Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2008 (25/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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empresa TV CABLE OLCARIN S.R.L., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable y en consecuencia dejar sin efecto la Resolucion Ministerial 481-99-MTC/15.03 de fecha 17 de diciembre de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 217293-1

la cancelacion de las correspondientes matriculas y cierre de las partidas registrales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 216996-1

Declaran la inutilizacion de diversas aeronaves
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 090-2008-MTC/12 MORDAZA, 6 de junio del 2008 CONSIDERANDO:

Disponen inscripcion definitiva de Asociacion de Fondos Contra Accidentes de MORDAZA El MORDAZA "AFOCAT EL MORDAZA en el Registro de Asociaciones " de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 7735-2008-MTC/15 MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2008 VISTO: el Recurso de Reconsideracion interpuesto por ASOCIACION DE FONDOS CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA EL MORDAZA "AFOCAT EL ANGEL", contra la Resolucion Directoral Nº 3549-2008-MTC/15 del 19 de marzo del 2008, emitida por la Direccion General de Transporte Terrestre y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3549-2008MTC/15 de fecha 19 de marzo del 2008, se resolvio entre otras cosas, disponer la cancelacion de inscripcion provisional de ASOCIACION DE FONDOS CONTRA ACCIDENTES DE MORDAZA EL MORDAZA "AFOCAT EL ANGEL", ­en adelante La AFOCAT-, del Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA a cargo de la Direccion General de Transporte Terrestre, inscrita como AFOCAT Regional con Registro Provisional Nº 0030-R AFOCAT-DGTT-MTC/2007, autorizada con Resolucion Directoral Nº 12458-2007MTC/15 de fecha 08/08/2007, para operar en la Region Ica; toda vez que dicha AFOCAT no cumplio con subsanar los siguientes requisitos: a) La Nota Tecnica presentada no esta de acuerdo al contenido minimo indicado en el articulo 22º inciso 2 del Reglamento. Se ha presentado solo un cuadro del aporte anual, sin el sustento tecnico del aporte de riesgo por MORDAZA de cobertura y clase de vehiculo, no se indica la cantidad de vehiculos coberturados y tampoco una proyeccion de vehiculos por coberturar y b) No se ha presentado un Analisis de Factibilidad que sustente el pago de las 2 cuotas pendientes que se deben efectuar en marzo 2008 (30%) y en junio 2008 (40%), para completar el Fondo Minimo, de acuerdo a lo indicado en el articulo 22º inciso 2 del Reglamento; Que, la Direccion General de Transporte Terrestre, mediante Oficio Nº 859-2008-MTC/15, de fecha 26 de marzo del 2008, notifico la Resolucion Directoral Nº 35492008-MTC/15; el mismo que fue recepcionado el 28 de marzo del 2008, segun cargo que obra en autos; Que, mediante escrito presentado el 18 de MORDAZA del 2008, registrado bajo el expediente Nº 2008-016555, La AFOCAT interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 3549-2008-MTC/15, asimismo presenta escrito de ampliacion de reconsideracion el 23 de MORDAZA del 2008 registrado bajo el expediente Nº 054867, argumentando que faltan parametros o especificaciones tecnicas considerados en la calificacion de la Nota Tecnica y que adjunta en calidad de nueva prueba Nota Tecnica tal como lo estipula el articulo 22º inciso 2 del Reglamento. Asimismo adjunta en calidad de nuevas pruebas copias simples de comprobantes de depositos a la cuenta destino COFIDE FID AFOCAT EL MORDAZA RECAUDADORA, indicando que corresponden al deposito de la MORDAZA cuota a COFIDE; Que, el presente recurso de reconsideracion ha sido interpuesto dentro del plazo senalado en el articulo 207º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, cumpliendo con los requisitos establecidos en los articulos 113º y 211º y 208º de la referida MORDAZA, por lo que corresponde emitir un pronunciamiento sobre el fondo del citado recurso;

Que, mediante memorandum Nº 523-2007-MTC/12.04, la Direccion General de Aeronautica Civil, solicito se procediera a iniciar los tramites para la cancelacion de la matricula de las aeronaves que despues de trascurrido un ano no habian cumplido con renovar sus certificados de aeronavegabilidad, segun se consideraba en hoja anexa; Que, conforme se establece en el inciso e) del articulo 69º y el articulo 70º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por D.S. Nº 050-2001-MTC, se solicito informacion al Registro Publico de Aeronaves, a fin de que informara sobre las cargas y gravamenes de las mencionadas aeronaves; Que, el Registro Publico de Aeronaves mediante Oficios Nº 216-2007-ZONA REGISTRAL-IX-GMB/IR-20 y Nº 528- 2007-ZONA REGISTRAL-IX-GMB/IR-20, informo sobre las aeronaves que se encuentran sin cargas ni gravamenes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, con fecha 29 de marzo del 2008, ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la lista de aeronaves que se encuentran con certificados de aeronavegabilidad vencidos por un plazo mayor a un ano, sin que hasta la fecha se MORDAZA solicitado la renovacion de los mismos; Que, el plazo de 30 dias calendario otorgados a los interesados en la publicacion efectuada en el Diario Oficial El Peruano, a la fecha se encuentra vencido, sin que los propietarios o persona interesada MORDAZA presentado reclamo alguno sobre el MORDAZA de inutilizacion de las aeronaves que se consignan en dicha publicacion; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y al informe Legal Nº 079-2008-MTC/12; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, la inutilizacion de las siguientes aeronaves:
MATRICULA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 OB-1758-P OB-1765-P OB-1766-P OB-1289 OB-1478 OB-1359 OB-1768-P OB-1806-P OB-1745- P OB-1343 OB-786 OB-1713 OB-1781-P OB-517 OB-1809-P Nº DE SERIE 23057 24448 24150 337-0497 31-7812012 310 Q-0444 128 22582 19014 421 A 0090 18-8291 19707 21002 TD-259 22580 MORDAZA Y MODELO DE LA AERONAVE Boeing 767-200 Boeing 767-2Q8 Boeing 767-219 CESSNA 337 A MORDAZA PA-31 CESSNA 310-Q. Dehavilland DHC-8 Boeing 737-244ADV BOEING 737-100 CESSNA 421-A MORDAZA PA-18 BOEING 737-244-13 BOEING 737-241 Beechcraft 95 Travel Air BOEING 737-244ADV

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del Registro Publico de Aeronaves, MORDAZA Registral Nº IX, para

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