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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2008 366256 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU. para realizar entrenamiento en simulador de vuelo de aeronave RESOLUCIÓN SUPREMA N° 043-2008-DE/FAP Lima, 8 de febrero de 2008Visto el Ofi cio NC-55-CODP-N° 1909 de fecha 28 de diciembre de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite N° 0009-SGFA de fecha 3 de enero de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 9 al 23 de marzo de 2008, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva; quienes realizarán el entrenamiento en el simulador de vuelo de la Aeronave Falcón DA-20F, en la Compañía SIMUFLITE INTERNATIONAL de la ciudad Dallas Forth Worth - Texas; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley N° 29142 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 9 al 23 de marzo de 2008, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva; quienes realizarán el entrenamiento en el simulador de vuelo de la Aeronave Falcón DA-20F, en la Compañía SIMUFLITE INTERNATIONAL de la ciudad Dallas Forth Worth - Texas: Coronel FAP ROMAN SAMANDER Julio Cesar Comandante FAP EYZAGUIRRE BROU Jaime OscarComandante FAP RODRIGUEZ CORONEL Javier ElíasMayor FAP VERA TOSO Oscar José Alberto Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1.064 x 4 personas Viáticos: US$ 220 x 15 días x 4 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 4 personas Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° y 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004.Artículo 5°.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 162850-9 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la elegibilidad de los proyectos de inversión pública de emergencia ante la presencia de desastres de gran magnitud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2008-EF/15 Lima, 7 de febrero de 2008CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad, como requisito previo a la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público; Que, el literal h. del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, modifi cado por Decreto Supremo Nº 185-2007-EF, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público tiene competencia para determinar, de acuerdo al procedimiento simplifi cado que apruebe, la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres; Que, en ese sentido, es necesario establecer el procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cada por las Leyes Nos. 28522 y 28802; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 102-2007-EF modifi cado por Decreto Supremo Nº 185-2007-EF; y por la Ley Nº 29144, Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008;