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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (10/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de junio de 2008 373825 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 358-2006-P-CSJPA-PJ y 54-2007- P-CSJPA/PJ, cursados por el Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Pasco; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco solicita a este Órgano de Gobierno autorización para ampliar el horario de refrigerio de 45 a 60 minutos, el mismo que quedaría fi jado de 13:00 a 14:00 horas; incrementándose en 15 minutos la hora de salida, con la fi nalidad de dar cumplimiento a las 8 horas diarias de trabajo; Segundo: Que, la petición formulada tiene como sustento la ubicación geográfi ca del Distrito Judicial de Pasco, 4,380 metros sobre el nivel del mar, lo cual trae como consecuencia que el metabolismo de digestión sea lento respecto de otras zonas; adjuntando fotocopia del ofi cio cursado a su Despacho por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Pasco, transmitiendo el acuerdo voluntario de los servidores jurisdiccionales y administrativos de dicha sede judicial de aceptar la referida solicitud; Tercero: Teniendo en cuenta la altitud en la que se encuentran ubicados los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Pasco y con la fi nalidad que el servicio de impartición de justicia sea más efi ciente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, incisos 10 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Corte Superior de Justicia de Pasco a establecer en el ámbito de su circunscripción la jornada laboral desde las 8:00 a 17:00 horas, con horario de refrigerio de 13:00 a 14:00 horas. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMAN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 211009-1 Disponen la conformación de Comisiones de Magistrados para la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053-2008-CE-PJ Lima, 25 de febrero del 2008VISTO: El Ofi cio N° 165-2008-ETI-PJ cursado por el Presidente (e) del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el magistrado recurrente hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que como consecuencia de la decisión adoptada por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, de adelantar el cronograma de aplicación del nuevo ordenamiento procesal penal hasta el año 2010, el mencionado Equipo Técnico Institucional acordó proponer la conformación de Comisiones de Magistrados para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales del país a entrar en vigencia dicho cuerpo legal; Segundo: Que, la entrada en vigencia del Código Procesal Penal a nivel nacional implica la creación, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales; por lo que es necesario la constitución de comisiones de magistrados encargadas de presentar las propuestas que se consideren convenientes para una adecuada toma de decisiones; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la conformación de Comisiones de Magistrados para la implementación del Código Procesal Penal, en los Distritos Judiciales en donde progresivamente entrará en vigencia dicha norma procesal, la misma que estará integrada de la siguiente manera:  El Presidente de la Corte Superior de Justicia, que la presidirá,  Un Vocal Superior elegido, en Sala Plena Un Juez Especializado o Mixto, elegido por la Junta de Jueces,  Un Juez de Paz Letrado, elegido por magistrados de ese nivel,  El Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital. En el caso del Distrito Judicial de Lima, en cuanto al Vocal Superior y Juez Especializado o Mixto, comprenderá:  3 Vocales Superiores (uno del Consejo Ejecutivo Distrital, otro de Sala Penal para procesos con reos libres y el tercero de Sala Penal para procesos con reos en cárcel).  2 Jueces Especializados o Mixtos. Artículo Segundo.- Las Comisiones designadas tendrán como función general, participar, coadyuvar y viabilizar el proceso de implementación del Código Procesal Penal en sus respectivos Distritos Judiciales, conforme a los lineamientos institucionales, y de manera específi ca tendrán las siguientes funciones: a) Coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal (en adelante ETI) y su respectiva Secretaría Técnica todos los aspectos relacionados a la entrada en vigencia del Código Procesal Penal. b) Elaborar y elevar al ETI, los informes de diagnóstico situacional, identifi cación de necesidades y/o requerimientos para la reforma procesal penal. c) Formular y remitir al ETI, las propuestas de creación y/o conversión de órganos jurisdiccionales liquidadores de la carga procesal penal y para la aplicación del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, esto es:Descargado desde www.elperuano.com.pe