Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Admiten a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 081-2008-CONAFU MORDAZA, 17 de marzo del 2008 VISTOS; el Oficio Nº 1-2007 presentado en fecha 11 de octubre del 2007, el Oficio Nº 219-2007-CONAFU-CDAA de fecha 29 de noviembre del 2007, el Informe Legal Nº 062-2008-CONAFU-CJ de fecha 12 de febrero del 2008, y el Acuerdo Nº 069-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 4 de marzo del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 10 inc. "t" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA del 2006, Son atribuciones del Pleno del CONAFU: Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno; Que, por Resolucion N° 003-2008 que modifica el articulo 30 del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, se establece que: La Comision de Calificacion es un organo integrado por dos Docentes con categoria minima de asociados, y Presidida por un Consejero del CONAFU; esta se conformara para cada proyecto bajo evaluacion del CONAFU, cuando sea necesario uno de los integrantes podra ser un profesional no docente, tienen derecho a percibir viaticos, honorarios profesionales y movilidad..."; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14 del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, con la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional, el administrado debera presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional..."; Que, el articulo 21º del texto normativo MORDAZA referido, regula: "el procedimiento se establece con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para evaluacion de admision a tramite de la solicitud... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Asuntos Academicos y la parte b) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las

normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad; Que, de conformidad con el articulo 22 de la referida MORDAZA, con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite; Que, con Oficio Nº 1-2007 presentado en fecha 11 de Octubre del 2007, la Representante de la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C." presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, con la documentacion correspondiente para su evaluacion; Que, por Oficio Nº 219-2007-CONAFU-CDAA de fecha 29 de Noviembre del 2007, el Consejero de Asuntos Academicos opina que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud se encuentra conforme a lo senalado y exigido en la reglamentacion pertinente, establecida por el CONAFU, debiendo admitirse a tramite el referido proyecto; Que, con Informe Legal Nº 391-2007-CONAFU-CJ de fecha 18 de Diciembre del 2007, la Comision Juridica informa que la Promotora del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud ha presentado la Carta de Compromiso, sin embargo la ha presentado en el formato correspondiente a la Parte "A" del PDI y no al compromiso que se requiere en la Parte "B" del mismo, que es para brindar las facilidades e informacion aclaratoria que se requiera con motivo del procedimiento de evaluacion del expediente, por lo opina se declare inadmisible la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentado; Que, por Resolucion N° 040-2008-CONAFU de fecha 30 de Enero del 2008, la Representante de la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C." presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, subasana la observacion advertida en la Parte B del Proyecto de Universidad; Que, con Oficio Nº 016-2008 presentado en fecha 18 de Febrero del 2008, la Representante de la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C." presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, con la documentacion correspondiente para su evaluacion; Que, por Informe Legal Nº 062-2008-CONAFU-CJ de fecha 12 de Febrero del 2008, la Comision Juridica opina porque se admita a tramite la solicitud presentada por la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C." ; Que, con fecha 25 de Febrero del 2008, se llevo a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, con los miembros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con el articulo 22° de la Resolucion N° 1962004-CONAFU; Que, el Pleno del CONAFU en su sesion de fecha 4 de Marzo del 2008, por Acuerdo Nº 069-2008-CONAFU admite a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, presentado por la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C."; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Ciencias de la Salud, presentado por la Promotora "Lilia MORDAZA Molero e Hijos S.A.C.". Articulo Segundo.- CONFORMAR la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Ciencias de la Salud, la cual estara integrada por:

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