Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

regulan su ejecucion. Deben mantenerse en buen estado de conservacion, no encontrarse en la condicion de construccion precaria a efectos de no afectar la integridad fisica de las personas y/o atentar contra el ornato del distrito. En caso de terrenos sin construir se tramitara la licencia con el procedimiento previsto en el MORDAZA y, en el caso de construcciones paralizadas o en estado de abandono se tramitara para su autorizacion, conforme al procedimiento establecido en el MORDAZA, para la obtencion de la licencia de obra para Ampliacion, Remodelacion, Modificacion, Reparacion o puesta en valor. Articulo CERCADO 5º: CASOS DE NECESIDAD DEL

Tercera.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente disposicion. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Jefatura de Obras Privadas y Jefatura de Control MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que les corresponda. Sexta.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase

A. Terreno sin construir El cerco debe ser de ladrillo en soga, confinado con mortero de concreto, con columnas de amarre y una altura minima de 2.30 ml. y no tener MORDAZA de acceso. En caso de lotes en esquina debera contar con el ochavo correspondiente. Deben estar en buen estado de limpieza, libre de residuos organicos y de desmonte a efectos de evitar focos infecciosos que puedan perjudicar la salud de los vecinos del distrito. B. Construccion Paralizada De constatarse que la paralizacion de la construccion se ha prolongado por mas de seis (6) meses, la Municipalidad a traves de la Jefatura de Control MORDAZA ordenara el cercado de dicho predio, que debera efectuarse conforme las especificaciones tecnicas mencionadas en el parrafo anterior, que podra contar con una MORDAZA de acceso de medidas 2.10 ml. de altura X 1.40 ml. de ancho, por motivo de seguridad y/o vigilancia particular. C. Construccion en Estado de Abandono. De constatarse una construccion en estado de abandono, la Municipalidad a traves de la Jefatura de Control MORDAZA ordenara el cercado del predio, conforme las especificaciones tecnicas mencionadas en el parrafo anterior, con la posibilidad de contar con una MORDAZA de acceso con medidas de 2.10 ml. de altura X 1.40 ml. de ancho por motivo de seguridad y/o vigilancia particular. Articulo 6º: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza constituye infraccion que sera sancionada de la siguiente manera:
A. En Terrenos sin construir Sancion (principal) - Por ejercer actividad 100% UIT comercial o dar cualquier uso. Otras sanciones (complementaria) Clausura y tapiado de vano

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 129736-5

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen premios del Primer Sorteo del Programa de Reconocimiento al "Vecino San Juanino Puntual - VSJP"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00010­2007-MDSJM-A San MORDAZA de Miraflores, 31 octubre del 2007 El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto, el Memorandum Nº 963-2007-GM-MDSJM de fecha 31 de octubre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000046-2007MDSJM, de fecha 12 de septiembre de 2007, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de septiembre de 2007, se crea dentro del distrito de San MORDAZA de Miraflores el Programa de Reconocimiento al "Vecino San Juanino Puntual" ­ VSJP, con el objeto de distinguir a todos los vecinos que cumplan puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias; Que, para su mejor desarrollo del Programa de Reconocimiento al "Vecino San Juanino Puntual" ­ VSJP, es necesario dictar una MORDAZA reglamentaria a efectos de con una correcta y eficiente aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2007-MDSJM, de fecha 12 de septiembre de 2007; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20 y en el articulo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETO: Articulo 1º.- DISPONER que los premios que otorgados en el Primer Sorteo del Programa de Reconocimiento al "Vecino San Juanino Puntual - VSJP", de conformidad con el articulo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 000046-2007-MDSJM, de fecha 12 de septiembre de 2007, seran los siguientes: a) 06 Computadoras, con los siguientes componentes: CPU, MORDAZA, TECLADO, MOUSE Y SUPRESOR DE PRICOS. b) 06 Becas integrales de computacion. Articulo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 129538-1

B. En construcciones paralizadas o en estado de abandono - Por no cercar, sin 2% UIT x ml. perjuicio del cercado obligatorio - Por cercar con material 10% UIT no autorizado - Por ejercer actividad comercial o dar cualquier uso 100% UIT

Clausura y tapiado de vano

Articulo 7º: PLAZO PARA LA EJECUCION O ADECUACION. Se otorga un plazo de 45 dias calendarios para que los propietarios de predios que se encuentran inmersos en la presente Ordenanza procedan a ejecutar o adecuar el respectivo cercado con los lineamientos establecidos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En caso que el propietario del predio no cumpla con cercarlos, la Municipalidad procedera a efectuarlos, trasladandole los costos al propietario. La cobranza de los gastos incurridos de ser necesario se realizara por la via coactiva. Segunda.- Modifiquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad aprobado con la Ordenanza Nº 317-MSB en lo que corresponda, para comprender las infracciones y sanciones previstas en la presente Ordenanza.

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