Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2008 (18/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion de acciones comunes con derecho a MORDAZA representativas del capital social y de inversion de Teknoquimica S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 104-2008-EF/94.06.3 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 VISTOS: El expediente N° 2008018976 asi como el Informe Interno N° 513-2008-EF/94.06.3, del 07 de MORDAZA de 2008, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, Teknoquimica S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el listado de las acciones de inversion y de las acciones comunes con derecho a MORDAZA representativas de su capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA asi como su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de admitir la solicitud de listado de las acciones de inversion y de las acciones comunes con derecho a MORDAZA representativas del capital social de Teknoquimica S.A., y de elevar el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, la documentacion presentada por Teknoquimica S.A. se encuentra acorde con lo dispuesto por el articulo 5 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y por el articulo 8 del Reglamento del Sistema MVNet; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta publica en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 16 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores y el articulo 36, literal c), del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la inscripcion de valores mobiliarios, previamente emitidos, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y disponer los registros que correspondan. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes con derecho a MORDAZA representativas del capital social de Teknoquimica S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones de inversion de Teknoquimica S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- Inscribir los valores senalados en los articulos 1 y 2 precedentes en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.

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Articulo 4º.- La presente resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Teknoquimica S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 225883-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Se da inicio al procedimiento de investigacion por la supuesta existencia de practicas de dumping en las exportaciones al Peru de calzado originario de China y Vietnam
RESOLUCION Nº 096-2008/CDS-INDECOPI MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, el Expediente Nº 147-2008-CDS donde se tramita la solicitud presentada por la Corporacion del Cuero, Calzado y Afines ­ CCCA, para que se apliquen derechos antidumping sobre las importaciones de calzado con parte superior de material textil y suela de distintos materiales originarias de la Republica Popular de China y la Republica Socialista de Vietnam, la Resolucion Nº 0537-2008/TDC-INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0537-2008/TDCINDECOPI del 13 de marzo de 2008, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, declaro nula la Resolucion Nº 035-2007/CDS-INDECOPI del 10 de MORDAZA de 2007 y dispuso que la Comision de Dumping y Subsidios efectue una nueva investigacion tomando en cuenta lo establecido en la parte considerativa de la Resolucion Nº 0537-2008/TDC-INDECOPI, es decir, diferenciando el producto investigado en 3 tipos o categorias de calzado que son: (i) zapatilla y calzado deportivo; (ii) pantufla, MORDAZA, chancleta y alpargata y (iii) los demas calzados con parte superior de materia textil; Que, el citado expediente fue remitido a la Comision el 03 de junio de 2008; Que, de acuerdo a lo recomendado por el Comite de Practicas Antidumping de la Organizacion Mundial del Comercio el periodo de recopilacion de datos para la determinacion de la existencia de dumping debe terminar en la fecha mas cercana posible a la fecha de la posible iniciacion. De la misma forma, el periodo de analisis de dano debe ser normalmente de tres anos como minimo, ademas

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Comite de Practicas Antidumping, Recomendacion Relativa a los Periodos de Recopilacion de Datos para las Investigaciones Antidumping Periodos (16 MORDAZA 2000). G/ADP/6.

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