NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (13/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2007 353156 formulada por el Segundo Juzgado Penal Supraprovincial de la Corte Suprema de Justicia de la República: CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 22 de mayo de 2007, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud - homicidio cali fi cado: alevosía y explosión en agravio de Juan Bardales Rengifo y Otros (Exp. Nº 32-2007); Que, mediante el Informe Nº 073-2007/COE-TC del 11 de junio de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Chile y la República del Perú, suscrito el 5 de noviembre de 1932, aprobado por Resolución Legislativa Nº 8374, del 16 de junio de 1936 y cuya vigencia se dio desde el Canje de Ratifi caciones efectuado en Lima el 15 de julio de 1936; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, formulado por el Segundo Juzgado Penal Supraprovincial de la Corte Suprema de Justicia de la República y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud - homicidio cali fi cado: alevosía y explosión en agravio de Juan Bardales Rengifo y Otros; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Chile, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 107706-6 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban modelo de Convenio de Cooperación entre el MIMDES y los Gobiernos Locales Provinciales para la Transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2007-MIMDES Lima, 12 de setiembre de 2007Vista, la Nota Nº 32-2007-MIMDES/DGD/DPGD, del Director (e) de la Dirección de Políticas de Gestión Descentralizada de la Dirección General de Descentralización del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece como fi nalidad del proceso de descentralización el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles del gobierno, en bene fi cio de la población; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27783, señala que en aplicación de la citada Ley, a partir del Ejercicio Fiscal 2003 se inicia la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversión e infraestructura productiva de alcance regional, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional o Local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, el cual establece en el literal c) del Acápite B. Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, y activos sujeta al cumplimiento de mecanismos de veri fi cación, en lo que corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, la transferencia del Programa Integral de Nutrición a cargo del PRONAA; Que, asimismo, el literal d) del citado Acápite establece la transferencia de los servicios de Wawa Wasis, Centros de Emergencia Mujer, Centros de Desarrollo Integral de la Familia y Programa de Educadores de la Calle que brindan los Programas que conforman la Red de Protección Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES (PNWW, PNCVFS e INABIF); Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 15-2007-PCM/SD de fecha 7 de agosto de 2007, el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización ha aprobado la Directiva Nº 003-2007-PCM/SD “Norma Especí fi ca para la Transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social incluidos en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM”; Que, en el numeral 2 de la citada Directiva se establece como uno de los requisitos que deben cumplir los Gobiernos Locales Provinciales para la transferencia del Programa Integral de Nutrición, los Programas y Servicios de Protección Social, la suscripción de Convenios de Cooperación con el MIMDES, los mismos que deberán suscribirse hasta el 30 de setiembre de 2007; Que, mediante el documento del visto, el Director (e) de la Dirección de Políticas de Gestión Descentralizada de la Dirección General de Descentralización del MIMDES solicita la aprobación del modelo de Convenio de Cooperación a suscribirse entre el MIMDES y los Gobiernos Locales Provinciales, así como la expedición de la Resolución Ministerial que delegue la facultad de suscribir los Convenios de tal naturaleza en los Jefes Zonales del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA; documento que cuenta con el visto bueno de la citada Dirección General; Que, el artículo 15º, literal k) del Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, establece que es atribución del Despacho Ministerial el aprobar y suscribir convenios nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia e impulsar su cumplimiento; Que, el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros pueden delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su condición de Ministros de Estado; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Modelo de “Convenio de Cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y los Gobiernos Locales Provinciales para la Transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del MIMDES”, así como delegar la facultad de suscribir los Convenios de Cooperación antes señalados, en representación del Ministerio de la Mujer