OS/CD. 28 Procedimiento para la Supervisión del Cumplimiento de las Normas Vigentes Sobre Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad - Resolución OSINERG Nº 161-2005-OS/CD. 29 Procedimiento para la Supervisión de De fi ciencias en Seguridad en Líneas de Transmisión y en Zonas de Servidumbre - Resolución OSINERG Nº 264-2005-OS/CD. 30 Reglamento General de Acciones de Supervisión del cumplimiento de la normativa aplicable a los servicios públicos de telecomunicaciones - Resolución de Consejo Directivo Nº 034-97-CD-OSIPTEL. 31 Reglamento General de la SUNASS - Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Artículo 47.- Funciones Complementarias. Además de las funciones detalladas en los artículos anteriores la SUNASS debe desarrollar las siguientes funciones:b) Establecer y mantener actualizado el registro de EMPRESAS PRESTADORAS, así como un sistema de información técnica, comercial y fi nanciera, relativa al funcionamiento de las mismas. 32 Resolución de Consejo Directivo Nº 020-2005-SUNASS-CD. 33 Artículos 18º y 19º de la Resolución Nº 034-97-CD-OSIPTEL. 34 RSF. Artículos 14º y 15º.