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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382675 Artículo 3º.- Funciones del FITEL Son funciones del FITEL: 1) Formular Programas y Proyectos que involucren la provisión de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés social, así como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a éstos para garantizar el acceso a tales servicios. 2) Promover la participación del sector privado en la prestación de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social. 3) Financiar Programas y Proyectos que involucren la provisión de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés social, así como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a éstos para garantizar el acceso a tales servicios. 4) Realizar coordinaciones y gestionar alianzas estratégicas con empresas del sector privado, instituciones públicas nacionales e internacionales, así como universidades, centros de investigación, entre otros, a fi n de que éstos se comprometan a diseñar y/o ejecutar actividades que coadyuven a la sostenibilidad de los Proyectos y/o Programas fi nanciados con recursos del FITEL. 5) Supervisar el cumplimiento de las condiciones derivadas de los Contratos de Financiamiento en los que el FITEL es parte y de los contratos correspondientes a actividades comprendidas en sus Programas y Proyectos. 6) Realizar las gestiones necesarias para cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley N° 28900 y en el Decreto Supremo N° 010-2007-MTC. Artículo 4º.- De la Base legal El presente Reglamento se sustenta en las siguientes normas: 1) Ley N° 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones. 2) Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, Reglamento de la Ley Nº 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de derecho público. 3) Decreto Supremo N° 013-93-TCC, Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. 4) Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. 5) Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 6) Resolución Suprema N° 006-2008-MTC, Cuadro para la Asignación de Personal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA DEL FITEL Y DE LAS FUNCIONES DE SUS ÁREAS CAPÍTULO I DE LA ESTRUCTURA DEL FITEL Artículo 5º.- El FITEL tiene la siguiente estructura administrativa: 1) Directorio 2) Secretaría Técnica 2.1) Coordinación Administrativa 2.2) Área de Asesoría Legal 2.3) Área de Formulación de Proyectos 2.4) Área de Promoción de Proyectos 2.5) Área de Supervisión de Proyectos CAPÍTULO II DEL DIRECTORIO Artículo 6º.- Del Directorio El FITEL es administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL. Artículo 7º.- Funciones del Directorio Son funciones del Directorio: 1) Establecer la política general y la política de administración del FITEL. 2) Aprobar los presupuestos, Balances y Estados Financieros u otros reportes sobre la situación de FITEL. 3) Aprobar el Plan Estratégico.4) Aprobar el Plan Anual de Programas y/o Proyectos, y su respectivo presupuesto. 5) Aprobar los Programas, Proyectos y/o estudios a ser fi nanciados con los recursos del FITEL. 6) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del FITEL. 7) Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser fi nanciados con los recursos del FITEL. 8) Aprobar su Reglamento de Administración y Funciones, el mismo que se formalizará mediante Decreto Supremo, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 28900, así como otras normas generales y complementarias que permitan cumplir las fi nalidades de su creación. 9) Disponer las acciones para garantizar la intangibilidad y custodia del FITEL. 10) Autorizar las operaciones de fi nanciamiento y otros que se pudieran requerir con cargo a los recursos del FITEL. 11) Designar a los miembros que conforman el Comité de Adjudicación de Depósitos. 12) Aprobar los proyectos de Contratos de Financiamiento y sus modifi catorias. 13) Aprobar los proyectos de Convenios de Cooperación Interinstitucional en los que el FITEL sea parte. 14) Aprobar las Directivas y Reglamentos que regulen procedimientos administrativos que deban ser implementados dentro del marco de competencia del FITEL, los mismos que se formalizarán mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones. 15) Las demás funciones que se desprendan de la Ley N° 28900, del Decreto Supremo N° 010-2007-MTC o que fueran necesarias para el normal desenvolvimiento del FITEL. El Directorio podrá delegar en la Secretaría Técnica del FITEL, la facultad a las que se alude en el numeral 9 precedente. CAPÍTULO III DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 8º.- De la Secretaría Técnica del FITEL El Ministerio de Transportes y Comunicaciones actúa como Secretaría Técnica del FITEL. El Secretario Técnico ejerce la representación legal de FITEL. Artículo 9º.- Funciones de la Secretaría Técnica Son funciones de la Secretaría Técnica: 1) Proponer al Directorio la política general y la política de administración del FITEL. 2) Proponer al Directorio los Presupuestos, Balances y Estados Financieros u otros reportes sobre la situación del FITEL. 3) Proponer al Directorio el Plan Estratégico, en base a cuyos objetivos se formularán los Proyectos, Programas y/o estudios con cargo a los recursos del FITEL.Descargado desde www.elperuano.com.pe