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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374746 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 11 de setiembre de 2007 se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Tantarica, provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca (en adelante el Convenio Específico), con el objeto de financiar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 56947 (en adelante el Proyecto); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 436-2007- VIVIENDA de fecha 11 de setiembre de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Un Millón Setecientos Sesenta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 766 846.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Tantarica, para fi nanciar la ejecución del citado Proyecto con código de SNIP Nº 56947; Que, mediante Informe Técnico Nº 196-2008/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE de fecha 21 de mayo de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para ampliar el fi nanciamiento del Proyecto con Código SNIP Nº 56947, hasta por la suma de Dos Millones Ochocientos Cuarenta y Un Mil Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 841 041.00); Que, con fecha 21 de mayo de 2008 se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por la cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con código de SNIP Nº 56947, hasta por el monto de Dos Millones Ochocientos Cuarenta y Un Mil Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 841 041.00) y su transferencia a favor de la Municipalidad Distrital de Tantarica; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Tantarica, hasta por la suma de Dos Millones Ochocientos Cuarenta y Un Mil Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 841 041.00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 56947 detallado en el Anexo A de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Tantarica, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1 se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Tantarica presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co y su Addenda de fecha 21 de mayo de 2008 suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Tantarica, para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TANTARICA COD SNIPPROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 56947 AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE SALITRE- TANTARICA - CONTUMAZA INDIRECTA 2,841,041.00 2,841,041.00 TOTAL 2,841,041.00 2,841,041.00Descargado desde www.elperuano.com.pe