Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

general para toda la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo, a realizarse el dia 15 de diciembre de 2007 en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" ubicado en la urbanizacion MORDAZA MORDAZA del distrito de Carabayllo. Articulo Segundo.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - MORDAZA certificada de la Partida de Nacimiento actualizada de cada contrayente; - Certificado de solteria de ambos contrayentes o MORDAZA certificada de la Partida de Defuncion del conyuge anterior, o MORDAZA certificada de la sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior o el certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso; - Certificado medico de ambos contrayentes; - Certificado domiciliario de ambos contrayentes; - MORDAZA del documento nacional de identidad de ambos contrayentes; - MORDAZA de los documentos de identidad de los testigos; - Pago del derecho respectivo. Articulo Tercero.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa, establecida como requisito previo y que se encuentren aptos para contraer matrimonio; al MORDAZA de la facultad conferida en el articulo 252º del Codigo Civil. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas, SubGerencia de Logistica y Control Patrimonial y a la SubGerencia de Registro Civil. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 130143-1

organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion, contribuyendo al diseno de las politicas y planes de desarrollo social, y de proteccion asi como el apoyo a la poblacion en riesgo. Por otro lado el numeral 3 inciso 3.3. del mencionado articulo de la Ley Nº 27972 senala como funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales el promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad. Que, el Articulo 5º de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer ratificada mediante Resolucion Legislativa Nº 23432, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras de alcanzar la eliminacion de los perjuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Que, el Articulo 6º inciso a) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 26583 establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia, que incluye entre otros el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones esteriotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en concepto de inferioridad y subordinacion. Que, en ocasion de celebrase el mes de noviembre el dia Internacional contra la violencia de la Mujer, tal y como lo prescribe la Resolucion Ministerial Nº 828-2006-MIMDES es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones de prevencion. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal y con la dispensa del Tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA : Articulo Primero.- DECLARAR en el distrito de Chorrillos, el mes de noviembre de cada ano como el mes contra la violencia hacia la mujer. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 130034-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Declaran el mes de noviembre como el mes contra la violencia hacia la mujer
ACUERDO DE CONCEJO N° 025-2007-MDCH Chorrillos, 27 de octubre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de octubre del 2007, y ; CONSIDERANDO : Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades, asimismo el Articulo IV de la misma MORDAZA precisa que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, el Articulo 84º numeral 2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, entre otras, el organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la igualdad de oportunidades, asimismo el

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 394-MSB San MORDAZA, 3 de agosto de 2007. EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Visto, en la XV-2007 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 03.08.2007, el Dictamen Nº 021-2007-MSB-CAL, presentado por la Comision de Asuntos Legales, sobre el Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA ­ ROF. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia.

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