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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342650 GM/MDSJL recomienda que se apruebe la remuneración del Alcalde y la Dieta de los Regidores con los mismos montos que se establecieron en el Acuerdo de Concejo Nº 030, de fecha 18/09/2006, con lo que no se alteraría el Presupuesto aprobado para el año 2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de marzo del 2007, se estableció las disposiciones que permitan a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el marco de la Ley Nº 28212, modi fi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo, y con la dispensa del trámite y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Mantener el ingreso mensual del Alcalde de San Juan de Lurigancho durante el presente ejercicio fi scal 2007 en la suma fi jada en el Acuerdo de Concejo Nº 030, de fecha 18/09/2006, según los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Fijar el monto de la Dieta de los señores Regidores en la suma equivalente al 15% del ingreso mensual del Alcalde por cada asistencia efectiva a Sesión de Concejo, determinándose un máximo de dos (2) sesiones pagadas al mes. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga al presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría Municipal la publicación del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 43437-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 00018-2007-MDSJM San Juan de Mira fl ores, 16 de marzo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO:Visto, el Dictamen conjunto de la Comisión de Administración, Presupuesto y Cooperación Técnica y la Comisión de Asunto Legales referente al Proyecto de Ordenanza para aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 9º numeral 3) que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0005- 2007 de fecha 8 de enero del 2007 se declara en REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN ORGÁNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, TÉCNICA Y FUNCIONAL a la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, por un plazo de 90 días calendarios, a fi n de adecuar los Instrumentos de Gestión a las modi fi caciones que implica la reorganización; Que, mediante Ordenanza Nº 0017-2007 de fecha 16 de marzo del 2007 y publicado en el Diario O fi cial El Peruano en fecha 20 de marzo del 2007 se aprueba la nueva estructura organizacional de la Municipalidad Distrital; Que, conforme lo señala el Dictamen conjunto de las Comisiones de Administración, Presupuesto y Cooperación Técnica y Asuntos Legales el Proyecto de Reglamento de Organización y funciones se ajusta a los lineamientos de política de la actual gestión municipal, tendiente a consolidar una administración moderna, que obtenga mayores niveles de e fi ciencia y e fi cacia sujeta al bienestar de la comunidad y dentro del marco jurídico de los gobiernos locales y al proceso de descentralización; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en los artículos 9º numeral 3) y el Artículo 40°, con el voto UNÁNIME de los miembros del concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores adecuado a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la misma que consta de dos Títulos, dos Capítulos, Cincuenta y seis Artículos, Dos Disposiciones Finales y dos Disposiciones Transitorias que señalan lo siguiente: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES TÍTULO I DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Artículo 1º.- Naturaleza de la Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, es el órgano del gobierno local en la jurisdicción Distrital, entidad básica de la organización territorial del Estado y canal inmediato de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionaliza y gestiona con autonomía los intereses propios de la correspondiente colectividad. La municipalidad es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 2º.- Finalidad de la Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores promueve el desarrollo integral y sostenible, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad; en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y metropolitanos de desarrollo. Artículo 3º.- Objeto de la Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores tiene como objeto la plani fi cación, ejecución, promoción y control, a través de sus organismos y áreas de organización municipal, el conjunto de acciones destinadas a promover el bienestar del ciudadano y el desarrollo integral y armónico de la jurisdicción. Artículo 4º.- Funciones y competencias de la Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores ejerce las funciones y tiene las competencias y atribuciones que se señalan en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con las demás disposiciones legales y normativas que corresponden al sector público en el Perú. Las funciones y competencias que se describen para cada órgano de la organización municipal en la presente Ordenanza no son de carácter limitativo. Las áreas de gobierno, coordinación, técnicas, apoyo y gestión