Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2008 (24/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de agosto de 2008

Asimismo, deberan informar en el plazo de dos dias calendario de efectuada la Inspeccion Tecnica, respecto de los vehiculos que han presentado observaciones muy graves y, en el plazo de dos dias calendario de cumplido el plazo establecido para subsanar las observaciones, tratandose de observaciones graves. 26.2 El Ministerio, a partir de la informacion remitida por los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV evaluara y determinara los vehiculos que, debiendo subsanar observaciones graves y muy graves, no han cumplido dicha obligacion. La relacion de vehiculos comprendidos en los supuestos MORDAZA descritos sera informada por el Ministerio a la Policia Nacional de Peru para que, de encontrar el vehiculo transitando, ordene la captura e internamiento del mismo en el Deposito Oficial correspondiente. TITULO II CENTROS DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR CAPITULO I AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR - CITV Articulo 27º.Vehicular - CITV Centro de Inspeccion Tecnica

29.3 Los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijos deberan estar disenados para tener lineas de inspeccion MORDAZA Menor, Liviana o Pesada, en funcion a las necesidades del MORDAZA automotor de cada localidad en que MORDAZA autorizados y su area de influencia. Articulo 30º.- Condiciones para acceder a una autorizacion como Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Para acceder a una autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, la persona natural o juridica solicitante, debe cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el presente Reglamento, los mismos que estan referidos a: a. Condiciones generales b. Recursos humanos c. Sistema informatico y de comunicaciones d. Equipamiento e. Infraestructura inmobiliaria

27.1 Los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular CITV realizaran, a dedicacion exclusiva, las Inspecciones Tecnicas Vehiculares, debiendo para tal efecto contar con lineas de inspeccion adecuadamente disenadas para la revision de los vehiculos sujetos a inspeccion. 27.2 Los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular CITV deben garantizar la continuidad del servicio. 27.3 Las personas naturales o juridicas pueden operar uno o mas Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular CITV, para cuyo efecto deberan obtener la autorizacion de funcionamiento en forma independiente para cada uno de ellos, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento. Articulo 28º.- Tipos de Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular- CITV 28.1 Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo: Establecimiento autorizado por la DGTT y conducido por una persona natural o juridica destinado a la prestacion del servicio de Inspeccion Tecnica Vehicular, para lo cual utilizara una infraestructura inmobiliaria en la que se instalara el equipamiento requerido por el presente Reglamento. 28.2 Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil: Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspeccion Tecnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se MORDAZA autorizado la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo. Estos Centros estaran a cargo de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Fijo. Articulo Vehicular 29º.Linea de Inspeccion Tecnica

Articulo 31º.- Condiciones generales para acceder a una autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Personeria natural o juridica de derecho publico o privado, nacional o extranjera. En este ultimo caso, la persona juridica extranjera debera tener constituida en el Peru una filial o sucursal. 31.1 Contar con capacidad tecnica y economica de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento para verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos que circulan en el SNTT. 31.2 Contar con una pagina web mediante la cual se brinde informacion a los usuarios sobre el Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV autorizado, su ubicacion, tarifas, numero de lineas de inspeccion, personal tecnico con el que operan, horario de atencion y otros aspectos relevantes relacionados a su actividad. Este requisito debera ser acreditado al inicio de sus operaciones. Articulo 32º.- Recursos Humanos. El Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular- CITV debera contar con el siguiente personal: 32.1 Un (01) ingeniero automotriz, mecanico o mecanico-electricista colegiado y habilitado para realizar las labores de Ingeniero Supervisor (titular y suplente) por cada Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular- CITV , que cuente con experiencia no menor de cinco (5) anos en actividades vinculadas al ramo automotriz. El Ingeniero Supervisor tendra a su cargo la supervision del MORDAZA de verificacion documentaria, inspeccion visual y mecanica de los vehiculos. 32.2 Cuando en un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular- CITV funcionen mas de dos (02) lineas de inspeccion, se debera acreditar por lo menos dos (02) ingenieros automotrices, mecanicos o mecanicoelectricistas con las mismas condiciones senaladas en el numeral anterior. 32.3 Tres (03) ingenieros automotrices, mecanicos y/o mecanicos-electricistas, o afines y/o tecnicos en mecanica automotriz por cada Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular para realizar las labores de verificacion documentaria, inspeccion visual y mecanica de los vehiculos. Dichos inspectores deberan contar con una experiencia no menor a tres (03) anos en mecanica automotriz. 32.4 Personal administrativo que permita la adecuada operacion del Centro de Inspeccion Tecnica VehicularCITV, atencion de los usuarios, manejo de los registros de vehiculos inspeccionados, seguridad, etc. Articulo 33º.Sistema Informatico y de Comunicaciones El Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular- CITV debera contar con el siguiente sistema informatico y de comunicaciones: 33.1 Esta constituido por los programas (software) y equipamiento (hardware) de computo con el que debera contar cada Centro de Inspeccion Tecnica VehicularCITV, interconectado en linea y en tiempo real con las Entidades Supervisoras y el Ministerio, a fin de permitir que el sistema de inspecciones tecnicas vehiculares funcione

29.1 Una Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular es la secuencia de equipos, instrumentos y puestos de revision visual que se emplean en la inspeccion tecnica de los vehiculos. 29.2 Segun la clase de vehiculos a inspeccionar se clasifican en: a. Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Menor: Linea de inspeccion destinada a la revision de vehiculos menores, tales como motocicletas, trimotos, mototaxis, motofurgones, etc. b. Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Liviano: Linea de inspeccion destinada a la revision de vehiculos livianos, tales como automoviles MORDAZA, station wagon, camionetas, remolques, etc., con un peso neto MORDAZA de hasta 3,500 kg. c. Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Pesado: Linea de inspeccion destinada a la revision de vehiculos pesados, tales como omnibus, camiones, remolcadores, remolques y semirremolques, con un peso neto superior a los 3,500 kg. d. Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Mixta: Linea de inspeccion destinada a la revision simultanea de vehiculos livianos y pesados.

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