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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (01/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382674 De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada MÓNICA JOSEFA MELGAREJO BALCÁZAR, en el cargo de al cargo de Asesora II (F5) de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 272259-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL DECRETO SUPREMO Nº 036-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que la Ley Nº 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones, establece que la administración de dicho fondo está a cargo de un Directorio, actuando como su Secretaría Técnica el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 6° de la Ley Nº 28900 dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones dictará las normas reglamentarias y complementarias pertinentes para su cumplimiento y mejor aplicación; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28900, cuyo artículo 9° dispone que corresponde al Directorio del FITEL aprobar su Reglamento de Administración y Funciones, indicando expresamente que el mismo debe formalizarse mediante Decreto Supremo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28900; Que, mediante Acuerdo del Directorio N° 021-2008- MTC/24, de fecha 14 de agosto de 2008, el Directorio del FITEL aprobó su Reglamento de Administración y Funciones; Que, por otro lado, el artículo 12º del Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, establece los requisitos que debe cumplir la persona designada como Secretario Técnico del FITEL, los cuales requieren ser concordados con las funciones que le corresponden; De conformidad con el inciso 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158 y el Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobación. Apruébase el Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, que consta de diecinueve artículos y un Organigrama, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Modifi cación al Decreto Supremo Nº 010-2007-MTCModifíquese el artículo 11° del Reglamento de la Ley 28900, “Ley que otorga al Fondo de Inversión de Telecomunicaciones la calidad de persona jurídica de derecho público”, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 11º.- De la Secretaría Técnica (…)Requisitos para ser Secretario Técnico: - Ingeniero o Economista de profesión.- Contar con estudios de Maestría y/o Postgrado en materias vinculadas a las Telecomunicaciones o a la Gerencia de Proyectos. - Experiencia gerencial y/o en la formulación de proyectos y/o en la evaluación de proyectos, por un mínimo de tres (3) años. (…).” Artículo 3º.- Derogación Deróguense los artículos 9° y 12° del Decreto Supremo N° 010-2007-MTC. Artículo 4º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONES DEL FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES - FITEL INDICETÍTULO I : DE LAS DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II : DE LA ESTRUCTURA DEL FITEL Y LAS FUNCIONES DE SUS ÁREAS CAPÍTULO I : DE LA ESTRUCTURA DEL FITELCAPÍTULO II : DEL DIRECTORIO CAPÍTULO III : DE LA SECRETARÍA TÉCNICA SUBCAPÍTULO I : DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVASUBCAPÍTULO II : DEL ÁREA DE ASESORÍA LEGALSUBCAPÍTULO III : DEL ÁREA DE FORMULACIÓN DE PROYECTOS SUBCAPÍTULO IV : DEL ÁREA DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS SUBCAPÍTULO V : DEL ÁREA DE SUPERVISIÓN DE PROYECTOS ANEXO : ORGANIGRAMA TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- De la Naturaleza Jurídica El Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL tiene personería jurídica de derecho público, es intangible y es administrado por un Directorio. El Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL es un fondo destinado a la provisión de acceso universal, entendiéndose como tal al acceso en el territorio nacional a un conjunto de servicios de telecomunicaciones esenciales, capaces de transmitir voz y datos. Artículo 2º.- Del sector al que está adscrito El Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL se encuentra adscrito al Sector Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones actúa como su Secretaría Técnica. Descargado desde www.elperuano.com.pe