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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de agosto de 2008 378619 Código Infracción Cali fi cación Sanción IT20 Emitir duplicados de Certi fi cados de Inspección Técnica Vehicular o de las calcomaníasGrave Multa de 2 UIT IT21 Emitir Certi fi cados de Inspección Técnica Vehicular respecto de los vehículos que no hayan aprobado la Inspección Técnica VehicularMuy Grave Cancelación de la autorización e Inhabilitación Defi nitiva para obtener nueva autorización. IT22 Vender, alquilar o prestar repuestos a los vehículos que se presenten para la inspección técnica vehicularMuy Grave Cancelación de la autorización e Inhabilitación temporal por el plazo dos años para obtener nueva autorización IT23 Realizar la inspección técnica vehicular, fuera de las instalaciones del Centro de Inspección Técnica Vehicular. Muy Grave Cancelación de la autorización e Inhabilitación temporal por el plazo de dos años para obtener nueva autorización 242674-9 Autorizan viaje del Presidente del Directorio de ENAPU S.A. a Ecuador para participar en la Primera Conferencia de Operadores de Terminales Portuarios en América Latina RESOLUCIÓN SUPREMA N° 108-2008-MTC Lima, 23 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante correo electrónico de fecha 11 de julio de 2008, el Director de TOC Events Worldwide, invitó al señor Mario Arbulú Miranda – Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A., a participar como expositor de la Primera Conferencia de Operadores de Terminales Portuarios en América Latina (Terminal Operators Conference -TOC), que tendrá lugar en la ciudad de Guayaquil - Ecuador, los días 16 y 17 de setiembre de 2008; Que, la citada conferencia es organizada por el Grupo Informa (Lloyds) de Londres, líder en este tipo de eventos en el mundo y estará dedicada a América Latina, concretamente a la Costa Pacífi co, en razón del rápido crecimiento del comercio por vía marítima en la Costa Oeste de Sudamérica (WCSA). En tal sentido, la Conferencia abordará diversos temas sobre la situación actual de la Costa Oeste de Sudamérica, sus perspectivas de desarrollo en los próximos años, así como el desarrollo de los corredores intermodales más efi caces e infraestructura logística; Que, en la mencionada Conferencia se encontrarán los más altos ejecutivos de las líneas navieras globales, así como de los operadores portuarios a nivel mundial, por tanto, es importante dar a conocer el objetivo de posicionar al Puerto del Callao como “Puerto Hub” de la Costa Oeste de Sudamérica; Que, dada la importancia de los temas que se tratarán en la Conferencia, el interés de lograr la modernización integral del Puerto del Callao y siendo uno de los objetivos del Plan Operativo de ENAPU S.A. para el año 2008: “Apoyar al desarrollo del comercio exterior nacional a través de la efi ciencia de las operaciones portuarias”, resulta conveniente aceptar la invitación antes mencionada; Que, asimismo, de acuerdo al formato de la Conferencia, el 18 de setiembre de 2008 se llevará a cabo la visita al Puerto de Manta atendiendo a la invitación de la empresa Hutchinson Port Holdings, Terminales Internacionales del Ecuador, Concesionario de dicho Terminal Portuario; Que, mediante Acuerdo Nº 80/07/2008/D adoptado en la sesión de fecha 15 de julio de 2008, el Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. autorizó el viaje de de su Presidente del Directorio, el señor Mario Arbulú Miranda, a la ciudad de Guayaquil - Ecuador, con la fi nalidad de que asista -en representación de la empresa y en calidad de expositor- a la Primera Conferencia de Operadores de Terminales Portuarios en América Latina (Terminal Operators Conference -TOC) y atienda la invitación de la empresa Hutchinson Port Holdings para visitar el Puerto de Manta – Ecuador; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por ENAPU S.A., con cargo a su presupuesto. En tal sentido, mediante Memorando N° 522-2008-ENAPU S.A./OPP de fecha 24 de julio de 2008, el Jefe de Planeamiento y Proyectos de ENAPU S.A. ha señalado que el gasto correspondiente al viaje del Presidente del Directorio a Guayaquil - Ecuador, cuenta con partida presupuestal por el monto total requerido; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley Nº 28927, Ley Nº 29142, Ley Nº 28411, Decreto Supremo N° 047-2002- PCM y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio N° 003-2005/018-FONAFE y sus modifi catorias, y estando a lo informado por la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A.; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor MARIO ARBULÚ MIRANDA, Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A., a la ciudad de Guayaquil - Ecuador, del 15 al 17 de setiembre de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo a los recursos propios de la Empresa Nacional de Puertos S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US $ 575.33 Viáticos US $ 600.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US $ 30.25 Artículo 3°.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido Presidente del Directorio deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Presidente del Directorio deberá presentar ante ENAPU S.A. un informe detallando las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5°.- El cumplimiento de la presente Resolución no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 242742-6Descargado desde www.elperuano.com.pe