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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2008 363739 se procederá a juramentar al Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad de La Victoria. TÍTULO V DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Comité Electoral. Se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades en lo que fuere pertinente. Segunda.- La Cédula de Sufragio será elaborada, conteniendo el número de todos los Candidatos que se hayan inscrito en su respectivo segmento electoral. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 149824-1 Convocan a elecciones de representantes de las Organizaciones de Base de la Sociedad Civil correspondiente al período 2008 - 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2008-MDLV La Victoria, 4 de enero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: Los Informes N° 365-SGPV/GDS-2007 y N° 729-07-GAJ/MDLV emitidos por la Sub Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente; respecto a la convocatoria a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 111° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Que, el Artículo 102º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital de La Victoria, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada; Que, habiendo culminado el período para el cual fueron elegidos los representantes correspondientes a los años 2005-2007, se hace necesario convocar el proceso electoral para elegir a los nuevos representantes correspondientes al período 2008-2009, en el distrito de La Victoria; Que, mediante el Informe señalado en el Visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta conveniente la emisión del Decreto de Alcaldía que disponga la convocatoria a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, para el período enero 2008 a diciembre 2009 teniendo en cuenta que las organizaciones que participan se deberán ceñir a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 035- 07/MDLV;Que, de conformidad con el artículo 22º de la precitada Ordenanza la convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, la realizará el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a las facultades establecidas en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR A ELECCIONES, de los cinco (5) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil correspondiente al período 2008 al 2009, a llevarse a cabo el 25 de enero del 2008, a partir de las 9:00 a.m. hasta las 13:00 p.m., en el local de Bienestar Social de la Municipalidad Distrital de La Victoria, ubicado en Sebastián Barranca Nº 290 – La Victoria. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital de La Victoria, el mismo que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar y autorizar a la Sub Gerencia de Participación Vecinal la apertura, mantenimiento y actualización del Libro Registro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil, como instrumento público no constitutivo de personería jurídica. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Participación Vecinal y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Comunicación Social, adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en lo que a cada una les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde ANEXO CRONOGRAMA PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ACTIVIDADES CRONOGRAMA Inscripción organizaciones en el “Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil”, y Delegados Electores7 al 14 de enero de 2008 Inscripción de Candidatos 16 al 19 de enero de 2008 Publicación de Lista de Candidatos 21 de enero de 2008 Presentación y Absolución de Tachas 21 al 23 de enero de 2008Publicación de Padrón Electoral 24 de enero de 2008 Elección y Proclamación de Representantes de OSC25 de enero de 2008 149824-2 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000008-2008-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 9 de enero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, el Informe Nº 0029-2007-MDSJM-CEPAD de fecha 17 de diciembre de 2007, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la