Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2008 (09/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que desarrollan. Articulo 6º.- La Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economico-financieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 7º.- De conformidad con lo previsto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444, " Ley del Procedimiento Administrativo General", la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8º.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12º de la Directiva Nº 001-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 382007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion economica financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales y/o juridicas que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas 161299-21

Autorizan y registran modelo de maquina tragamonedas a favor de Progressive Gaming International Corporation
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 956-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT MORDAZA, 13 de setiembre de 2007 Visto, el Expediente Nº 001921-2007-MINCETUR, de fecha 21.06.2007, presentado por la empresa Progressive Gaming International Corporation (EE.UU.), la misma que se encuentra representada por la empresa MORDAZA X Corporation S.A.C en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con

los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, mediante Oficio Nº 1803-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, de fecha el 09.07.2007, se efectuaron diversas observaciones a la solicitud presentada, entre las que se encuentra que el fabricante de las maquinas tragamonedas Sigma Game, Inc (EE.UU.), no se encuentra inscrito en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas que lleva la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, mediante Expedientes Nºs. 15014-2007MINCETUR y 017185-2007-MINCETUR, de fechas 24.07.2007 y 24.08.2007, respectivamente, la empresa sostiene que resulta juridicamente imposible inscribir en dicho Registro al fabricante internacional Sigma Game, Inc (EE.UU.), toda vez que la empresa ha sido disuelta con fecha 30.03.2006, segun consta en la pagina web del Estado de Nevada: https://esos.state. nv.us/SOSServices/AnonymousAccess/CorpSearch/ CorpDetails.aspx?Ix8nvq=Wtu0wep razon por la que no le debe resultar exigible la inscripcion del fabricante en el Registro MORDAZA referido; Que, en consecuencia, la inscripcion de la empresa Sigma Inc en el Registro de Fabricante que lleva la DGJCMT resulta juridicamente imposible, toda vez que dicha empresa se encuentra disuelta a la fecha; Que, en aplicacion de lo establecido en los Principios de Razonabilidad, Informalismo y Eficacia, previstos en el articulo iv) numerales 1.4, 1.6 y 1.10 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, respectivamente, corresponde que las normas que establezcan obligaciones a los administrados se interpreten en forma favorable a estos y en consideracion al interes publico que deban tutelar, siempre que no afecten dicho interes o derechos de terceros, razon por la que en el presente procedimiento no le debe resultar exigible a la solicitante el requisito MORDAZA referido; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº PA-15-SIG-99-05, TR, de fecha 22.08.2007, expedido por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories, Inc (GLI), y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 169-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT/DAR-YGP y Legal Nº 784-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Progressive Gaming International Corporation (EE.UU), el modelo de maquina tragamonedas fabricado por la empresa Sigma Game, Inc (EE.UU.), segun el siguiente detalle:
Registro Codigo del Modelo Descripcion B0000292 SV1900 Maquina tragamonedas de video con gabinete de cuerpo inclinado y MORDAZA superior redondeada. En la parte superior del gabinete se puede instalar una lampara para senales luminosas. Esta maquina puede operar con un MORDAZA de tacto. Como medios de ingreso de creditos cuenta con aceptadores de billetes y monedas y como medios de pago cuenta con un hooper. Alto: 166.00 cm. Ancho: 72.00 cm. Profundidad: 85.00 cm.

Dimensiones del Modelo

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas 161299-19

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