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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (24/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382093 obras entre dos (02) Entidades del Estado, siempre y cuando la Entidad que participa como postor no realice actividades empresariales de manera habitual o actúe bajo alguna forma societaria. En tal sentido, dicha exoneración no resulta aplicable a las adquisiciones o contrataciones en las que actúe como postor una empresa del estado de Derecho público o de Derecho Privado, ya sea de propiedad del Gobierno Central, Regional o Local, o empresa mixta en la cual el control de las decisiones de los órganos de gestión está en manos del Estado, o Entidades del Estado que realizan actividades empresariales de manera habitual. La Entidad deberá presentar una declaración jurada señalando que no es habitual su contratación. Si la declaración no responde a la verdad el contrato será nulo, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda. Que, los contratos suscritos al amparo de la presente causal de exoneración no admiten subcontratación, ni cesión de derechos o de posición contractual. Que, conforme lo señala el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM La Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. La adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto. La Municipalidad Provincial de Ayabaca, en su Programa de Obras ha considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura, la Ejecución de Obras de Infraestructura, dentro de las cuales destacan El Mantenimiento de Trochas Carrozables, para lo cual se requiere disponer de Maquinaria Pesada tales como Tractores de Orugas y Otros, y conforme es de verse del Informe Nº 2635-2008-GLM-PFA-GIO de fecha 02OCT’08 emitido por la Gerencia de Infraestructura y Obras de esta Comuna en la que se solicita la suscripción del Convenio pertinente, teniendo en consideración que la Comunidad de Minas jurisdicción del Distrito de Lagunas, solicita el Mantenimiento del tramo Carrozable Minas San José de Matalacas, para recuperar la transitabilidad de la Trocha; con la fi nalidad de poder dar uso de esta vía que los conecta con el Sector de San José de Matalacas, jurisdicción del Distrito de Pacaipampa, teniendo en cuenta que esta zona es productora de granos (arveja, trigo, fréjol y otros), actividad que dinamiza la economía de los pobladores, en un tramo de 3 km más 850 metros, habiendo la necesidad de contar con un Tractor para los trabajos de eliminación de derrumbes y conformación de la plataforma. Que, la Municipalidad Distrital de Lagunas cuenta con Tractor de Orugas D6M MARCA CAT de 140 HP, a un costo de S/. 180.00 nuevos soles Horas Máquina, si se tiene en cuenta que a la fecha el precio de mercado ofrece un costo de S/. 240.00 nuevos soles Hora Máquina; requiriéndose el uso de 230 horas máquina lo cual equivale a la suma de S/.41,400.00 nuevos soles. Que, a su vez con Informe Nº 1086-2008-GLPFA-DPP del 02OCT´08 la Dirección de Planifi cación y Presupuesto comunica que existe cobertura presupuestaria en la Meta: 16 Transportes; Programa: 052 Transporte Terrestre: Sub Programa: 0157 Vías Urbanas; Actividad: 1.000654 Mantenimiento Vial Local; Componente: 3.001843 Mantenimiento de Vías Locales; Meta: Mantenimiento Tramo Carrozable Minas - San José de Matalacas; por un monto total de S/.41,400.00 nuevos soles. Que con Informe Nº 304-2008-As. Jur. - MPFA, de fecha 03OCT’08; la Ofi cina de Asesoría Jurídica OPINA: 1.- Que, se Declare la Contratación Directa Entre Entidades de la Municipalidad Provincial de Ayabaca y La Municipalidad Distrital de Lagunas, Aprobándose en consecuencia la Exoneración del proceso de selección para el Alquiler de los servicios de un Tractor de Oruga D6M MARCA CAT de 140 HP, a un costo de S/. 180.00 nuevos soles Horas Máquina; requiriéndose el uso de 230 Horas Máquina lo cual equivale a la suma de S/. 41,400.00 nuevos soles. 2.- Que, se Encargue a la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento de ésta Comuna la Contratación de los Servicios de Alquiler señalados en el numeral anterior necesarios para cumplir con la Ejecución de Trabajos de “Mantenimiento Tramo Trocha Carrozable Minas - San José de Matalacas” debiendo afectarse a la Meta: 16 Transportes; Programa: 052 Transporte Terrestre: Sub Programa: 0157 Vías Urbanas; Actividad: 1.000654 Mantenimiento Vial Local; Componente: 3.001843 Mantenimiento de Vías Locales; Meta: Mantenimiento Tramo Carrozable Minas - San José de Matalacas. 3.- Que, se Disponga que a través de la Ofi cina de Secretaria General se remitan copias del Acuerdo Municipal , así como de los informes Técnico- Legal que lo sustentan, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a su expedición . 4.- Que, se Encargue a la Ofi cina de Secretaría General disponga bajo responsabilidad la Publicación del respectivo Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. 5.- Que, se Disponga que la Unidad de Abastecimiento reporte y publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 20º Inc. 3), 39º y 41º, de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el Voto Unánime de la Asamblea Municipal. SE ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR la Contratación Directa Entre Entidades de la Municipalidad Provincial de Ayabaca y La Municipalidad Distrital de Lagunas, Aprobándose en consecuencia la Exoneración del proceso de selección para el Alquiler de los servicios de un Tractor de Oruga D6M MARCA CAT de 140 HP, a un costo de S/. 180.00 nuevos soles Horas Máquina; requiriéndose el uso de 230 Horas Máquina lo cual equivale a la suma de S/. 41,400.00 nuevos soles. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento de ésta Comuna la Contratación de los Servicios de Alquiler señalados en el numeral anterior necesarios para cumplir con la Ejecución de Trabajos de “Mantenimiento Tramo Trocha Carrozable Minas - San José de Matalacas” debiendo afectarse a la Meta: 16 Transportes; Programa: 052 Transporte Terrestre: Sub Programa: 0157 Vías Urbanas; Actividad: 1.000654 Mantenimiento Vial Local; Componente: 3.001843 Mantenimiento de Vías Locales; Meta: Mantenimiento Tramo Carrozable Minas - San José de Matalacas. Artículo Tercero.- DISPONER que a través de la Ofi cina de Secretaria General se remitan copias del Acuerdo Municipal, así como de los informes Técnico- Legal que lo sustentan, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a su expedición Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General disponga bajo responsabilidad la Publicación del respectivo Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento reporte y publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Artículo Sexto.- REMITIR copia del presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de Lagunas, Gerencia Municipal, Unidad de Abastecimiento, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería Gerencia de Infraestructura y Obras, Dirección de Presupuesto, Asesoría Jurídica para los efectos de su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. HUMBERTO MARCHENA VILLEGAS Alcalde 268330-1Descargado desde www.elperuano.com.pe