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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (31/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2007 356364 Aprueban Bases para Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A. y Electro Sur Medio S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 667-2007-OS/CD Lima, 30 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), establece que dentro de los 3 primeros años de su vigencia las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a la establecida en su Artículo 5°, a fi n de cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; Que, en dicho caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor de 5 años, permitiéndose así que las empresas distribuidoras puedan convocar a licitaciones al amparo de la Ley, en forma inmediata y para cubrir la totalidad de la demanda no contratada para usuarios regulados; Que, asimismo, el 2 de setiembre de 2006, con la publicación del Decreto Supremo N° 051-2006-EM, se precisó la aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 101-2007- OS/CD, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 5 de abril de 2007, se aprobó la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832), en adelante “Norma Lineamientos”; Que, en el numeral 4 de la Norma Lineamientos se establecieron los pasos, las responsabilidades, actividades y plazos para el proceso de aprobación de las Bases de la Licitación, los mismos que deben ser cumplidos por todas las Distribuidoras que requieran iniciar un proceso de Licitación al amparo de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, con fecha 25 de julio del presente año, Luz del Sur S.A.A. (en adelante “LUZ DEL SUR”) publicó su intención de iniciar un proceso de licitación pública para la contratación de suministro de potencia y energía; Que, luego de efectuada la publicación, y dentro del plazo señalado, la Empresa de Distribución Eléctrica Cañete S.A. (en adelante “EDECAÑETE”) y la Empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante “ELECTRO SUR MEDIO”), facultadas por el Artículo 4.3 de la Ley, manifestaron su intención de incorporarse al procedimiento; Que, el día 18 de setiembre de 2007 se recibió la carta LE-231/2007 con la Propuesta de Bases de LUZ DEL SUR, que incluyó los requerimientos de los demás participantes, a fi n de convocar a licitación pública. Al respecto, se procedió a analizar el contenido de dicho documento y se emitieron, mediante Ofi cio N° 0861-2007-GART del 15 de octubre, las observaciones a la Propuesta de Bases; Que, mediante cartas LE-251/2007 y LE-252/2007, recibidas el 19 y 26 de octubre de 2007, respectivamente, se presentó la versión modifi cada de la Propuesta de Bases en atención a las observaciones formuladas por OSINERGMIN; como resultado de la revisión de dicho documento se verifi ca que se ha cumplido con subsanar las observaciones presentadas por OSINERGMIN a su propuesta anterior; así como, retirar el requerimiento de garantías para las empresas que no cuenten con activos de generación en el país, de acuerdo a lo solicitado por LUZ DEL SUR. Que, de otro lado, en aplicación de lo señalado en el numeral 3.12 de la Norma Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitación, para cuya determinación se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolución OSINERGMIN N° 168-2007-OS/CD que fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2007 – abril 2008; Que, se han emitido el Informe N° 0364-2007-GART de la Gerencia de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 0363-2007-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2°: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta Lima - SurSan Juan 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Santa Rosa 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000Ñaña 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Huachipa 60 kV 1,0000 1,0000 1,0000Salamanca 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Balnearios 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Chosica 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Callahuanca 10 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Cañete Cantera 220 kV 0,9932 0,9792 0,9977 SE IcaSE Ica 60 kV 1,0160 0,9642 1,0075 SE Ica 10 kV 1,0273 0,9727 1,0164 SE IndependenciaSE Independencia 60 kV 0,9980 0,9557 0,9983 SE Independencia 10 kV 1,0092 0,9642 1,0071 SE Marcona SE Marcona 60 kV 1,0571 0,9784 1,0226 Artículo 2°.- Aprobar las Bases para la Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A. y Electro Sur Medio S.A.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. LUIS GANOZA DE ZAVALA Vicepresidente del Consejo DirectivoEncargado de la Presidencia 126353-2