Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

2. Consorcio MORDAZA S.A.C., ubicado en MORDAZA Chepa MORDAZA Nº 703, distrito de La Union, provincia y departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 182213-1

incumplimiento injustificado de contrato, infraccion tipificada en el literal a) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM. MORDAZA, 31 de marzo de 2008 Visto, en sesion de fecha 27 de marzo de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente N° 836/2005.TC sobre la aplicacion de sancion a la empresa Impresiones & Formas S.A.C., por su supuesta responsabilidad en el incumplimiento injustificado de sus obligaciones surgidas de la Orden de Servicios Nº 001782 derivada de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 796-2004-S-CEP-GG/ PJ-1, convocado por el Poder Judicial, para la confeccion de folder de carton para legajos de personal; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 20 de MORDAZA de 2004, el Poder Judicial, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 796-2004-S-CEP-GG/PJ-1, para la confeccion de folder de carton para legajos de personal, por un valor referencial ascendente a S/. 9,750.00 nuevos soles. 2. El 22 de MORDAZA de 2004, se llevo a cabo la apertura de sobres y, luego de la evaluacion tecnica y economica de las propuestas presentadas, se otorgo la Buena Pro a la empresa IMPRESIONES & FORMAS S.A.C., en adelante el Contratista. 3. Con fecha 26 de MORDAZA de 2004, se expidio la Orden de Servicios Nº 001782 a nombre del contratista para la confeccion de 5,000 legajos de personal, en carton duplex, calibre 16, impreso en tira y retira, interior 10 cartulinas bristol, MORDAZA en 180 gramos, impresion color negro, lomo reforzado, segun muestra. Conforme se verifico de la Orden de Servicios Nº 001782, el Contratista se obligo y comprometio a hacer entrega de los legajos de personal dentro del MORDAZA dia util, esto es, entre 26 de MORDAZA de 2004 y el 04 de agosto de 2004. 4. Mediante Carta Notarial Nº 690-2004-SL-GAF-GG-PJ de fecha de fecha 07 de octubre de 2004 (remitida al domicilio del Contratista y recepcionada el 12 de octubre de 2004), la Entidad requirio el cumplimiento del contrato y otorgo un plazo de dos (02) dias al Contratista para que procediera a entregar la mercaderia detallada en la Orden Nº 001782. 5. Mediante carta s/n de fecha 13 de octubre de 2004, el Contratista solicito a la Entidad un plazo de siete (07) dias para que pudiera cumplir con la Orden. 6. Con Carta Nº 709-2004-SL-GAF-GG-PJ de fecha 15 de octubre de 2004, diligenciada por conducto notarial, la Entidad concedio el plazo de siete (07) dias al Contratista para que cumpliera con su obligacion. 7. Mediante Carta Nº 738-2004-SL-GAF-GG-PJ de fecha 25 de octubre de 2004, la Entidad resolvio de pleno derecho la relacion contractual que se origino por la Orden de Servicio Nº 001782. 8. Mediante Memorandum Nº 1768-2004-OAL-GG-PJ de fecha 16 de diciembre de 2004, el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Entidad senalo que no correspondia iniciar procedimiento administrativo sancionador, ya que no se cumplio con la formalidad que estableciera el articulo 144 del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 9. En este sentido, la Entidad envio, por via notarial, la Carta Nº 370-2005-SL-GAF-GG-PJ de fecha 11 de MORDAZA de 2005, donde se concedio al Contratista dos (02) dias para que cumpliera con sus obligaciones contractuales, reiterandose dicho pedido mediante Carta Notarial Nº 420-2005-SL-GAFGG-PJ de fecha 21 de MORDAZA de 2005. No habiendo cumplido el Contratista con sus obligaciones, la Entidad resolvio la relacion contractual mediante Carta Notarial Nº 554-2005SL-GAF-GG-PJ de fecha 30 de MORDAZA de 2005. 10. El 01 de MORDAZA de 2005, mediante Escrito Nº 01, la Entidad puso en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Contratista habia incumplido con sus obligaciones surgidas de la Orden de Servicios Nº 001782

Autorizan a la MORDAZA Municipal de MORDAZA la apertura de oficina en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION SBS Nº 686-2008 MORDAZA, 19 de marzo de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. (en adelante MORDAZA Municipal de Piura) para que se le autorice la apertura de una agencia en la provincia constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B" mediante el Informe Nº 092-2008-DEM"B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CM-0334-2005, y en virtud de las facultades delegadas por las Resoluciones SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de MORDAZA la apertura de una oficina en modalidad de agencia ubicada en el Local Nº 166, MORDAZA 02 pabellon 01, MORDAZA Comercial MORDAZA, Av. MORDAZA Nº 3093, provincia constitucional del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 182189-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a Impresiones & Formas S.A.C. con suspension en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 888-2008-TC-S3 Sumilla: Corresponde sancionar a la empresa Impresiones & Formas S.A.C., por el

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