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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2008 377277 En este sentido, las características de construcción como altura de edifi cación, áreas libres, retiro, estacionamientos, entre otras, deberán cumplir con los parámetros normativos correspondientes. Se localizará, de preferencia, en zonas urbanas residenciales y alejado de zonas de contaminación y ruidos molestos como basurales, desagües abiertos, cementerios, cuarteles militares, aeropuertos, grifos de expendio de combustible, casinos, salones de baile y en general en locales cuyo funcionamiento atente contra las actividades académicas, físicas del alumnado o su moral. El local deberá ser de uso exclusivo, y de no ser así, sólo podrá compartirse con otra institución educativa de nivel secundario o superior, exceptuando el nivel inicial y primaria, siempre que se garantice un adecuado aislamiento y uso de los ambientes, y cada entidad funcione en un turno diferente, sin interferencias de horarios en las respectivas actividades académicas. Sólo en el caso de compartir con una institución educativa del nivel secundario o superior, será materia de evaluación. No se aceptará la ubicación de dos ó más Institutos Superiores Tecnológicos en un mismo local, compartiendo ambientes o equipamiento, toda vez que la real capacidad de infraestructura, equipamiento y mobiliario de cada uno no podría ser evaluada. De ninguna manera se permitirá compartir el local con actividades como la residencial, comercial, ofi cinas u otras que impidan el normal desarrollo de las actividades académicas. Esta referencia implica también las áreas de circulación o accesos, como lo son pasajes y escaleras. En consecuencia, el local institucional deberá garantizar su independencia absoluta de otros locales, los cuales en el caso de darse, deben tener acceso independiente desde la calle, y no desde el interior del local. 2. AMBIENTES El Instituto debe tener un mínimo de ambientes para su adecuado funcionamiento, cuya relación es la siguiente: - Aulas; las necesarias para cubrir las metas solicitadas y aprobadas anualmente. El local debe contar con 3 aulas como mínimo por cada carrera. - Laboratorios, talleres, u otros ambientes requeridos de acuerdo al tipo de carrera. - 1 dirección.- 1 secretaría.- 1 sala de docentes.- 1 ofi cina de atención al alumno.- 1 biblioteca.- Servicios Higiénicos para alumnos.- Servicios Higiénicos para alumnas.- Servicios Higiénicos para docentes y personal administrativo. - 1 depósito general. Este ambiente puede ser independiente o adjunto a otro (ej.: a un taller). - 1 tópico (El cual deberá contar con una camilla y un botiquín de primeros auxilios como mínimo). - Área de recreación o patio. Todos los ambientes deben estar rodeados de cerramientos (muros ó tabiques con aislamiento acústico técnicamente efectuado, puerta y ventana), de tal manera que nunca se utilicen como circulación para acceder a otros ambientes. Un ambiente no puede ser utilizado para dos o más funciones. La biblioteca deberá contar obligatoriamente con un depósito de libros y una sala de lectura. En la sala de lectura se deberá tener el mobiliario adecuado, como mesas o módulos de lectura. La sala de lectura deberá tener capacidad para atender como mínimo al 10% del alumnado, considerándose un índice de ocupación de 1 m2. por alumno. El área de recreación o patio no deberá ser techada y su ubicación será siempre en el primer nivel. Deberá servir como área de descanso y concentración de los alumnos durante los cambios de clases y turnos, así como de seguridad para posibles situaciones de emergencia. Esto evitará que los alumnos utilicen ambientes, pasadizos, escaleras o la propia calle para dichas actividades. Su superfi cie nunca será menor al 30% del área del terreno. En los pisos superiores se pueden utilizar balcones, terrazas y azoteas como zonas de estar, pero son áreas adicionales que no reemplazan el área mínima de recreación o patio, sin techar del primer nivel.3. ACCESOS El acceso al local debe ser directo e independiente y contará, de ser el caso, con ingresos diferenciados para peatones y vehículos. En el caso que el acceso sea indirecto, por ejemplo mediante un pasaje sólo será permitido si las dimensiones son adecuadas (ver rubro de circulaciones y escaleras) y no sea común al ingreso común de otro local o locales. Si el primer piso del local tiene desniveles, debe preverse la implementación de rampas para el acceso de personas en silla de ruedas. 4. CIRCULACIONES Se deben contar con espacios de circulación horizontal que comuniquen y articulen a los diferentes ambientes, evitando el hacinamiento y que sirvan como circulación. Dichos espacios permanecerán siempre libres de obstáculos para la evacuación fl uida y constante. Los pasadizos de circulación que sirvan a ambientes educativos (aulas, laboratorios, talleres, etc.) deberán tener un ancho mínimo de 1.50 m. Esta dimensión se incrementará si es que el pasadizo sirve a más de 03 ambientes educativos. Por cada 02 ambientes educativos adicionales a servir, el ancho aumentará en 0.30 m, según la siguiente tabla: Nº DE AMBIENTES ANCHO 1 a 3 1.50 m 4 a 5 1.80 m 6 ó más 2.10 m En caso de circulaciones externas en pisos superiores, los parapetos deberán contar con un alto mínimo de 0.90 m 5. ESCALERAS Para la circulación vertical, las escaleras tendrán un ancho mínimo de 1.50 m. La longitud del tramo deberá tener como máximo 16 contrapasos y el descanso (obligatorio) tendrá un ancho mínimo igual al de la escalera. La dimensión del paso (ancho del peldaño) puede variar entre 0.29 m y 0.30 m. No se permitirán escaleras en caracol, abanico o similares que debido a sus características cuenten con pasos de dimensiones diferentes, menores al mínimo establecido. La dimensión del contrapaso (altura del peldaño) puede variar entre 0.16m y 0.17m. Según el número de aulas a servir y la cantidad de escaleras, se respetará la siguiente tabla: Nº DE AMB. EDUCATIVOSANCHO Nº ESCALERAS 1 a 4 1.50m 1 5 1.65m 16 1.80 1 7 a 8 1.50 2 9 1.65m 2 10 1.80m 2 11 a 12 1.50m 3 13 1.65m 314 1.80m 3 La puerta del aula más alejada no deberá estar a más de 25 m de la escalera, en cuyo caso se deberá contar con una escalera adicional. La escalera de servicio podrá tener un ancho mínimo de 0.80 m Todas las escaleras deberán contar con parapetos o barandas con un alto mínimo de 0.90 m 6. VENTILACIÓN Todos los ambientes, especialmente los educativos (aulas, laboratorios y talleres), deberán contar con ventilación natural, de preferencia alta y cruzada. Podrá darse mediante ventanas, claraboyas, teatinas u otro sistema similar, siempre con vista a áreas sin techar. Descargado desde www.elperuano.com.pe