Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

346629

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31° de la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y Articulo 2° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 19° del Decreto Supremo N° 083204-PCM ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Articulos 144° y 145° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM ­ Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen los casos de contrataciones y adquisiciones que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion. Que, el Articulo 20° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Articulos 146°, 147° y 148° de su Reglamento, establecen las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, dentro de los cuales se encuentran los informes tecnico ­ legales previos, la publicacion de los acuerdos que aprueban la exoneracion y los procedimientos para las adquisiciones y contrataciones exoneradas. Que, mediante Informe N° 160-2007/GOB.REG.HVCA/GSRAng./G, de fecha 4 de MORDAZA del ano 2007, emitido por el Bach. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Gerencia Subregional de Angaraes requiere contar con maquinaria pesada para realizar trabajos en movimiento de tierra, de la Municipalidad Provincial de Angaraes; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha 8 de MORDAZA del ano 2007, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- APRUEBESE la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para el alquiler de maquinaria pesada de la Municipalidad Provincial de Angaraes, ello segun los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Disponer a las Oficinas de Gerencia General, Direccion Regional de Administracion, Oficina de Abastecimiento y Gestion Patrimonial y demas pertinentes, el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BONZANO MORDAZA Consejero Delegado 69413-1

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, Ley Nº 27867; su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas Complementarias. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 22 de MORDAZA del 2007, la propuesta dictaminada por la Subcomision de Energia, Minas, relativa declaran en alerta ambiental las provincias de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Gran Chimu, Otuzco y Pataz, respectivamente por su alto grado de contaminacion. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 1º y numerales 1 y 22 del articulo 2º, senala que la defensa de la persona humana y su dignidad son los fines supremos del Estado y la Sociedad, y que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Que, el articulo 9º de la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente, establece que la politica ambiental tiene como objetivo mejorar la calidad de MORDAZA de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, mediante la prevencion, proteccion y recuperacion del ambiente y sus componentes. Que, existen algunas actividades economicas extractivas que utilizan en sus procesos, sustancias toxicas o peligrosas, que danan el ambiente repercutiendo principalmente en la salud de las personas, al medio donde habitan y a las zonas aledanas; deteriorando la MORDAZA y fauna, el agua y los suelos, que son recursos basicos para la vida. Que, habiendose incrementado la explotacion minera ilegal en las provincias de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Gran Chimu, Otuzco y Pataz, y que dicha actividad no solo deteriora los suelos sino que ademas contamina el agua, tal como ha quedado demostrado por los resultados de los monitoreos efectuados por la autoridad de salud. Que, dentro de las politicas ambientales del Gobierno Regional, son objetivos estrategicos la preservacion y conservacion de la biodiversidad existente en la region, asi como, el cuidado del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, tal como esta establecido en el Plan de Accion Regional de La MORDAZA al 2010, y en la Agenda Ambiental aprobado por la Ordenanza Regional Nº 004-2004 del 14 de MORDAZA de 2004 y, en concordancia con el numeral 10 del articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27783, en lo que respecta al MORDAZA de la Subsidiariedad. Que, por los considerandos MORDAZA citados, es necesario se declare en alerta ambiental la MORDAZA comprendida dentro de las provincias de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Gran Chimu, Otuzco y Pataz, por encontrarse conforme con las facultades conferidas a los Gobiernos Regionales en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, y en los articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37º y Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28968 y estando a lo acordado con el MORDAZA

GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Declaran en estado de Alerta Ambiental el ambito territorial de las provincias de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Gran Chimu, Otuzco y Pataz
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2007-CR/RLL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA

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