Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

de la Ley General de Pesca, y el procedimiento N° 26 y 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE, demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar al CENTRO DE PRODUCCION DE TECNOLOGIA PESQUERA de la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA BASADRE GROHMANN - TACNA en via de regularizaron, la autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 5,3 t/dia y su almacenamiento con una capacidad de 150 t, con destino al consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero, ubicado en ubicado en Mz. J Lote 07 MORDAZA Industrial, distrito, provincia y departamento de Tacna. Articulo 2°.- Otorgar al CENTRO DE PRODUCCION DE TECNOLOGIA PESQUERA de la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA BASADRE GROHMANN - TACNA, licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Mz. J Lote 07 MORDAZA Industrial, distrito, provincia y departamento de Tacna; con la siguiente capacidad: Congelado : 5,3 t/dia Almacenamiento : 150 t. Articulo 3°.- La titularidad de los derechos administrativos otorgados a traves de los articulos 1° y 2° de la presente Resolucion Directoral, tendran vigencia en tanto se resuelva la situacion legal a que esta sometido el establecimiento industrial pesquero ubicado en Mz. J Lote 07 MORDAZA Industrial, distrito, provincia y departamento de Tacna; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4°.- La licencia de operacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, otorgado a traves del articulo 2° de la presente Resolucion, sera de uso exclusivo del CENTRO DE PRODUCCION DE TECNOLOGIA PESQUERA de la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA BASADRE GROHMANN ­ TACNA, no pudiendo ser transferida bajo ninguna modalidad a terceros. Articulo 5°.- El CENTRO DE PRODUCCION DE TECNOLOGIA PESQUERA de la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA BASADRE GROHMANN - TACNA debera operar la planta de congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y segundad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera cumplir con los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, conforme a lo verificado por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun la MORDAZA de Verificacion N° 0042008-PRODUCE/DIGAAP. Articulo 6°.- El incumplimiento de lo senalado en el Articulo 5° de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de aplicacion de las

sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 7°.- Incorporar al CENTRO DE PRODUCCION DE TECNOLOGIA PESQUERA de la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA BASADRE GROHMANN - TACNA, en el Anexo ll de la Resolucion Ministerial N° 041-2002PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de congelado descrita en el Articulo 2° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 8°.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de Tacna y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 223968-6

Otorgan licencia a Ultra Frio S.A.C. para la operacion de planta de congelado de productos hidrobiologicos en el distrito de Ventanilla, Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 314-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de junio del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00020408, de fechas 14 de marzo, 18 de MORDAZA y 07 de MORDAZA del 2008, presentados por la empresa ULTRA FRIO S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion, otorga a nivel nacional; Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que mediante Resolucion Directoral Nº 442-2005PRODUCE/DGEPP de 20 de diciembre del 2005, renovado por Resolucion Directoral Nº 156-2007-PRODUCE/ DGEPP de fecha 20 de marzo del 2007, se otorgo a ULTRA FRIO S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero, a traves de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, a instalarse en el establecimiento industrial pesquero ubicado en Pasaje Punta Pescadores Mz. A Lotes 1 y 2 de la MORDAZA industrial del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Que mediante los escritos del visto, la empresa ULTRA FRIO S.A.C. solicita se le otorgue licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando precedente; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion Nº 008-

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