Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

346618

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

el 11 de marzo de 2004, Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI confirmo en todos sus extremos la Resolucion Nº 028-2002/CDSINDECOPI; Que, el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (en adelante Acuerdo Antidumping) en su articulo 11.3 establece que todo derecho antidumping definitivo sera suprimido a mas tardar, en un plazo de cinco anos contados desde la fecha de su imposicion o desde su ultimo examen. Al respecto, dicho articulo dispone lo siguiente: "(...) todo derecho antidumping definitivo sera suprimido, a mas tardar, en un plazo de cinco anos contados desde la fecha de su imposicion (o desde la fecha del ultimo examen, realizado de conformidad con el parrafo 2, si ese examen hubiera abarcado tanto el dumping como el dano, o del ultimo realizado en virtud del presente parrafo), salvo que las autoridades, en un examen iniciado MORDAZA de esa fecha por propia iniciativa o a raiz de una peticion debidamente fundamentada hecha por o en nombre de la MORDAZA de produccion nacional con una antelacion prudencial a dicha fecha, determinen que la supresion del derecho MORDAZA lugar a la continuacion o la repeticion del dano y del dumping. El derecho podra seguir aplicandose a la espera del resultado del examen." Que, a la fecha, no se ha recibido ninguna solicitud de examen conforme a Ley para realizar un "sunset review" o examen por expiracion de medidas; Que, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo Antidumping, corresponde suprimir los derechos antidumping definitivos aplicados a las importaciones de perfiles, barras y tubos de aluminio aleado y sin alear, originarias de la Republica de MORDAZA producidos y/o exportados por Indalum S.A.; De conformidad con el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM y el articulo 22º del Decreto Ley Nº 25868 y; Estando a lo acordado unanimemente en la sesion del 31 de MORDAZA de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suprimir a partir del 9 de junio de 2007 la aplicacion de derechos antidumping definitivos a las importaciones de perfiles, barras y tubos de aluminio aleado y sin alear, originarias de la Republica de MORDAZA producidos y/o exportados por la empresa Industrias de Aluminio S.A. - Indalum S.A. impuestos mediante la Resolucion Nº 028-2002/CDS-INDECOPI, al haberse cumplido 5 anos de su imposicion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a las partes apersonadas al procedimiento seguido en el expediente Nº 006-2001-CDS, al gobierno de la Republica de MORDAZA y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT a fin que proceda conforme a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion por una (1) vez en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con lo establecido en el articulo 33º del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios INDECOPI 69107-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Disponen la ejecucion del "II Censo de Comunidades Indigenas de la Amazonia Peruana 2007"
RESOLUCION JEFATURAL N° 171-2007-INEI MORDAZA, 6 de junio del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2006PCM, se declara de prioridad nacional la ejecucion de los Censos Nacionales 2007: XI de Poblacion y VI de Vivienda, que permitira captar informacion demografica, economica y social de los habitantes, asi como informacion relativa a la viviendas, sus caracteristicas estructurales, servicios que dispone, entre otros y caracterizar a la poblacion de menores recursos, por ende focalizar el gasto social, haciendo mas eficaz y eficiente la asignacion de los fondos del Estado, asi como reducir los niveles de pobreza a traves de los programas sociales; Que, en el ano 1993 se realizo el "I Censo de Comunidades Indigenas de la Amazonia Peruana", que permitio el empadronamiento de la poblacion indigena asentada en dichas comunidades, con una estrategia adecuada por tratarse de poblaciones de progresiva integracion, desplazados y no contactados en sus propios territorios, por lo que resulta necesario la ejecucion de un II Censo, que permita obtener informacion actualizada, asi como su comparabilidad estadistica; Que, en la actualidad existen comunidades Indigenas que requieren ser ubicadas geograficamente y determinar sus caracteristicas demograficas, informacion estadistica que permitira establecer politicas coherentes y continuas, con datos actualizados, para mejorar el nivel de MORDAZA de dicha poblacion; Que, dentro de la estructura funcional del Proyecto de los Censos Nacionales 2007: XI de Poblacion y VI de Vivienda constituido mediante Resolucion Jefatural Nº 011-2007-INEI, se encuentra el "Comite de Comunidades Nativas", que se encargara de coordinar, promover y propiciar la participacion de las comunidades Indigenas en los referidos Censos Nacionales y de brindar la asistencia tecnica correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la ejecucion del "II Censo de Comunidades Indigenas de la Amazonia Peruana 2007", investigacion estadistica complementaria a la ejecucion de los Censos Nacionales 2007: XI de Poblacion y VI de Vivienda. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, como organo ejecutor a nivel nacional, la planificacion, ejecucion y supervision del referido Censo de Comunidades Indigenas, para lo cual contara con la asistencia tecnica del Comite de Comunidades Nativas que forma parte de la estructura del Proyecto de los Censos Nacionales 2007. Registrese y comuniquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 69825-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.