Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342639

al Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA. f) MORDAZA autenticada del documento o poder publico que faculta expresamente al solicitante o su representante, de ser el caso, a transferir los bienes muebles e inmuebles o valores propuesto, con una fecha de emision no mayor a 30 dias. g) Presentar Declaracion Jurada de responsabilidad por vicios ocultos de los bienes presentados. h) Estado de la deuda emitido y entregado por la Oficina de Rentas a la fecha de recepcion de la solicitud. 2. Para el pago en SERVICIOS.a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) MORDAZA simple del recibo de pago, dentro del ultimo trimestre, de luz, agua o telefono. c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Estado de la deuda emitido y entregado por la Oficina de Rentas a la fecha de recepcion de la solicitud. Articulo 8º.- PROCEDIMIENTO.Presentada la solicitud, la Oficina de RENTAS y la Oficina de Asesoria Juridica verificaran en el acto que el deudor cumpla con las condiciones que senala la presente MORDAZA, y si este califica como apto se registrara la solicitud como recibida, iniciandose el MORDAZA de calificacion. El deudor calificado como apto para el pago en bienes muebles, inmuebles, valores o servicios, tendra el plazo de dos (2) dias habiles para cancelar en efectivo el diez por ciento (10%) del total de la deuda acogida. En caso que el solicitante omita la MORDAZA de alguno de los documentos senalados en el articulo precedente o si estos son presentados con deficiencias que impidan una correcta evaluacion, la Oficina de Rentas requerira al solicitante en el acto, para que en el plazo de dos (2) dias habiles subsane la omision o deficiencia en que ha incurrido. Vencido dicho plazo, sin que MORDAZA subsanado o cancelado, segun lo indicado en el parrafo precedente, se tendra por no presentada la solicitud. Verificado el cumplimiento de las condiciones senaladas en la presente ordenanza, la Oficina de RENTAS remitira la solicitud acompanada de la respectiva documentacion, a la Unidad de Logistica de la Municipalidad a fin que sea evaluada. Articulo 9º.- EVALUACION DE LA SOLICITUD.El Comite de Altas y Bajas o cuando corresponda la Unidad de Logistica evaluara y VALORIZARA los bienes y servicios dentro del plazo de diez (10) dias habiles luego de la recepcion de la solicitud, bajo responsabilidad administrativa del Jefe de Unidad, procediendo posteriormente a aprobar o desaprobar la misma. En la evaluacion se debera considerar si los bienes muebles, inmuebles, valores o servicios ofrecidos se encuentran contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio correspondiente de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, o son necesarios para la misma. De ser el caso, la Unidad mencionada podra solicitar a las Oficinas y Organismos competentes de la Municipalidad, para que dentro del plazo de tres (3) dias habiles improrrogables, emitan opinion respecto a los bienes o servicios ofrecidos, bajo responsabilidad administrativa del funcionario correspondiente, lapso por el cual se suspende el plazo senalado en el primer parrafo. Si vencido el plazo de evaluacion, valorizacion y aprobacion de la solicitud no existiera pronunciamiento, el deudor podra presentar queja ante el Gerente Municipal contra el funcionario responsable de la demora en la evaluacion de su solicitud. Las solicitudes que no fueran aprobadas, seran comunicadas al deudor mediante una Resolucion emitida por la Unidad. En ningun caso correspondera la devolucion de lo pagado conforme a lo establecido en el articulo 4º de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- VALORIZACION.Evaluada la solicitud y estando conforme a las necesidades de la Municipalidad, la Unidad de Logistica

procedera a valorizar los bienes o servicios ofrecidos por el administrado. Para la valorizacion de los bienes muebles o servicios, la Unidad de Logistica tendra como referencia el monto senalado en la solicitud y los valores referenciales que posea. En caso el bien exceda de tres unidades impositivas tributarias le correspondera evaluar el caso al Comite de Altas y Bajas de la Municipalidad. En el caso que el valor de la deuda exceda de trece unidades impositivas tributarias se requiere la aprobacion mediante Acuerdo de Concejo Municipal. En el caso de los bienes inmuebles, para la valorizacion se tendra como referencia el valor establecido por peritos del Cuerpo Tecnico de Tasadores del Peru o el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, previamente remitida en la solicitud. En todos los casos, dichos montos deben ser evaluados conjuntamente con los valores que le otorga el MORDAZA a cada bien mueble o servicio presentado. La valorizacion realizada es inapelable, en todo caso el administrado podra desistirse de su solicitud. De considerarlo necesario para una mejor valorizacion, se podra programar la MORDAZA de los bienes o la visita a los mismos, debiendo levantarse un acta de dicha MORDAZA o visita, la misma que formara parte del acta de valorizacion. Articulo 11º.- APROBACION DE LA SOLICITUD.Efectuada la valorizacion, la Unidad de Logistica notificara al solicitante el monto de la misma, otorgandole un plazo de tres (3) dias habiles para que se apersone a la oficina de dicha Unidad para la firma del acta de valorizacion y de forma previa a la entrega de la Resolucion de aprobacion de su solicitud. Articulo 12º.- ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.Recibida la Resolucion de aprobacion, y en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, el solicitante debera apersonarse a fin de coordinar, suscribir el contrato y poner a disposicion de la Unidad de Logistica, los bienes o servicios materia contenidos en la Resolucion, siguiendo el procedimiento que corresponda a la naturaleza y particularidades de cada uno. Vencido el plazo sin que se MORDAZA cumplido lo dispuesto en el parrafo anterior, se perdera automaticamente el derecho a pagar en bienes muebles, inmuebles, valores o servicios. En este caso, la Unidad mencionada podra otorgar un plazo adicional MORDAZA de cinco (5) dias habiles, de considerarlo conveniente. Articulo 13º.- CUANDO EL VALOR DEL BIEN O SERVICIO SEA MENOR O MAYOR A LA DEUDA.Si el monto de la valorizacion del bien o servicio, es menor a la deuda acogida, la diferencia debera ser cancelada al contado o fraccionadamente, de conformidad con las normas que regulan la materia. Cuando el monto de la valorizacion sea mayor a la deuda acogida, la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA compensara con alguna deuda que posea el contribuyente. Articulo 14º.- INTERESES MORATORIOS DE LA DEUDA.Los intereses moratorios generados por la deuda materia de acogimiento seran calculados hasta la fecha de la MORDAZA de la solicitud, despues de dicha fecha no se aplicaran intereses. En el caso de las solicitudes no aprobadas, el calculo de los intereses se retomara desde la fecha de la MORDAZA de la solicitud. Articulo 15º.- BIENES SUJETOS A INSCRIPCION.En el caso de bienes sujetos a inscripcion en los Registros Publicos o cuya enajenacion se encuentra sujeta al cumplimiento de formalidades, solo se podra otorgar la conformidad luego de la inscripcion de la transferencia en el Registro Publico a favor de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA o con el cumplimiento de las formalidades establecidas en las disposiciones legales correspondientes. Articulo 16º.- DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SERVICIOS.En la ejecucion de los servicios que presten los deudores, estos deberan mantener la confidencialidad de la informacion a la cual tengan acceso durante el periodo del mismo. Asimismo, estaran sujetos a un sistema de supervision y evaluacion permanente por

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.