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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de enero de 2008 363600 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían plazo, conferido mediante la Res. Adm. N° 057-2007-P-CSJLI-PJ, referido a remisión de estadística mensual e inventario de expedientes a cargo de órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 009-2008-P-CSJLI-PJ Lima, ocho de enero del dos mil ocho.- EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA. VISTO:La Resolución Administrativa Nº 057-2007-P-CSJLI-PJ, publicada el 26 de enero del 2007 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y CONSIDERANDO: Que, mediante los Artículos Primero y Segundo de la aludida resolución se dispuso que los órganos jurisdiccionales cumplan con remitir la información estadística así como el inventario y depuración de expedientes, al Área de Desarrollo de la Presidencia dentro de los cinco días útiles posteriores. Que, la Huelga de los Trabajadores del Poder Judicial ha impedido el normal desarrollo de las funciones jurisdiccionales, conforme es de público conocimiento, viéndose limitada por esta razón el cumplimento del plazo dispuesto en los artículos precedentes, por lo que resulta necesario ampliarse el mismo a fi n de que los órganos jurisdiccionales cumplan con lo dispuesto en la Resolución Administrativa materia de la presente resolución. Que, en tal virtud, deberá ampliarse el plazo antes señalado, el que se computarizará a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución hasta el 25 de enero del presente año. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER la ampliación del plazo conferido en los Artículos Primero y Segundo de la Resolución Administrativa Nº 057-2007-P-CSJLI-PJ, el que se computarizará a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” hasta el 25 de enero del 2008, debiendo los órganos jurisdiccionales cumplir con remitir la estadística mensual y el Inventario de expedientes al Área de Desarrollo de la Presidencia, dentro del plazo señalado, bajo responsabilidad del Magistrado. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Concejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y Área de Desarrollo de la Presidencia. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.CESAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 149982-1Disponen el desarrollo de actividades para el Informe de Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 010-2008-P-CSJLI/PJ Lima, ocho de enero del dos mil ochoVISTO:La Resolución Administrativa Nº 318-2002-P-CSJL- PJ, de fecha diecinueve de setiembre del 2002; y, CONSIDERANDO:Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, lograr el mejoramiento del servicio de la administración de justicia en sus distintos niveles, tanto en el área jurisdiccional como administrativa; Que, es necesario para la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, normar la formulación, ejecución, control y evaluación del Plan Operativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, el mismo que constituye el instrumento de planeamiento y gestión, describiendo en forma desagregada, para cada una de las dependencias orgánicas que conforman esta Corte Superior de Justicia, los Objetivos, Indicadores de Gestión y Metas - Jurisdiccionales y Administrativas- por alcanzar en el año, permitiendo consolidar el requerimiento presupuestal del Distrito Judicial de Lima y coadyuvando a la toma de decisiones oportunas para el efectivo logro de los objetivos y metas de la Corte Superior de Justicia de Lima. Encontrándose encargada de la verifi cación del referido plan, que se viabilizará del 3 de enero hasta el 31 de diciembre del año en curso, el Área de Desarrollo de la Presidencia; Que, para la consecución de lo expuesto, es necesario el cumplimiento obligatorio de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos para que proporcionen mensualmente la correspondiente información; Que, el levantamiento de la información para la elaboración de la Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima, se consignará en los formatos respectivos, debiendo efectuarse de manera ordenada, coherente y coordinada, de tal modo que dicha información sea clara y precisa, permitiendo el manejo fácil por parte de los responsables de elaborar y remitir mensualmente el indicado informe. Para el mejor logro de lo antes señalado, la coordinación se hará directamente con los señores Magistrados y con los jefes de las diferentes áreas administrativas, los cuales estructurarán la información pertinente, lo que revertirá en que la obtención de datos de Gestión pertinente, lo que revertirá en que la obtención de datos de Gestión Jurisdiccional y Administrativa sea altamente confi able; por tanto, la información de Gestión tendrá carácter de Declaración Jurada, con todas las responsabilidades que ello implica; Que, para el control de las actividades en el Informe de Gestión y obtención del Plan Operativo, el Área de Desarrollo de la Presidencia, establecerá un rol de visitas prefi jadas e inopinadas, para detectar y evaluar defi ciencias técnicas en el relevamiento, dictando coordinadamente con los Magistrados, las medidas correctivas del caso; Que, siendo las actividades de planeamiento y gestión un medio idóneo para la toma de decisiones oportunas, que permitan el logro de los objetivos y metas de la Corte Superior de Justicia de Lima, es de vital importancia que el Área de Desarrollo de la Presidencia cuente con el apoyo necesario, tanto logístico como económico, para el cabal cumplimiento de los objetivos trazados, apoyo que deberá ser brindado por el Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, asimismo se establece que el Informe de Gestión y obtención del Plan Operativo, a cargo del Área de Desarrollo de la Presidencia, será difundido dentro de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitiéndose la correspondiente evaluación mensual a la Presidencia de la Corte, a efecto que sirva de instrumento en la oportuna toma de decisiones, conservándose copia del informe de evaluación con la respectiva documentación sustentatoria,