Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357307 de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia General de Administración, disponer las acciones necesarias para tales efectos. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Del Cumplimiento y Difusión de la presente ordenanza. Encárguese a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Administración y Gerencia General de Relaciones Públicas, el cumplimiento y difusión de la presente ordenanza. Segunda.- Facultades Reglamentarias. Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para disponer la ampliación de los plazos establecidos en la misma. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 129845-1 Exoneran de pago por derecho de uso del Teatro Municipal “Alejandro Granda Relayza” a institución educativa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000053 Callao, 30 de octubre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 30 de octubre de 2007, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, N° 27972, en el artículo 9 inciso 9, establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, en concordancia con el segundo párrafo del artículo 40 del mismo cuerpo normativo que enuncia taxativamente que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos en la Ley; asimismo, en el artículo 82, numeral 11 establece que las municipalidades, en materia de educación, cultura y recreación, son competentes para organizar, y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados, de igual modo el numeral 19 de la misma norma señala que es competencia de las municipalidades promover actividades culturales diversas, lo cual concuerda con el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que señala que el Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión; Que, el 29 de octubre de 2007, el Comité de Padres de Familia de la Promoción 2007, Colegio América, Callao High School, presentó una carta signada con el número de correspondencia N° 20452 en el cual se solicita que se le proporcione las instalaciones del Teatro Municipal del Callao, el día 21 de noviembre de 2007, para realizar una actividad benéfi ca, exonerándose del pago por el uso de las instalaciones;Que, es política de la Municipalidad Provincial del Callao, incentivar el desarrollo de actividades culturales en la provincia, dictando medidas que faciliten el uso del Teatro Municipal del Callao, Alejandro Granda Relayza, siendo necesario establecer facilidades que incentiven la presentación de espectáculos culturales en el Callao, con la presencia de artistas nacionales y extranjeros, asimismo, incentivar que el público del Callao asista a dichos espectáculos fi jando una tarifa de ingreso de acuerdo a sus posibilidades económicas, cuyos fondos serán destinados a una actividad benéfi ca; Que, mediante Memorándum N° 1048-2007- MPC/GGPPR, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que toda actividad de exoneración de ingresos repercute en el fi nanciamiento de compromisos previstos en el año 2007, sin embargo es potestad del Concejo Municipal la exoneración de tasas y otros tributos, excepto impuestos; por consiguiente el Órgano de Gobierno Municipal está facultado para aprobar la solicitud del Colegio America, Callao High School; Que, con Memorándum N° 1177-2007-GGAJC-MPC, emitido por la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, remite el Informe Legal N° 1153-2007-MPC-GGAJC-SGAA, emitido por la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos, el cual señala que el criterio expuesto por dicha subgerencia ha sido el de declarar no ha lugar o la improcedencia de las solicitudes de exoneración formuladas por algunos recurrentes, las mismas que se efectúan de manera individual y para benefi cio personal, toda vez que las mismas que no procedieran por las normas que otorgan estos benefi cios, se expiden para una aplicación de manera general, sin embargo, siendo el presente caso la solicitud del recurrente se efectúa por medio de los padres de familia de una institución educativa, quienes solicitan la exoneración de pago que represente utilizar las instalaciones del Teatro Municipal, a fi n de organizar una labor benéfi ca, actividad que se entiende benefi ciará a otras personas de manera general, es de opinión que con arreglo del marco normativo el Concejo Municipal señale la procedencia o improcedencia de la exoneración solicitada; Que, en la sesión de la fecha, luego del debate, análisis y votación el Concejo Provincial del Callao aprobó, por unanimidad, la solicitud del 29 de octubre de 2007, presentada por el Comité de Padres de Familia de la Promoción 2007 del Colegio America, Callao High School, con el numero de correspondencia N° 20452, solicitando la exoneración de pago para que se le proporcione las instalaciones del Teatro Municipal del Callao, para el día 21 de noviembre de 2007, para realizar una labor benéfi ca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN PARA USO DEL TEATRO MUNICIPAL ALEJANDRO GRANDA RELAYZA AL COMITÉ DE PADRES DE FAMILIA DE LA PROMOCIÓN 2007 DEL COLEGIO AMERICA, CALLAO HIGH SCHOOL, EL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DE 2007, PARA REALIZAR UNA ACTIVIDAD BENÉFICA Artículo 1 º.-Apruébase la exoneración de pago por derecho de uso del Teatro Municipal “Alejandro Granda Relayza” al Comité de Padres de Familia de la Promoción 2007 del Colegio América, Callao High School, proporcionando las instalaciones del Teatro Municipal el día 21 de noviembre de 2007, con la fi nalidad de realizar una actividad benéfi ca. Artículo 2 º.- Encárgase a las Gerencias Generales de Servicios Sociales y Culturales y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 129804-1