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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374748 ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORROPE COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 51725 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN CASERIO ARBOLSOL Y ANEXOS, DISTRITO DE MORROPE - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUEINDIRECTA 1,314,514.00 1,314,514.00 TOTAL 1,314,514.00 1,314,514.00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORROPE COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUES- TARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 51725 C O N S T RUCCION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN CASERIO ARBOLSOL Y ANEXOS, DISTRITO DE MORROPE - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUEINDIRECTA 450,000.00 450,000.00 414,514.00 1,314,514.00 TOTAL 450,000.00 450,000.00 414,514.00 1,314,514.00 217551-2 Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante Comisión Ejecutiva de Saneamiento Financiero de Prestatarios del BANMAT S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2008-VIVIENDA Lima, 23 de junio de 2008CONSIDERANDO: Que, a efectos de establecer los procedimientos de cancelación y refi nanciamiento de los créditos otorgados por el Banco de Materiales, FONAVI y ENACE, a partir del año 1992 hasta el año 2001, a los prestatarios que se encuentran comprendidos en las contingencias instituidas en el artículo 1º de la Ley Nº 28275, Ley complementaria de contingencias y de reestructuración de préstamos otorgados por BANMAT S.A.C., y a los damnifi cados que hayan sido reconocidos como tales hasta el año 2007, se ha dado la Ley Nº 29231, Ley de Saneamiento Financiero de los Prestatarios del Banco de Materiales; Que, el artículo 4º de la referida Ley crea la Comisión Ejecutiva de Saneamiento Financiero de Prestatarios del BANMAT S.A.C., adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que en un plazo de ciento veinte (120) días se encargue de analizar, evaluar y establecer procedimientos de cancelación de la deuda en cartera de los prestatarios del BANMAT S.A.C.; del refi nanciamiento de las deudas por defi ciencias en las edifi caciones; y, de revisar, fi scalizar y poner en consideración de la Contraloría General de la República, la lista de los benefi ciados por el proceso de fi nanciamiento fi nanciero; Que, asimismo, el artículo 5º de dicha Ley dispone que la Comisión antes mencionada estará conformada, entre otros, por un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por la Ley Nº 29209, y en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al Arquitecto David Alfonso Ramos López, Director Nacional de Vivienda, como representante titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la Comisión Ejecutiva de Saneamiento Financiero de Prestatarios del BANMAT S.A.C., a que se refi ere el artículo 5º de la Ley Nº 29231, Ley de Saneamiento Financiero de los Prestatarios del Banco de Materiales; y a la Licenciada María Antonieta Cevallos López, como representante alterna. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 217748-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten el Segundo Juzgado Mixto de Barranca y el Juzgado Mixto de Huaral, Distrito Judicial de Huaura, en Juzgados Especializados de Familia de dichas provincias RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 185-2008-CE-PJ Lima, 18 de junio de 2008VISTOS:Los Ofi cios N° 657-2007-P-CSJHA/PJ y N° 187-2008- P-CSJHA/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura; así como el Ofi cio N° 817-2007-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, remitiendo el Informe N° 068-2007-SEP-GP-GG-PJ de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos aprobado por la Gerencia de Planifi cación; y CONSIDERANDO:Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura solicita a este órgano de Gobierno la conversión de los Juzgados Mixtos de las Provincias de Barranca y de Huaral en Juzgados Especializados de Familia de las referidas provincias, a efectos de equilibrar la carga procesal en los mencionados órganos jurisdiccionales, para brindar un adecuado servicio de impartición de justicia en la especialidad correspondiente; Segundo: Que, de la evaluación de los datos estadísticos que obran en estos actuados, así como del Informe N° 068-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, se concluye que es factible atender lo solicitado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, por razones de especialización y de carga procesal, sin generar mayores egresos a la Institución; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Convertir el Segundo Juzgado Mixto de Barranca y el Juzgado Mixto de Huaral, Distrito Judicial de Huaura, en Juzgados Especializados de Familia de cada una de las mencionadas provincias, respectivamente. Artículo Segundo.- Los expedientes de los citados juzgados que no sean de familia, serán redistribuidos entre los Juzgados correspondientes de cada Provincia. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Descargado desde www.elperuano.com.pe