Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (27/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356137 8. Presentar la Planilla Electrónica, a que se refi ere el inciso inciso h) del artículo 1° del Decreto Supremo N° 018-2007-TR. (...)” Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERON REGJO Superintendente Nacional 124958-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EMUSAP ABANCAY S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 064-2007-SUNASS-CD Lima, 22 de octubre de 2007 VISTOS:La Resolución Nº 011-2006-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado, EMUSAP ABANCAY S.A., conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; El Memorándum Nº 184-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EMUSAP ABANCAY S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 011-2006-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2007-2011, conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; Que, mediante Memorándum Nº 099-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EMUSAP ABANCAY S.A. para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 19 de julio de 2007 se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EMUSAP ABANCAY S.A.; Que, mediante Memorándum Nº 184-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EMUSAP ABANCAY S.A. para el próximo quinquenio; Que, conforme al artículo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión para la citada EPS; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 19-2007-SUNASS: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado – EMUSAP ABANCAY S.A. para el próximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer, sujeto al cumplimiento de lo establecido en el artículo 31º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de la fórmula tarifaria y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes. Para constituir dicho fondo, EMUSAP ABANCAY S.A. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del período quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y servicios colaterales señalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSIÓN PeríodoPorcentaje de los Ingresos (1) Año 1 13,4% Año 2 9,2%Año 3 30,7%Año 4 34,4%Año 5 37,0% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fi nes distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3º.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión e incrementos tarifarios de EMUSAP ABANCAY S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la aplicación de las estructuras tarifarias establecida en el Anexo Nº 1 a partir del inicio del siguiente ciclo de lectura, posterior a la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, José Stok Capella, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo ANEXO N° 1 FÓRMULAS TARIFARIAS QUE APLICARÁ EMUSAP ABANCAY DURANTE EL SIGUIENTE QUINQUENIO A. Por el servicio de Agua Potable y Alcantarillado Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) para los primeros cinco años, como sigue: