Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

369839

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del Presidente, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 3 al 8 de MORDAZA, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, a fin de que participe en la reunion mencionada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje Viaticos Tarifa Unica de Aeropuerto TOTAL US$ 695,97 US$ 1 540,00 US$ 30,25 ------------------US$ 2 266,22

b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 182886-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Julcan
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 116-2008-CG MORDAZA, 31 de marzo de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 049-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Julcan, La MORDAZA, por el periodo Enero 2003 ­ Diciembre 2005, considerando hechos anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de Julcan, con la finalidad de determinar si los recursos municipales se utilizaron de acuerdo a la normativa aplicable y para verificar presuntas irregularidades denunciadas; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que en la ejecucion de la obra `Techado y Terminacion de 04 Aulas del Colegio Tecnico San MORDAZA Bautista', efectuada bajo la modalidad de Administracion Directa, no se cumplieron con las especificaciones tecnicas previamente establecidas, ademas de haberse adquirido y colocado puertas y ventanas de dimensiones distintas a las que requeria la edificacion; adicionalmente, se abono al contratista por trabajos deficientes y no desarrollados, sin exigirle el pago de la penalidad por el retraso en la ejecucion de la citada obra; hechos que han generado un perjuicio economico a la entidad ascendente a S/. 9 748,48, el cual debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, si en la ejecucion directa de una accion de control se encuentra dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que, en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 182066-1

Indice de reajuste diario a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de MORDAZA
CIRCULAR Nº 016-2008-BCRP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2008 El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de MORDAZA es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 INDICE 6,63032 6,63261 6,63490 6,63720 6,63949 6,64178 6,64408 6,64637 6,64867 6,65097 6,65327 6,65557 6,65787 6,66017 6,66247 6,66477 6,66707 6,66938 6,67168 6,67399 6,67629 6,67860 6,68091 6,68322 6,68553 6,68784 6,69015 6,69246 6,69477 6,69708

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.

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