Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2007 (17/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345501

Autorizan Viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Venezuela, El MORDAZA, EE.UU. y Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2007-MTC MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil designados mediante Informes Nº 0226-2007-MTC/12,

Nº 149-2007-MTC/12.04 y Nº 157-2007-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nº 785-2007-MTC/12.04-SDA, Nº 786-2007MTC/12.04-SDA, Nº 855-2007-MTC/12.04-SDO y Nº 8562007-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 11 de junio al 22 de MORDAZA de 2007, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 149-2007-MTC/12.04, Nº 157-2007MTC/12.04 y Nº 0226-2007-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo integrante de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

ANEXO RELACION DE VIAJES DE INSPECCIONES TECNICAS DE VIGILANCIA DE LOS INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL A EFECTUARSE ENTRE EL 11 DE JUNIO AL 22 DE MORDAZA DE 2007 SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 149-2007-MTC/12.04, Nº 157-2007-MTC/12.04 Y Nº 0226-2007-MTC/12
ORDEN INSPECCION Nº 785-2007-MTC/12.04-SDA 786-2007-MTC/12.04-SDA 855-2007-MTC/12.04-SDO INICIO 11-Jun 13-Jun 11-Jun FIN 15-Jun 15-Jun 17-Jun VIATICOS (US$) INSPECTOR MORDAZA / MORDAZA DETALLE TUUA (US$) US$ 800.00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caracas - Venezuela Inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas US$ 30.25 Cielos del Peru S.A., Lan Peru S.A. y Taca Peru S.A. US$ 400.00 MORDAZA MORDAZA Soares San MORDAZA - El MORDAZA Inspeccion tecnica de la estacion de la empresa Taca Peru US$ 30.25 Yoplack S.A. US$ 1,200.00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miami - USA Bogota y Medellin Inspecciones tecnicas de las estaciones de la empresa US$ 30.25 MORDAZA - Colombia Caracas - Venezuela Cielos del Peru S.A., en las rutas Miami - Bogota - Medellin - Caracas US$ 1,200.00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miami - USA Bogota y Medellin Inspecciones tecnicas de las estaciones de la empresa US$ 30.25 Raygada - Colombia Caracas - Venezuela Cielos del Peru S.A., en las rutas Miami - Bogota - Medellin - Caracas

856-2007-MTC/12.04-SDO

16-Jul

22-Jul

61453-8

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